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TD/B/45/7
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English
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French
Title
AUTRES QUESTIONS RELATIVES AU COMMERCE ET AU DÉVELOPPEMENT DEVELOPPEMENT PROGRESSIF DU DROIT COMMERCIAL INTERNATIONAL : TRENTIEME ET UNIEME RAPPORT ANNUEL DE LA COMMISSION DES NATIONS UNIES POUR LE DROIT COMMERCIAL INTERNATIONAL
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Spanish
Title
OTRAS CUESTIONES EN MATERIA DE COMERCIO Y DESARROLLO - DESARROLLO PROGRESIVO DEL DERECHO MERCANTIL INTERNACIONAL: 31º INFORME ANUAL DE LA COMISIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DERECHO MERCANTIL INTERNACIONAL
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TD United Nations Conference Trade UNITED NATIONS Distr. GENERAL TD//45/7 30 September 1998 Original : ENGLISH TRADE AND DEVELOPMENT BOARD Forty- session Geneva, 12 October 1998 Item 8 provisional agenda OTHER MATTERS IN THE FIELD OF TRADE AND DEVELOPMENT Progressive development law international trade: - annual report United Nations Commission International Trade Law Note UNCTAD secretariat Attention drawn report United Nations Commission International Trade Law work - session, held Vienna 1 12 June 1997 (/53/17). section II, paragraph 10, General Assembly resolution 2205 (XXI), report submitted Trade Development Board comments recommendations. Copies report limited quantities language version received. /53/17 United Nations Report United Nations Commission International Trade Law work - session 1-12 June 1998 General Assembly Official Records Fifty- Session Supplement . 17 (/53/17) General Assembly Official Records Fifty- Session Supplement . 17 (/53/17) Report United Nations Commission International Trade Law work - session 1-12 June 1998 United Nations • York, 1998 Note Symbols United Nations documents composed capital letters combined figures. Mention symbol reference United Nations document. ISSN 0251-9127 iii [Original: English] Contents Paragraphs PageChapter Introduction . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1-2 1 . Organization session . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3-11 1 . Opening session . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 1 . Membership attendance . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4-8 1 . Election officers . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9 2 . Agenda . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10 2 . Adoption report . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11 2 II. Privately financed infrastructure projects . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12-206 2 . Background . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12-15 2 . General remarks . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16-17 3 . Structure draft legislative guide issues covered . . . . . . . . . . . 18-22 3 . Consideration draft chapters . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23-201 4 . Considerations finalization draft chapters . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 202-206 21 III. Electronic commerce . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 207-221 22 . Draft uniform rules electronic signatures . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 207-211 22 . Incorporation reference . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 212-221 23 IV. Assignment receivables financing . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 222-231 24 . Monitoring implementation 1958 York Convention . . . . . . . . . . . . . . 232-235 26 VI. Case law UNCITRAL texts . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 236-238 26 VII. Training technical assistance . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 239-245 27 VIII. Status promotion UNCITRAL texts . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 246-249 27 IX. General Assembly resolutions work Commission . . . . . . . . . . . . . . . . . . 250-256 28 . York Convention Day Uniform Commercial Law Information Colloquium 257-259 29 XI. Coordination cooperation . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 260-271 30 . Transport law . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 260-267 30 . Trade development . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 268 31 . Private international law area receivables financing . . . . . . . . . . . . . . 269-270 31 . International Association Lawyers . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 271 32 iv XII. business . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 272-277 32 . Bibliography . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 272-273 32 . Willem . Vis International Commercial Arbitration Moot . . . . . . . . . . . . . . . . 274-275 32 . Date place - session Commission . . . . . . . . . . . . 276 32 . Sessions working groups . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 277 32 Annex. List documents Commission - session . . . . . . . . . . . . . . . . 34 /53/17 1 Introduction 1. present report United Nations Commission International Trade Law covers Commission' - session, held York 1 12 June 1998. 2. Pursuant General Assembly resolution 2205 (XXI) 17 December 1966, report submitted Assembly submitted comments United Nations Conference Trade Development. Chapter Organization session . Opening session 3. United Nations Commission International Trade Law (UNCITRAL) commenced - session 1 June 1998. session opened -Secretary- General Legal Affairs, Legal Counsel. . Membership attendance 4. General Assembly, resolution 2205 (XXI), established Commission membership 29 States, elected Assembly. resolution 3108 (XXVIII) 12 December 1973, Assembly increased membership Commission 29 36 States. present members Commission, elected 28 November 1994 24 November 1997, States, term office expires day prior beginning annual session Commission year :1 Algeria (2001), Argentina (2004—alternating annually Uruguay, starting 1998), Australia (2001), Austria (2004), Botswana (2001), Brazil (2001), Bulgaria (2001), Burkina Faso (2004), Cameroon (2001), China (2001), Colombia (2004), Egypt (2001), Fiji (2004), Finland (2001), France (2001), Germany (2001), Honduras (2004), Hungary (2004), India (2004), Iran (Islamic Republic ) (2004), Italy (2004), Japan (2001), Kenya (2004), Lithuania (2004), Mexico (2001), Nigeria (2001), Paraguay (2004), Romania (2004), Russian Federation (2001), Singapore (2001), Spain (2004), Sudan (2004), Thailand (2004), Uganda (2004), United Kingdom Great Britain Northern Ireland (2001), United States America (2004) Uruguay (2004—alternating annually Argentina, starting 1999). 5. exception Brazil, Burkina Faso, Fiji, Sudan Uganda, members Commission represented session. 6. session attended observers States: Belarus, Benin, Bolivia, Canada, ôte 'Ivoire, Croatia, Czech Republic, Democratic Republic Congo, El Salvador, Gabon, Guinea, Indonesia, Iraq, Kuwait, Mongolia, Morocco, Myanmar, Poland, Republic Korea, Republic Moldova, Saudi Arabia, Slovakia, Sweden, Switzerland, Syrian Arab Republic, Tunisia, Turkey Venezuela. 7. session attended observers international organizations: () United Nations system United Nations Conference Trade Development World Bank International Monetary Fund () Intergovernmental organizations Hague Conference Private International Law () International -governmental organiza- tions invited Commission Cairo Regional Centre International Commercial Arbitration Caribbean Law Institute Centre Ibero-American Institute International Economic Law International Association Lawyers International Association Ports Harbours International Bar Association International Maritime Committee Latin American Group Lawyers International Trade Law University West Indies World Association United Nations Interns Fellows 8. Commission appreciative fact international -governmental organizations expertise major items agenda current session accepted invitation part meetings. aware crucial quality texts formulated Commission relevant - governmental organizations participate sessions Commission Working Groups, Commission requested Secretariat continue invite organi- zations sessions based qualifications. /53/17 2 . Election officers 2 9. Commission elected officers: Chairman: . Dumitru Mazilu (Romania) Vice-Chairmen: . Louis-Paul Enouga (Cameroon) . Reinhard . Renger (Germany) Ms. Shahnaz Nikanjam (Islamic Republic Iran) Rapporteur: . Esteban Restrepo-Uribe (Colombia) . Agenda 10. agenda session, adopted Commission 632nd meeting, 1 June 1998, : 1. Opening session. 2. Election officers. 3. Adoption agenda. 4. Privately financed infrastructure projects. 5. Electronic commerce. 6. Receivables financing: assignment receivables. 7. Monitoring implementation 1958 York Convention. 8. Case law UNCITRAL texts (CLOUT). 9. Training technical assistance. 10. Status promotion UNCITRAL legal texts. 11. General Assembly resolutions work Commission. 12. York Convention Day Uniform Commercial Law Information Colloquium. 13. Coordination cooperation. 14. business. 15. Date place future meetings. 16. Adoption report United Nations Commission International Trade Law. . Adoption report 11. 650th meeting, 12 June 1998, Commission adopted present report consensus. Chapter II Privately financed infrastructur projects . Background 12. twenty-ninth session, 1996, Commission decided prepare legislative guide build-operate- transfer related types project. Commission3 reached decision recommendations States consideration report prepared Secretary- General (/CN.9/424), contained information work undertaken organizations field, outline issues covered relevant national laws. Commission considered provide legislative guidance States preparing modernizing legis- lation relevant projects. Commission requested Secretariat review issues suitable treatment legislative guide prepare draft materials consideration. 13. thirtieth session, 1997, Commission table contents setting topics proposed covered legislative guide, annotations issues suggested discussion (/CN.9/438). Commission initial drafts chapter , "Scope, purpose terminology guide" (/CN.9/438/Add.1), chapter II, "Parties phases privately financed infrastructure projects" (/CN.9/438/Add.2), chapter , "Preparatory measures" (/CN.9/438/Add.3). 14. Commission exchanged views nature issues discussed draft legislative guide methods addressing considered number specific suggestions. Commission generally4 approved line work proposed Secretariat, contained documents /CN.9/438 Add.1-3. Commission requested Secretariat seek assistance experts, required, preparation future chapters. Commission invited Governments identify experts assistance Secretariat task. 15. current session, Commission drafts introductory chapter, entitled "Introduction background information privately financed infrastructure projects", chapters , "General legislative - siderations", II, "Sector structure regulation", III, "Selection concessionaire", IV, "Conclusion general terms project agreement" (/CN.9/444/ /53/17 3 Add.1-5, ), prepared infrastructure projects, countries lacking Secretariat assistance experts experience execution projects. Support consultation international organizations. expressed suggestion usefulness Commission informed initial drafts chapters legislative guide enhanced providing reader, XI prepared Secretariat consideration , model legislative provisions Commission - session, 1999. issues discussed guide. . General remarks 16. pointed annotated table contents (/CN.9/444) prepared Secretariat purpose enabling Commission informed decision proposed structure draft legislative guide contents. purpose distinguishing advice legislative guide background discussion contained , substantive chapter preceded legislative recommendations pertaining matters dealt chapter. 17. Commission expressed satisfaction commencement work preparation legislative guide privately financed infrastructure projects. observed Governments, international organizations private entities, expressed keen interest work Commission projects. Commission reminded importance bearing mind balance objective attracting private investment infrastructure projects protection interests host Government users infrastructure facility. . Structure draft legislative guide issues covered 18. Commission noted generally approved proposed structure draft legislative guide selection issues suggested discussion , set document /CN.9/444. observed topics proposed deal separately future chapters legislative guide stage combined simplify structure guide (.. construction phase, operational phase) ( , para. 201). 19. Commission engaged general discussion presentation guide desirability formulating legislative recommendations form sample provisions purpose illustrating legislative solutions issues dealt legislative guide, suggested thirtieth session. was5 noted legislative guide , completion, constitute tool Governments reviewing modernizing legislation pertaining privately financed 20. , speakers pointed potential difficulty undesirability formulating model legislative provisions privately financed infrastructure projects view complexity legal issues typically raised projects, concerned matters public policy, diversity national legal traditions administrative practices. pointed , formulated, draft chapters legislative guide offered flexibility national legislators, regulators authorities account local reality implementing, , legislative recommendations contained . suggestion , practical perspective, provision model contractual clauses project agreements alternative formulation model legis- lative provisions. 21. noted views expressed, members felt Commission consideration desirability formulating model legislative provisions discussing legislative recommendations contained draft chapters connection identify issues formulation model legislative provisions increase guide ( discussion question model legislative provisions presentation recommendations general, , paras. 202-204). 22. Commission exchanged views nature issues discussed draft legislative guide methods addressing . noted , dealing individual topics, draft legislative guide distinguish categories issues: general legal issues laws host country; issues relating legislation specific privately financed infra- structure projects; issues dealt regulatory level; issues contractual nature. clear distinction feasible, considered draft legislative guide focus primarily issues relating legislation specific , importance , privately financed infrastructure projects. . Consideration draft chapters /53/17 4 Introduction background information privately financed infrastructure projects (/CN.9/444/Add.1) 23. thirtieth session, Commission considered initial draft chapter , "Scope, purpose terminology guide" (/CN.9/438/Add.1), contained information projects covered , purpose , legislative guide, explanation terms frequently . Commission considered initial draft chapter II, "Parties phases privately financed infrastructure projects" (/CN.9/438/Add.2), contained general background information concept project finance, parties privately financed infra- structure project phases implementation. 24. - session, Commission informed , consultations conducted Secretariat experts international organi- zations Commission' thirtieth session, suggested usefulness legislative guide enhanced distinguishing introductory portions remaining chapters legislative guide, intended substantive discussion legislative advice. purpose, draft chapters II combined single introduction, account, , suggestions thirtieth session Commission documents /CN.9/438/Add.1 2.6 Section . Introduction 1. Purpose scope guide 25. question asked statement paragraph 5 legislative guide cover "privatization" transactions relate infrastructure development operation, reason exclusion. stated distinction guide privately financed infrastructure projects transactions "privatization" state functions property justified cases preferable exclude privatization transactions scope guide. response suggestion, pointed , thirtieth session, Commission decided guide deal transactions "privatization" state property means sale state property shares state-owned entities private sector, privatization gave rise legislative issues legislative issues pertaining privately financed infrastructure projects. 26. Commission reminded reasons guide cover projects exploitation natural resources "concessions", "permissions" "licences" issued State. connection, suggested focus guide infrastructure projects sufficiently clear elaborate point extent draft paper . 2. Terminology guide 27. presentation subsection, suggested , ease reading, terminology presented chart, part text. , observed subsection terminology contained definitions, explanations expressions appeared frequently guide. 28. suggested expressions "private entity" "private operator" subsection 2 guide generate erroneous impression legislative guide cover infrastructure projects carried public entities. proposed guide neutral expressions expressions refer national authorities host country (.. "Government", "State" "regulatory agency") reviewed language versions ensure consistency avoid ambiguities. 29. suggested notion "project management contract" added portion text dealing definition "turnkey" contract, defi- nition mention elements fixed price fixed time performance contract. 30. suggested appropriateness, language versions, expression "project consortium" reviewed, expression understood narrow sense legal systems (.. contractual arrangement). , suggested expressions "project company" "shareholders project company" reviewed, language versions convey erroneous impression guide referred type legal entity. Section . Background information infrastructure projects General comments 31. pointed section discussed basic issues privately financed infrastructure projects, private sector participation public infrastructure concept project finance. identified main parties involved /53/17 5 projects respective interests briefly awarded concession. , purposes evolution privately financed infrastructure clarity, suggested words " extent project. permitted laws host country" added 32. general comment, stated portions section lengthy usefully reduced. 37. connection distinction noted section conceived general - "unsubordinated" "subordinated" loans, paragraphs 48 ground information matters examined 50, suggested guide discuss legislative perspective subsequent chapters implications laws host country contractual guide. chapters guide , arrangements establishing precedence payment information contained section restructured categories loan payment presented concise . borrower' liabilities. 33. suggested sections elaborate 38. respect paragraph 50, observed financial arrangements connection privately companies wishing access loans financed infrastructure projects emphasize investment funds -called "institutional investors", essential characteristics "-recourse" "limited- insurance companies, collective investment schemes recourse" finance. suggested draft (.. mutual funds) pension funds, typically fulfil legislative guide stress role capital market requirements, positive credit rating. financing, including financing obtained local market, purposes clarity, suggested play development infrastructure projects. "institutional investors" dealt separately , section sources subordinated loans. restructured. 1. Private sector public infrastructure 34. view expressed portions sections dealing historical aspects private participation infrastructure needed deleted moved earlier parts text. reply, paragraphs 31 34 draft chapter infor- mative function, light experience countries tradition awarding concessions construction operation infrastructure. 2. Forms private sector participation 35. paragraphs dealing forms private sector participation elicit comment. 3. Financing infrastructure projects 36. view expressed guide emphasize importance pledging shares project company purpose obtaining finance project. , suggested penultimate sentence paragraph 48, mentioned shares project company collaterals borrowers, redrafted, imply project company offer shares guarantee repayment loans. , noted laws countries posed obstacles pledge, collateral commercial loans, categories assets held project company owned public entity penultimate sentence paragraph 48. 39. suggested guide mention sale shares capital markets financing sources mentioned paragraph 51. 40. suggested sentence paragraph 53 needed, financial institutions, Islamic financial institutions, ordinarily review economic financial assumptions projects financing sought follow closely phases implementation. 41. suggested export credit agencies bilateral aid financing agencies mentioned financing institutions referred paragraphs 54 56. connection paragraph 56, suggested mention limited scope guarantees international financial institutions requirement typically imposed counter- guarantees host Government. 4. Parties involved infrastructure projects 42. connection paragraph 66, suggested guide clarify countries precluded favouring employment local personnel pursuant international obligations trade facilitation regional economic integration. 43. suggested reference included paragraph 77 completion guarantees, project company required provide protect lenders pre-completion risks. /53/17 6 44. regard methods remuneration template direct payments Government project operating company, pointed , practice company ( /CN.9/444/Add.1, para. 60), suggested countries, methods , addition words " sole source funds" referred paragraph 87. methods sentence paragraph 107 replaced words include availability charges, operating company " main source funds" " repaying paid services , actual debts". usage; service charges relating satisfactory maintenance operation; volume-related payments, payments related intensity usage, calculated aid sophisticated methods measuring performance, functioned bonus paid operator intensive usage infrastructure. 45. regard insurance arrangements privately financed infrastructure projects, suggested mention paragraph 89 , countries, insurance underwriters structured comprehensive insurance packages aimed avoiding risks left uncovered owing gaps individual insurance policies. suggested reference -insurance arrangements included paragraph. 46. suggested reference , paragraph 90, role independent advisers advising lenders project. 5. Phases execution legal regimes governing infrastructure 47. general comment, stated , - taining information, paragraphs 93 110 anticipated extent issues discussed detail substantive chapters legislative guide. suggested paragraphs revised restructured remaining draft chapters legislative guide prepared. 48. suggestion paragraph 98 clarified effect competitive selection procedures projects involving construction infrastructure. time, suggested mention paragraph instances host Government resort competitive proposals award infrastructure projects. regard, Commission informed connotation legal systems expressions "procurement" "project award", legal systems connection selection public service providers. Commission note information decided revert issue draft chapter selection - cessionaire (/CN.9/444/Add.4). 49. view fact financial arrangements privately financed infrastructure projects - Chapter . General legislative considerations (/CN.9/444/Add.2) 50. noted opening section draft chapter (previously numbered chap. III) discussed issues general legal framework privately financed infrastructure projects, , legislative authorization host Government undertake projects legal regime subject. section draft chapter considered impact areas legislation successful implementation projects. concluding section draft chapter discussed relevance international agreements entered host country domestic legislation governing privately financed infrastructure projects. 51. Commission reminded , thirtieth session, suggested chapter dealing general legislative considerations elaborate question, services project company, issues significant differences legal systems. suggested attention constitutional issues relating privately financed infrastructure projects. noted that7 draft chapter reflected suggestions included contents draft chapter , "Preparatory measures" (/CN.9/438/Add.3). 52. general comment, suggested stronger language formulating legislative recommendations. emphasis major objectives legislation governing privately financed infra- structure projects; objectives establish sufficient authority host Government enter transactions construction infrastructure projects private financing, reduce governmental approvals reasonable minimum foster coordination levels government governmental departments. agreed legislative guide drafted promote private financing infrastructure projects, draw attention Governments opted transactions underlying legislative issues. /53/17 7 Constitutional issues (legislative recommendation 1 57. observed paragraph 11 discussed methods paras. 1-4) calculating adjusting prices discussion 53. generally agreed review constitutional restrictions private sector partici- pation infrastructure development operation, address restrictions established legislation regu- lations subordinate constitution. 54. suggested , recommendation 1 restricted advice review legislation, advice expressed stronger terms. , reserved approach advisable discussing constitutions legislation. Legislative approaches (legislative recommendation 2 paras. 5-8) 55. pointed , recommendations chapter reformulated emphasize host Government authority enter transactions relating privately financed infrastructure projects ( , para. 52), recommendation 2 merged recommendation 1. observed , addition sector-specific laws, States adopted laws governing individual privately financed infrastructure pro- jects; suggested legislative approach reflected guide. , view expressed legislative approach - stitute wise practice. Legislative authority grant concessions (legislative recommendations 3 4 paras. 10 11) 56. suggested legislative recommendations 1, 2, 3, 4 possibly 5 6 combined. suggested attention drawn, context legislative recommendations referred , place, : ability host Government conclude carry commitments relating privately financed infrastructure projects; ability Government provide site projects; authority initiate carry expropriations; ability Government convey property interests private investors; ability Government agree encumbrance state-owned property order create security interests; freedom Government agree arbitration methods -judicial settlement disputes; ability Government give guarantees protection investors' rights; linking prices services goods generated privately operated infrastructure price indices. current title "Legislative authority grant concessions". Legal regime privately financed infrastructure pro- jects (legislative recommendation 5 paras. 12-15) 58. suggested sentence legislative recommendation 5 reformulated , positive fashion, advise establishment rules mechanisms facilitate execution privately financed infrastructure projects. Ownership infrastructure (legislative recommendation 6 paras. 16-19) 59. comments legislative recommen- dation 6. Legal status public service providers (legislative recommendation 7 paras. 20 21) 60. terminological suggestions relating language versions document, substantive comments recommendation 7. Administrative coordination (legislative recommendations 8-11 paras. 22-27) 61. suggested desirability centralizing issuance licences overemphasized, reasons distribution administrative authority levels government (.. local, regional central) typically overridden existence privately financed infrastructure project; possibility delay result distribution administrative authority countered, , making process obtaining licences transparent efficient. 62. suggested , annotations accompanying legislative recommendations, , addition coordination levels govern- ment governmental departments, consistency application criteria issuance licences transparency administrative process. relevant areas legislation (legislative recommendation 12 paras. 28-62) 63. suggested legislative recommendation 12 reformulated order avoid unintended implication areas law mentioned /53/17 8 (.. security law, company law investment protection) guide international instruments intellectual property immediately relevant privately financed infra- rights discussing benefits establishing legal structure projects. framework protection intellectual property rights. 64. suggested reference 72. suggested paragraph 38 reflect laws consumer protection fact protection patents limited jurisdiction issues relating consumer protection discussed patent registered protection separate issue. , requested automatically extend jurisdiction. reference protect, relevant, groups indigenous people adversely affected privately financed infrastructure projects. Investment protection (paras. 29-32) 65. suggested title subsection security interests developed changed "Investment promotion protection". subsection security law guide. 66. paragraph 31, suggested reference expressly transfer foreign exchange order repay loans. Property law (paras. 33-35) 67. observed title subsection refer security interests. 68. suggested expression "reasonable proof" paragraph 34 replaced stronger expression, "clear proof". Rules procedures expropriation (paras. 36 37) 69. suggested paragraph 36 imply providing land responsibility host Government. matter terminology, sug- gested term "expropriation" legal systems ( , para. 183). 70. considered, respect sentence paragraph 37, inappropriate refer court proceedings source delay time clarifying benefits , public policy objectives sought achieved , entrusting expropriation proceedings courts. suggested statement sentence paragraph 37 qualified words " extent permitted law". Intellectual property law (paras. 38 39) 71. proposed refer subsection desirability strengthening protection intellectual property rights line international instruments governing area law. respect italicized text paragraph 39, support expressed listing Security law (paras. 40-45) 73. stressed reliable security offered lenders crucial success privately financed infrastructure projects discussion law , pointed desirable discuss types security interest types asset encumbered purpose providing security legal systems inalienability public assets constitute obstacle creating security interests context privately financed infrastructure projects. , , observed general , significant differences legal systems law security interests, difficult inadvisable discuss detail technicalities legislation area. 74. suggested sentence para- graph 40 reviewed rearrange types security interest practical importance, reference assignment intangible assets receivables. suggested penultimate sentence paragraph 40 link sentence paragraph reviewed. 75. proposed address "step-" rights favour creditors, concession operation infrastructure project project company default obligations creditors. 76. suggestion mention work International Institute Unification Private Law security interests mobile equipment, relevant context privately financed infrastructure projects. 77. considered discussion paragraph 41 appropriately reflect fact countries central registers title existed. Company law (paras. 46-49) /53/17 9 78. proposed mention legislative recommendation annotations company law fact national laws established obligation project company incorporated type commercial entity suited interests involved project laws contained mandatory rules definition registered activity project company. 79. proposed paragraph 49 mention directors project company parties agreements management project company. 80. observed legislative guide instances referred project consortia references narrow, single entity seek obtain concession, establish project company assume responsibilities cases assumed consortium. observed legislative guide, referring project company, terms form company; suggested terminology avoided, corporate forms incorporating project operators, common characteristic liability company owners obligations company limited stake company. 81. suggested , section company law, references settlement disagreements owners project company, responsibility directors administrators, including criminal responsibility, protection interested persons. Accounting practices (para. 50) 82. observed emphasis paragraph 50 accounting practices , line purpose guide, discussion recast focus legislation. Contract law (paras. 51 52) 83. considered section 8 types contract envisaged section , , distinguish contracts project company suppliers customers agreement host Government - cessionaire, legal systems subject administrative law, contract law. suggested reference private international law, context discussion law commercial contracts. Insolvency law (paras. 53 54) 84. suggested addressed: question ranking creditors, priority insolvency administrator creditors, legal mechanisms reorganization insolvent debtor, special rules designed ensure continuity public service case insolvency project company provisions avoidance transactions entered debtor shortly opening insolvency proceedings. Tax law (paras. 55-57) 85. stated stability tax regime crucial success privately financed infrastructure projects. suggestion mention possibility agreements host Government investors project company establishing stability tax regime applicable concession. noted authority establish increase taxes enforce tax legislation decentralized, circumstance reflected section. guide mention forms tax incentives granted private investors (.. permanent incentives incentives limited time). Environmental protection (paras. 58-60) 86. observed environmental matters played important role privately financed infrastructure projects matters frequent dispute. suggested list examples sentence paragraph 58 expanded adding, , coal-fired power sector, power transmission, roads railways. suggested section refer desirability adhering treaties relating protection environment. 87. considered guide avoid impression suggesting laws designed protect environment obstacle removed order facilitate privately financed infrastructure projects. applied possibility individual person initiate proceedings review compliance project environmental laws, possibility number national laws discussed international forums. Settlement disputes (paras. 61 62) 88. suggested section address types dispute arise context privately financed infrastructure, , disputes arising /53/17 10 relation selection concessionaire, disputes 94. suggested reference private companies involved construction guide international instruments designed eliminate operation project disputes host corruption. guide refer environmental Government regulatory agency project company protection clear regional economic operational phase project. integration treaties source national suggested reference section legislative provisions. choice--law issues. 89. response question, pointed World Trade Organization' Agreement Government International Centre Settlement Investment Disputes Procurement. Agreement 25 involved settlement disputes arising contracting parties efforts privately financed infrastructure projects cases universally accepted. considered Centre provide valuable information usefully reflected guide. suggested institutions administering arbitration proceedings, International Chamber Commerce, referred guide. 90. view expressed , extent relevant legislation, alternative methods dispute settlement conciliation mediation mentioned guide. 91. view expressed guide call States judicial proceedings efficient referral disputes state courts attractive option. contrary view , context privately financed infrastructure projects, prospect judicial settlement disputes frequently international investors obstacle negotiating projects , , method dispute settlement promoted. added, , , arbitration chosen method settling disputes, efficient judicial protection rights interested parties remained crucial success privately financed infrastructure projects. suggested , addition recognition enforcement foreign arbitral awards, regime recognition enforcement foreign judgements mentioned paragraph 61. 92. view expressed guide refer UNCITRAL Model Law International Commercial Arbitration examples texts adoption provide hospitable legal climate settlement disputes. National legislation international agreements (legislative recommendation 13 paras. 63-67) 93. suggested title recommendation ( phrase "national legislation") reviewed view fact recommendation annotation directed primarily international treaties. 95. view expressed refer Chapter II. Sector structure regulation (/CN.9/444/Add.3) General remarks 96. Commission reminded deliberations thirtieth session, noted issues pertaining privately financed infrastructure projects involved issues market structure market regulation consideration issues important treatment number individual topics proposed covered legislative guide.8 97. Commission noted , purpose dealing issues competition, sector structure regulation level detail envisaged Commission, separate chapter prepared Secretariat. Commission expressed appreciation Private Sector Development Department World Bank contributed substance draft chapter. 98. Commission engaged general exchange views scope purpose chapter. 99. view, issues raised privately financed infrastructure projects exclusively legal nature, closely related considerations economic industrial policy . inclusion discussion competition legislative guide view difficulties countries encountered aftermath privatization processes private monopolies succeeded state monopolies. connection, stated draft chapter contained background information assist national legislators options . 100. view, discussion policy issues contained draft chapter excessively detailed convey impression guide advocated specific policies. stated issue sector structure, options achieving desired structure, essentially matters national /53/17 11 economic policy, figure prominently similar rules protected market abusive guide. pointed legal systems restrictive practices. distinction regulated sectors, electricity telecommunications, operators authorized provide services licence issued competent authorities, sectors operators awarded concessions contractual arrangements entered competent public entity. Commission urged revise draft chapter view ensuring adequately reflected distin- ctions. Concern expressed wording character discussion contained draft chapter appeared excessively prescriptive harmony nature style remaining chapters. 101. Commission considered ways address concerns expressed. proposal move substance discussion competition sector structure, contained sections , "Market structure competition", , "Legislative measures implement sector reform", introductory part guide simply refer treatment issues guide. proposed move substance discussion regulatory issues, contained section , "Regulation infrastructure services", future chapter dealing operational phase. pointed , connection, redrafting subsequently required harmonize portions remaining text guide. alternative proposal combine sections draft chapter separate part guide, possibly form annex, moving section future chapter dealing operational phase. 102. deliberation, Commission requested Secretariat rearrange substance draft chapter suggested proposal referred paragraph 101, account views expressed discussion. prejudice decision, Commission proceeded exchange views substance draft chapter. Market structure competition (legislative recommendation 1 paras. 1-13) 103. suggested notes legis- lative recommendation 1 clear review assumptions state monopolies established involved review historical circumstances political conditions led creation monopolies. 104. view expressed important refer notes competition laws Abolition legal barriers obstacles (legislative recommendation 2 paras. 15 16) 105. suggested draft chapter account fact countries, developing countries, legitimate interest promoting development sectors national industry choose open infra- structure sectors competition. 106. view expressed phrase " legal impediments competition" recommendation 2 understood excessively broad sense, encompassing public policy rules, environmental consumer protection rules. suggested phrase qualified adding words " justified reasons public interest". Restructuring infrastructure sectors (legislative recommendation 3 paras. 18-21) 107. pointed manner country decided organize infrastructure sector - stituted matter national economic policy. , inclusion legislative guide description measures countries restructure infrastructure sectors fashion avoid impression guide advocated model. suggested guide account varying levels economic technological development countries. Transitional measures (legislative recommendations 4 5 paras. 33-35) 108. pointed restructuring infrastructure sectors complex exercise involved transitional measures technical legal nature, required consideration variety political, economic social interests. draft chapter mention factors, . Controlling residual monopolies (legislative recommendations 6 7 paras. 37-40) 109. connection reference, paragraphs 37 39 notes, competitive procedures choice operator, observed , countries, concessions public services traditionally regarded involving delegation state functions , , delegating authority bound follow /53/17 12 procedures governed award public contracts. 114. suggested issues relating consumer countries, concessions awarded direct protection limited ensure universal negotiations delegating authority access services infrastructure operators concessionaire choice, subject requirements, guide include discussion, , previous publication notice interested consumer protection. parties wished invited negotiations. reality, stated, adequately reflected -mentioned paragraphs, redrafted avoid impression prescribed tendering competitive selection procedures acceptable award infrastructure projects. reply stated guide stress competitive selection procedures. 110. paragraph 40 notes, stated cases retention geographical monopolies warranted transitional period , circumstance mentioned guide. Conditions award licences concessions (legislative recommendation 8 para. 50) 111. view expressed paragraph 50 notes revised ensure consistency advice chapter III, "Selection - cessionaire". Interconnection access regulation (legislative recommendation 9 paras. 51-54) 112. observed text legislative recom- mendation notes distinguish adequately obligations imposed operator pursuant applicable regulatory regime contractual rights obligations bilateral concession agreement. distinctions important implications legal systems, legislative recommendation notes revised. Price profit regulation (legislative recommenda- tions 10 11 paras. 55-57); Subsidies universal service (legislative recom- mendation 12 para. 62); Performance standards (legislative recommenda- tion 13 para. 63) 113. Comments effect regulatory objectives guide actions regulatory bodies issues dealt recommendations 10 13 typically arose pursuant recommendation 17 (.. promotion - operational phase infrastructure petition, protection users' interests, satisfaction address issues demand, efficiency sector, financial viability future chapter operational phase, public service providers, safeguarding public chapter legislative guide ( interest public service obligations protection , paras. 100 101). investors' rights) strictly "technical" nature. Independence autonomy regulatory bodies (legislative recommendations 14 15 paras. 67-71) 115. response questions discussion functions regulatory bodies legislative guide, stated crucial importance potential investors ascertain regulatory regime fair stable account public interest interests project company. notions independence autonomy regulatory bodies encompassed important elements merited elaboration notes recom- mendations 14 15, , functional autonomy regulatory body administrative structure host Government independence regulated industry. 116. pointed reference recommendation 15 decisions regulatory body "technical" grounds interpreted legal systems implying strict application rule consideration context rule applied. suggested preferable refer "substantive" "objective" grounds. Sectoral attributions regulatory bodies (legislative recommendation 16 paras. 72 73) 117. observed attributions regulatory bodies limited individual sectors, countries extend sectors region. Mandate regulatory bodies (legislative recommendation 17 para. 74) 118. view expressed recommendation 17 conflict recommendation 15. noted recom- mendation 15 ( , para. 116) required regulatory bodies autonomy decisions technical political grounds. , general /53/17 13 suggested notes clarify interplay Chapter III. Selection concessionaire recommendations. (/CN.9/444/Add.4) Powers regulatory bodies (legislative recommendation 18 paras. 75-78) 119. editorial linguistic comments, reiteration general comments earlier debate, suggestion include reference consumer protection, specific comments connection recommendation 18 accompanying notes. Composition regulatory body (legislative recommendations 19 20 paras. 80 81) 120. view expressed guide establish clearer distinction legislative advice practical advice regulatory function. suggested substance recommendation 19, related ideal number members regulatory bodies form commission, matter legislation. Similar examples recommendations draft chapter. reply stated order implement practical advice guide (.. membership regulatory body) legislative provisions needed discuss practical advice guide. Disclosure requirements (legislative recommenda- tion 21 paras. 84-86) 121. view expressed disclosure require- ments imposed operator recommendation 21 (.. obligation provide regulatory body information operation company) practical difficulties connection recommendations 22 23, contemplated, inter alia, accessibility interested parties regulatory decisions. guide address legitimate concern regulated industry confidentiality proprietary information. Sanctions (legislative recommendation 24 para. 94); Appeals (legislative recommendation 25 para. 95) 122. editorial linguistic comments, reiteration general comments earlier debate, specific comments connection recommendations 24 25 accompanying notes. General remarks 123. noted draft chapter III (previously chapter IV), dealt methods procedures recommended award privately financed infrastructure projects, discussed issues raised unsolicited proposals, suggested thirtieth session Commission.9 124. felt purpose legislative guide assist host countries stimulate flow investment infrastructure projects providing advice essential elements favourable legal framework. elements existence selection procedures. significant practical obstacle execution privately financed infrastructure projects considerable length time invested negotiations public authorities host country potential investors. devising procedures award privately financed infrastructure projects aimed achieving efficiency economy, ensuring transparency fairness selection procedures, guide helpful tool public authorities host countries. 125. noted international legislative model devised specifically competitive selection procedures privately financed infrastructure projects. - nection, suggested usefulness chapter enhanced focusing recommendations issues legislative nature formulating language lent incorporated national legislation. 126. regard preference expressed chapter competitive methods select conces- sionaire, comments effect guide recognize methods , legal tradition country concerned. observed , legal tradition countries, privately financed infrastructure projects involved delegation, public entity, authority provide public service. , subject special legal regime differed respects regime applied generally award public contracts purchase goods, construction services. 127. countries, award public contracts purchase goods services, Government choice number procedures, , general rule, /53/17 14 involved publicity requirements, competition strict 130. Support expressed thrust chapter, application pre-established award criteria. offered structured transparent framework common procedure tendering method (adjudication), exercise administrative discretion selection contract awarded tenderer offering concessionaire. , expressing preference lowest price. existed rigid procedures, competitive selection procedures, care request proposals (appel 'offres), avoid impression guide excluded allowed consideration elements addition procedures. price (.. operating cost, technical merit proposed completion time), negotiations resorted exceptional circumstances. , countries applied procedures award privately financed infrastructure projects. nature services required (.. complexity, amount investment completion time), procedures accent delegating body' freedom choose operator suited , terms professional qualification, financial strength, ability ensure continuity service, equal treatment users quality proposal. , freedom negotiation arbitrary choice laws countries procedures ensure transparency fairness conduct selection process. 128. addition special procedures countries selecting infrastructure operator, notable difference method payment infrastructure operator, distinct payment supplier work contractor. practically case, payment performance public contract countries form price paid governmental agency supplier contractor. case privately financed infrastructure projects, , remuneration spread number years derived operation infrastructure , generally form fees charged user. duration project calculated enable operator recoup investment ensure return amount freely set project agreement. 129. view considerations, suggested chapter elaborate fact competitive procedures typically procurement goods, construction services suitable privately financed infrastructure projects. noted , selection procedures chapter differed procurement methods UNCITRAL Model Law Procurement Goods, Construction Services, adjustments required. attention avoid terminology legal systems connection procurement methods acquisition goods, construction services. Selection procedures covered guide (paras. 3-5) 131. connection paragraph 3 () notes, suggested text mention fact , countries, sale shares public utility enterprises required prior legislative authorization. suggested offering shares stock markets mentioned disposition methods. General objectives selection procedures (paras. 6-14) 132. Support expressed including chapter discussion objectives economy, efficiency, integrity transparency. observed objectives fostered interests host Government, parties wishing invest infrastructure projects country. important corollary objectives availability administrative judicial procedures review decisions authorities involved selection procedure, suggested chapter , place, include discussion subject. 133. observed main purpose privately financed infrastructure projects host Government obtain higher quality public services. suggested paragraph 8 give emphasis potential benefits participation foreign companies selection proceedings. 134. pointed transparency required clarity rules procedures selection concessionaire, decisions improperly . chapter include discussion measures fight corrupt abusive practices selection process. measures worthwhile mentioning guide -called "integrity agreement" ("acuerdo de integridad"), companies invited participate selection process undertook seek influence unduly decisions public officials involved selection process distort competition means collusive illicit practices. /53/17 15 135. comments effect adequate 143. availability standard documentation prepared provisions protect confidentiality proprietary infor- sufficiently precise terms important element mation constituted essential elements fostering facilitate negotiations project consortia confidence investors selection procedures. prospective lenders investors. suggested suggested issue mentioned references circumstances paragraph 10 concrete recommendations included included paragraph 31. places guide purpose ensuring confidentiality proprietary information. 136. suggested text mention objectives ensuring continuous provision public services universal access public services objectives governed award privately financed infrastructure projects. selection method (legislative , scope negotiating final recommendations 1 2 paras. 15-25) agreement project consortium selected, 137. connection discussion range proponents invited, pointed procurement guidelines multilateral financial insti- tutions prohibited pre-qualification proceedings purpose limiting number bidders pre- determined number. 138. suggested paragraph 22 mention awarding authorities typically required bidders submit sufficient evidence technical solutions proposed previously tested satisfactorily met internationally acceptable safety standards. 139. suggested paragraph 24 elaborate distinction qualification evaluation criteria. 140. suggested paragraph 25 caution unrestricted negotiations awarding authority selected project consortium. Preparations selection proceedings (paras. 26-32) 141. suggested paragraph 27 include reference role independent advisers appoint early stages project. 142. suggested expression "pre-feasibility studies", "feasibility studies", context paragraphs 28 29. suggested refer paragraphs fact , countries, provide public participation preliminary assessment environmental impact project options minimize impact. suggestion text reflect environmental impact assessment ordinarily carried host Government part feasibility studies. Pre-qualification project consortia (legislative recommendations 3-7 paras. 33-46) 144. general comment, noted preferred selection procedures chapter consisted elaborate pre-qualification final selection phases short phase final negotiation project agreement. practice countries, view complexity scale infrastructure projects. connection, view expressed preferred selection procedures chapter, aspects inspired procurement methods UNCITRAL Model Law Procurement Goods, Construction Services, require adjustments address privately financed infrastructure projects adequate manner. 145. noted , beginning paragraph 34, reader referred, instances, provisions Model Law. suggested , ease reading, preferable incorporate text, , substance relevant provisions Model Law. Eliminating cross-references texts serve underscore nature selection procedure chapter. 146. observed nature proceedings paragraphs 33 36 differed respects traditional pre-qualification proceedings, applied connection procurement goods services. order avoid connotation automatic qualification ( disqualification) inherent traditional pre- qualification proceedings, suggested phase "pre-selection proceedings" draft chapter. 147. proposed include criteria mentioned paragraph 36 additional criteria relevant privately financed infrastructure projects, ability manage financial aspects project previous experience operating public infrastructure providing services regulatory oversight. 148. connection sentence paragraph 37, view expressed requirements minimum /53/17 16 percentage equity investment line grounds invoked multilateral agreements governing trade services. included awarding authority pre-quali- 149. suggested paragraphs 39 40 distinguish subsidies incentives 156. proposed include elements national laws industries regions preferences financial proposals mentioned paragraph 67 require- domestic companies foreign competitors ment project consortia submit letters intent issued bidding project. text clear prospective lenders satisfactory evidence issue domestic preferences arose cases commitment provide financing project. awarding authority invited proposals national foreign companies. , suggested paragraphs 39 40 mention fact domestic preferences permitted guidelines international financial institutions inconsistent international obligations entered States pursuant agreements regional economic integration trade facilitation. 150. Comments support reference net profit expected operator. paragraph 42 practice countries authorizing awarding authority arrangements - pensating pre-qualified proponents, project proceed reasons control, contributing costs incurred pre-qualification phase. 151. view expressed paragraph 45 redrafted avoid undesirable impression advocated automatic rating system unnecessarily limit awarding authority' discretion assessing qualifications project consortia. Procedures requesting proposals (legislative recommendations 8-19 paras. 47-80) 152. question asked -stage pro- cedure paragraphs 47 52 implied , discussions project consortia, awarding authority issue set specifications expected input. suggested, connection, final stage procedure awarding authority formulate specifications terms expected output. 153. purposes clarity, suggested word "negotiations" paragraphs 51 52 replaced word "discussions". 154. proposal emphasize paragraph 60 fact evaluation criteria give special importance aspects related operation infrastructure focused construction phase. 155. connection possibility rejecting proposals grounds governmental policy sector concerned referred paragraph 62, suggested fication criteria. 157. Questions asked purpose requiring financial viability studies referred paragraph 68 () expected financial internal rate return relation effective cost capital financing arrangements proposed. suggested , perspective host Government, key factors evaluating proposals quality services viability financial arrangements, 158. suggested paragraph 70 recommend submission tender securities project consortia. 159. connection sentence paragraph 72, observed , criteria pre-qualifying consortia weighted evaluation phase, awarding authority require, stage selection process, parti- cipants demonstrate qualifications accordance criteria pre-qualify . 160. response question providing paragraph 75 proposals opened time previously request proposals, observed requirement helped minimize risk proposals altered tampered represented important guarantee integrity proceedings. 161. suggested , -stage procedure request proposals, awarding authority reject proposals deviate grossly request proposals. regard assessment responsiveness proposals, referred paragraph 76, suggested paragraph 76 clear "unresponsive" proposals incomplete partial proposals, proposals deviated request proposals. 162. Differing views expressed relative importance proposed unit price expected output evaluation criterion. view, order foster objectiveness transparency, unit price regarded, , decisive factor choosing /53/17 17 equally responsive proposals. disadvantages direct negotiations award privately view, notion "price" financed infrastructure projects. award privately financed infrastructure projects procurement goods services. remu- neration concessionaire combined result charges paid users, ancillary revenue sources direct subsidies payments public entity awarding contract. , -price criteria, quality services, including guarantees offered ensuring continuity universality, needed fully account. context, unit price expected output retained role important element comparison proposals, regarded important factor. felt guide elaborate issues, suggested note para- graph 77. 163. suggested text legislative recommendations cover entirety subject matter discussed notes. suggested additional recommendations formulated reflect, , issues covered paragraph 77. 164. regard final negotiations referred paragraphs 78 79, view expressed legislative guide distinguish negotiation final contract, project awarded, procedure request proposals. suggested reference paragraph 53 invitation proposals respect revised specifications contractual terms imply terms contract open negotiation prior final award. situation considered inadvisable, proposals address technical financial aspects project, terms contract. response, stated knowledge contractual terms, risk allocation envisaged awarding authority, important order participating consortia formulate proposals discuss "bankability" project potential lenders. advisable provide participating consortia draft contract early . 165. proposed add words " consumers" words " detriment host Government" paragraph 78. Direct negotiations (legislative recommendations 20-24 paras. 81-93) 166. Support expressed inclusion, para- graphs 81 84, discussion advantages 167. suggested paragraphs 81 84 elaborate methods ensuring transparency introducing elements competition direct negotiations. 168. noted list exceptional circumstances authorizing direct negotiations contained paragraph 85 exhaustive circumstances exist justified direct negotiations. included, instance, : reasons national defence; cases source capable providing required service (.. involved patented technology special -); lack experienced personnel adequate administrative structure conduct competitive selection procedures; cases higher administrative authority host country authorized exception reasons public interest. suggested paragraph 85 clear list illustrative purposes . 169. question asked urgent ensuring provision service justified recourse direct negotiations competitive selection procedures. response, noted exceptional authorization needed, instance, cases interruption provision service incumbent concessionaire failed provide service acceptable standards, engaging competitive selection procedure impractical view urgent ensure continuity service. Questions raised, , appropriateness technique private financing case urgency. 170. response question reasons limiting application paragraph 85 () cases circumstances giving rise urgency foreseeable awarding authority result dilatory conduct part, observed limitation intended ensure accountability awarding authority. 171. Support expressed consideration paragraphs 87 93 issues raised unsolicited proposals. observed unsolicited proposals number countries desirable formulate concrete recommendations deal proposals. connection, suggested entity submitting unsolicited proposal generally required meet essentially qualification criteria required proponents participating competitive selection procedure chapter. /53/17 18 suggested unsolicited proposals meet Section . General considerations (legislative acceptable technical quality standards order recommendations 1 2 paras. 1-6) considered awarding authority. 172. suggested word "Government" advantages disadvantages legislative approaches paragraph 88 interpreted narrow meaning discussed. exclude local municipal authorities. proposed replace words "public entities" "public enterprises" account entities host country power negotiate unsolicited proposals. 173. view expressed legislative recom- fact levels government (.. mendations unsolicited proposals fact federal, provincial municipal) involved legislative nature privately financed infrastructure project. notes. Review procedures (para. 94) 174. noted availability administrative judicial remedies essential element ensuring transparency fairness selection procedure. suggested guide elaborate issue review procedures, mentioning procedures remedies typically national laws, formulate legislative recom- mendations. Record selection proceedings (legislative recom- mendation 25 paras. 95-99) 175. protect confidentiality privileged proprietary information, referred paragraphs 95 96, noted. suggested discussion included kind information public information reserved 181. suggested sentence para- host Government proponents. graph 10, appeared discourage Government Chapter IV. Conclusion general terms project agreement (/CN.9/444/Add.5) 176. Commission noted opening section draft chapter IV (previously chapter VI) dealt general considerations project agreement, discussing, , approaches national legislations project agreement ( scarcely referred project agreement contained extensive mandatory provisions clauses 183. view expressed term "expropriation" included agreement). remaining sections dealt English version replaced, rights obligations project company , legal systems carried negative connotation addition dealt project agreement, suggest confiscation prompt adequate - usefully addressed legislation, affect pensation. Alternative expressions suggested included interests parties. "eminent domain", "compulsory acquisition" "expro- 177. suggestion paragraph 2 178. considered guide stress clarity persons governmental agencies authority enter commitments behalf Government stages negotiation sign project agreement. discussion, due regard 179. view expressed guide point disadvantages subjecting entry force project agreement prior approval ad hoc act parliament. noted reply , cases States, good reasons existed providing legislative approval individual privately financed infrastructure projects. general agreement legislative approval parliament called modify individual provisions project agreement. 180. observed guide defined "project agreement" practice consisted separate agreement host Government project company. Section . General terms project agreement 1. project site (legislative recommendation 3 paras. 8-12) unduly providing project company land needed privately financed infrastructure projects, reviewed. 182. proposed replace reference paragraph 11 " expeditious" expropriation procedure " efficient" procedure order avoid creating unintended impression protection interests affected owners overridden desirability rapid expropriation proceedings. priation compensation". agreed /53/17 19 language avoid negative connotation question concessionaire established referred readily understood independent entity. noted , practice, project legal systems. companies typically incorporated legal entities 2. Easements (legislative recommendation 4 paras. 13-16) 184. suggested paragraph 14 refer public interest conditions obtaining easement expropriation. 3. Exclusivity (legislative recommendation 5 paras. 17-21) 185. sentence paragraph 21, view expressed advice understood suggesting parties leave question subsequent host Government' policies general clauses project agreement dealing circumstance. suggested understanding avoided guide promote certainty predictability respect consequences host Government' policies. 186. suggested question exclusivity dealt recommendation 5 gave rise important policy issues involved interests consumers public interests , , question left negotiation parties context project. Legislation question exclusivity , , deal length periods host Government commit respecting project company' exclusive rights providing public service. 187. suggestion discussion relating exclusivity (.. para. 17, sentence, para. 19, sentence) reviewed explicit beneficiary exclusivity potential competitors. 188. proposed paragraph 18 phrase "general enabling legislation", States legislation categorized general enabling legislation. 4. Legal status concessionaire (legislative recommendations 6-8 paras. 20-34) 189. respect sentence paragraph 22, considered clarify phrase "legal status" concessionaire coordinate treatment matter paragraphs 20 21 draft chapter , "General legislative considerations" (/CN.9/444/Add.2), clear extent project agreement deal separate project sponsors, , viewpoint legislation, case. 190. connection sentence paragraph 32, suggestion -owners project company concerned risks arising involvement company projects awarded separate selection process. 191. sentence paragraph 33, question raised legislative guide endorse requirement positive vote host Government objectives underly- ing requirement achieved intrusive means. 192. suggested original members project consortium shareholders project company legitimate interest replaced entities shareholders give host Government unqualified prerogative approve replacements. 5. Assignment concession (legislative recom- mendations 9 10 paras. 35-38) 193. considered desirable legislation parties agree "step-" rights, , concession transferred lenders entity appointed project company default obligations. context, stated , Government withhold approval assignment concession, subject reservation consent unreasonably withheld. similar restriction exist host Government approve granting subconcession concessionaire (para. 37). 194. pointed , , requirement prior governmental approval assignment concession existed legal systems justified reasons public interest. public entities concerned legitimate interest preventing transfer responsibility provide public services entities selected . 195. suggestion words " assignment security lenders," inserted beginning recommendation 9. /53/17 20 6. Security interests (legislative recommenda- require extension concession. observed tions 11-13 paras. 39-45) host Government purchase concession 196. Statements effect , practice, lenders expected obtain widest security assets project company, including intangible assets. availability security considered crucial availability financing privately financed infrastructure projects. view , legislative guide advise legal obstacles giving security eliminated legislation. 197. observed, , instances assets managed project company remained ownership State, ownership inalienable assets security. 198. possibility establishing security interests ownership shares project company, noted legal systems pledge shares prohibited restricted; , circumstances creditors prompted invoke security interest shares shares drop sharply, type security uncertain potentially illusory. observed, , creditors' objective obtaining shares security sell case project company' default, control project company. possibility shares project company security crucial "bankability" privately financed infrastructure projects States advised adopt special legislation matter order facilitate projects. noted, , pledge shares project company raised essentially concerns arose project company concession assigned entity consortium. 199. extent create security interest shares project company creditors project company case default, noted desirable clarify , case "step- " creditors, obligations host Government previous project sponsors affected. 7. Duration (legislative recommendation 14 paras. 46 47) 200. considered legislation establish maximum number years concessions granted. mandatory provisions practice obstacle agreeing commercially reasonable solutions. maximum limits account possibility changed circumstances concessionaire presented possibility dealing flexible manner duration concession. Section . Specific terms (para. 48) 201. respect paragraph 48, issues dealt chapters guide, general suggestions effect anticipated chapters usefully combined care distinguish issues dealt legislation negotiated parties. . Considerations finalization draft chapters 202. suggested legislative recommendations included chapters legislative guide supplemented, , sample model legislative provisions, possibly alternative solu- tions. considered model provisions legislative guide practical readily usable. suggestion, explained, prepare model law, facilitate task legislators countries wishing set favourable legal framework privately financed infrastructure projects. 203. countervailing view subject matter dealt guide touched number public law policy issues difficult attempt formulate model provisions adequately account differences legal systems variety policy options. importance affording sufficient flexibility legislators countries wishing promote private investment infrastructure stressed. purpose, clear set legislative recommendations explanatory discussion pertinent issues options tool set model provisions legislators regard difficult adjust domestic conditions. 204. views expressed, Commission requested Secretariat draft legislative recommendations form concise legislative principles, reducing number recommendations, , deemed feasible , formulate sample provisions illustrative purposes consideration Commission. /53/17 21 205. suggested guide stray UNCITRAL Model Law Electronic Commerce. , legislative advice privately financed infrastructure uniform rules discourage projects attempt give negotiating authentication techniques. , dealing public- contractual advice. discussion negotiating key cryptography, uniform rules contractual issues presented extent accommodate levels security recognize explain legislative legal effects levels liability solution. suggested guide , types services context , refer publications contractual digital signatures. respect certification authorities, advice, United Nations Industrial Development market-driven standards recognized Organization Guidelines Infrastructure Development Commission, widely felt Working Group Build-Operate-Transfer (BOT) Projects publi- appropriately envisage establishment minimum cations World Bank. set standards met certification authorities, 206. Commission considered method finalization legislative guide, including 208. current session, Commission question preparation future chapters report Working Group work - entrusted working group. deliberation, session (/CN.9/446). Commission expressed agreed working group appreciation efforts accomplished Working considered - session Commission. Group preparation draft uniform rules electronic agreed , present stage, desirable signatures. noted Working Group, Secretariat proceed preparation future - - sessions, experienced chapters submission session manifest difficulties reaching common understanding Commission. preparation, revision legal issues arising increased digital existing drafts, carried assistance electronic signatures. noted experts, . Secretariat consensus issues requested reasonable efforts obtain addressed internationally acceptable legal frame- advice experts public private sectors work. , generally felt Commission consult experts developing developed progress achieved draft uiform countries countries economies rules electronic signatures progressively transition. shaped workable structure. Commission reaffirmed Chapter III Electronic commerce . Draft uniform rules electronic signatures 207. recalled Commission, thirtieth session, 1997, entrusted Working Group Electronic Commerce preparation uniform rules legal issues digital signatures certification authorities. respect exact scope form uniform rules, generally agreed session decision early stage process. addition, felt , Working Group appropriately focus attention issues digital signatures view apparently predominant role played public- key cryptography emerging electronic-commerc practice, uniform rules prepared consistent media-neutral approach cross-border certification sought.10 decision - session feasibility preparing uniform rules expressed its11 confidence progress accomplished Working Group - session ( York, 29 June-10 July 1998) basis revised draft prepared Secretariat (/CN.9/WG.IV/WP.76). context discussion, Commission noted satisfaction Working Group generally recognized important international forum exchange views legal issues electronic commerce preparation solutions issues. 209. Commission noted , close - session Working Group, proposal Working Group give prelimi- nary consideration undertaking preparation international convention based provisions Model Law Electronic Commerce draft uniform rules. Working Group agreed topic item agenda - session basis detailed proposals possibly interested delegations. , preliminary - /53/17 22 clusion Working Group preparation , context general advisory convention event regarded project function respect issues electronic commerce, separate preparation uniform rules proposals Commission future work addition Model Law. Pending final area. suggested proponents convention decision form uniform rules, suggestion matter discussed future prepare convention stage distract session Commission context Working Working Group current task, focus Group, possibly informal consultations. preparation draft uniform rules digital recalled , future work include electronic signatures, current working preparation convention, topics assumption uniform rules form proposed, issues jurisdiction, applicable law draft legislative provisions. generally understood dispute settlement Internet. Working Group preparation draft convention means reopening issues settled Model Law, negative effect increased successful instrument (/CN.9/446, para. 212). 210. Commission noted specific detailed proposal preparation convention submitted delegation Working Group consideration future session (/CN.9/WG.IV/WP.77). Diverging views expressed connection. view held convention based provisions Model Law , suffice establish universal legal framework electronic - merce. Owing nature instrument, provisions Model Law subject variation national legislation enacted , detracting desired harmonization legal rules applicable electronic commerce. view , owing rapidly changing technical background electronic commerce, matter easily lend rigid approach suggested international convention. pointed Model Law collection principles, enacted domestic legislation formulations accommodate increased electronic commerce. 211. prevailing view premature undertake preparation suggested convention. Delegations countries law reform projects based provisions Model Law countries. Concern expressed preparation international convention based Model Law adversely affect widespread enactment Model Law , , years adoption Commission, implemented significant number countries. , generally felt Working Group distracted current task, , preparation draft uniform rules electronic signatures, agreed Commission. concluding task, Working Group 12 . Incorporation reference 212. stages preparation Model Law, suggested text provision aimed ensuring terms conditions incorporated data message means mere reference recognized degree legal effectiveness fully stated text data message. effect generally referred "incorporation reference".13 213. thirtieth session, 1997, Commission endorsed conclusion reached Working Group - session aspects battle--forms adhesion contracts left applicable national laws reasons involving, , consumer protection public policy considerations ( /CN.9/437, para. 155).14 214. - session, Working Group discussed issue incorporation reference basis texts proposed additions Model Law. discussion recorded report Working Group work - session (/CN.9/446, paras. 14-23), text proposals considered Working Group. close discussion, Working Group adopted text draft provision: "Information denied legal effect, validity enforceability solely grounds incor- porated reference data message." Working Group decided presented Commission review insertion article 5 bis Model Law, requested Secretariat prepare explanatory note added guide enactment Model Law (/CN.9/446, para. 24). draft text prepared pursuant decision insertion guide enactment Model Law set /53/17 23 annex II note prepared Secretariat (/CN.9/450). poration reference based approach 215. current session, Commission noted text adopted Working Group embodied 218. discussion, Commission substance minimalist approach issue incorporation proposed text ( , para. 216) generally reference. Consistent earlier deliberations acceptable. matter drafting, suggested Working Group (/CN.9/437, para. 155, /CN.9/446, provision paras. 14-23), attempt achieve substantial incorporation reference distinguished unification existing rules domestic law mere reference. text proposed: issue. , restated context incorporation reference general principle -discriminatio embodied article 5 Model Law. text adopted Working Group aimed facilitating incorporation reference electronic commerce removing uncertainty prevail jurisdictions rules applicable traditional paper-based incorporation reference applied electronic environment. aim provision clear consumer-protection national inter- national law mandatory nature (.. rules protecting weaker parties context contracts adhesion) interfered . 216. widely felt Commission , drafted, text presupposed degree familiarity enacting States concept incorporation reference. , expression "incorporation reference" consistently Working Group concise referring complex range legal factual situations, convey meaning enacting States. view reducing difficulties arise interpretation text, suggested descriptive language lines, consistent formulation adopted Working Group: "Information denied legal effect, validity enforceability solely grounds contained data message purported give rise legal effect, referred data message." 217. alternative texts proposed, based positive formulation effects incor- poration reference. , generally felt attempt establish positive rule issues incorporation reference result interfering existing rules domestic legislation dealt issue incorporation reference. Commission generally agreed interference avoided minimalist approach adopted Working Group maintained. context discussion, view expressed, , provision dealing incor- unnecessary altogether. "Information denied legal effect, validity enforceability solely grounds contained data message purporting give rise legal effect, referred data message forming part message." 219. discussion, Commission decided retain original proposal ( , para. 216), subject substitution word "purporting" word "purported". 220. placement additional provision, suggested text added part III Model Law, generally agreed insertion text article 5 bis, suggested Working Group, . 221. respect draft additional section prepared Secretariat insertion guide enactment Model Law ( /CN.9/450, annex II), Secretariat requested ensure text newly adopted article 5 bis interpreted creating specific legal regime incorporation reference electronic environment. , establishing principle -discrimination, construed making domestic rules applicable incorporation reference paper-based environment equally applicable incorporation reference purposes electronic commerce. Chapter IV Assignment receivables financing 222. recalled Commission considered legal problems area assignment twenty-sixth twenty-eighth sessions (1993-1995) entrusted,15 twenty-eighth session, 1995, Working Group International Contract Practices task preparing uniform law assignment receivables financing.16 223. Working Group commenced work twenty- fourth session (Vienna, 13-24 November 1995) continued twenty- twenty-sixth sessions ( York, 8-19 July, Vienna, 11-22 November 1996, /53/17 24 ). noted , twenty-fourth session, established rules interfered . respect Working Group urged strive legal text territorial scope application draft convention, aimed increasing availability -cost credit observed (/CN.9/420, para. 16). addition, noted , twenty- twenty-sixth sessions, Working Group decided proceed work assumption text prepared form convention (/CN.9/432, para. 28) include private inter- national law provisions (/CN.9/434, para. 262). 224. - session, Commission reports twenty-seventh twenty-eighth sessions Working Group (/CN.9/445 /CN.9/447). outset, Commission noted work receivables financing attracted interest international trade finance community, potential increasing access -cost credit. addition, Commission noted Working Group substantial progress number matters, including validity assignments future receivables receivables identified individually (.. bulk assignments), assignments concluded anti- assignment clause contained contract assigned receivables arose, debtor-protection issues. , Commission noted , twenty-eighth session, Working Group adopted substance provisions dealing relationship assignor assignee, provisions dealing debtor' protection (draft articles 14-16 18-22, ) requested Secretariat revise provision dealing assignee payment proceeds-related issues (draft article 17; /CN.9/447, paras. 161-164 68, ). 225. time, noted number issues remained resolved, including relating scope draft convention, public policy issues arising context protection debtor, conflicts priority claimants private international law issues. 226. scope application, view widely shared wide limited contractual receivables assigned purpose obtaining financing. observed approach line purpose project facilitate receivables financing increase availability -cost credit. addition, stated , approach, draft convention acceptable number States, prepared introduce specific legislation address modern financing transactions general overhaul assignment law. , approach, practices functioning basis - /53/17 25 solution based choice--law approach similar United Nations Convention Contracts International Sale Goods . 227. regard public policy concerns, observed preferable draft convention introduce high threshold protection debtor meet concerns States unnecessary fall general public policy reservation, jeopardize cer- tainty achieved convention adverse impact cost availability credit. 228. prior conflicts, wide support expressed approach draft convention combining substantive private international law priority rules. stated allowing States choose, declaration, priority rule based time assignment rule based time registration, effect establishment suitable registration system, increase acceptability draft - vention. 229. regard private international law provisions contained draft convention, Commission welcomed holding meeting experts Hague Conference Private International Law cooperation Secretariat Commission. Commission noted , meeting, confirmed private international law priority provisions contained draft convention , application limited transactions falling scope draft convention. addition, noted Permanent Bureau Conference prepare submit Working Group report meeting ( , paras. 269 270). 230. discussion, broad support expressed favour working assumption Working Group text prepared form convention. noted , view differences existing legal systems field assignment, convention provide degree unification, introducing certainty predictability needed credit basis receivables. 231. Commission expressed appreciation work accomplished requested Working Group proceed work expeditiously complete 1999 submit draft convention adoption Commission - session (2000). Chapter Monitoring implementation 1958 York Convention 232. recalled Commission, twenty-eighth session 1995, approved project, undertaken jointly Committee International Bar Association, aimed monitoring legislative implementation Convention Recognition Enforcement Foreign Arbitral Awards ( York, 1958). stressed that17 purpose project, approved Commission, limited aim , , purpose monitor individual court decisions applying Convention. order prepare report subject, Secretariat States parties Convention questionnaire relating legal regime States governing recognition enforcement foreign awards. 233. current session Commission, Secretariat received 54 replies questionnaire. Commission called States parties Convention replied questionnaire , extent , inform Secretariat developments previous replies questionnaire. Secretariat requested prepare, future session Commission, note presenting findings based analysis information gathered. 234. connection discussion, observed Convention essential factor faci- litation international trade , legislative enactment Convention, Commission interpretation. - sideration, information prepared Secretariat purpose, serve promote Convention facilitate practitioners. stressed information interpretation Convention official languages United Nations , , Commission body prepare . Commission decision suggestion. 235. noted , session, 10 June 1998, Commission hold special commemorative York Convention Day order celebrate fortieth anniversary Convention ( , para. 257); occasion, attention paid legal issues covered Convention respect Commission work desirable feasible , , form . Commission considered /53/17 26 engage consideration future system covering comprehensive case law work area arbitration twenty- session, UNCITRAL texts, Commission urged 1999, requested Secretariat prepare, States appointed national correspondent session, note serve basis . addition, Commission urged States ensure considerations Commission. Considerations CLOUT information national judges, York Convention Day Congress International arbitrators, practitioners academics. Council Commercial Arbitration (Paris, 3-6 1998) account preparation note. Chapter VI Case law UNCITRAL texts 236. Commission noted appreciation , previous session indicating direction future acti- thirtieth session 1997, additional sets abstracts vities planned. noted UNCITRAL seminars court decisions arbitral awards relating United briefing missions government officials designed Nations Convention Contracts International explain salient features utility international trade Sale Goods UNCITRAL Model Law law instruments UNCITRAL. International Commercial Arbitration published (/CN.9/SER./ABSTRACTS/13-17). Commission noted appreciation search engine Web site UNCITRAL secretariat Internet (http://www.../uncitral) enable users case law UNCITRAL texts (CLOUT) carry searches CLOUT cases documents. Secretariat encouraged continue efforts increase availability UNCITRAL documents Internet official United Nations languages. 237. Commission noted work missions planned Africa, Asia, Latin America Secretariat editing abstracts, storing decisions awards eastern Europe. original form, translating abstracts United Nations languages, publishing United Nations languages, forwarding abstracts full texts decisions awards interested parties request establishing operating CLOUT search engine substantially increased tandem number decisions awards covered CLOUT. Commission requested adequate resources Secretariat effective operation CLOUT. 238. Commission expressed appreciation relevance uniform commercial law, legal national correspondents Secretariat work texts prepared UNCITRAL, economic integration urged States cooperate Secretariat efforts undertaken countries emphasized operation CLOUT facilitate carrying important role training technical assistance tasks national correspondents. Commission activities Secretariat play context. emphasized importance CLOUT purpose promoting uniform application legal texts resulted work. generally agreed , issued United Nations languages, CLOUT constituted invaluable tool practitioners, academics government officials. order ensure CLOUT Chapter VII Training technical assistance 239. Commission note Secretariat (/CN.9/448) outlining activities undertaken 240. reported previous session seminars briefing missions held: Stellenbosch, South Africa (11 March 1997); Cartagena Bogotá (14 15 17 18 April 1997, ); Quito (21 22 April 1997); Lima (24-26 April 1997); Thessaloniki, Greece (12 13 September 1997); Nicosia (9 10 October 1997); Dubai (10 December 1997); Valletta (24 25 February 1998). Secretariat reported remainder 1998 session Commission, 1999, seminars briefing 241. Commission expressed appreciation Secretariat activities undertaken session emphasized importance training technical assistance programme promoting awareness work disseminating information legal texts produced. pointed seminars briefing missions developing countries lacking expertise areas trade commercial law covered work UNCITRAL. Commission noted 242. Commission noted forms technical assistance Secretariat, review preparatory drafts legislation, assistance preparation drafts, comments reports law reform commissions briefings legislators, judges, arbitrators -users UNCITRAL legal texts embodied /53/17 27 national legislation. Commission encouraged thirtieth session Commission) Secretariat devise ways address continuing instruments: significant increase importance attributed Governments, domestic international business communities multilateral bilateral aid agencies improving legal framework international trade investment. 243. Commission emphasized importance cooperation coordination development assis- tance agencies providing financing legal technical assistance Secretariat, view avoiding situations international assistance lead adoption national laws represent inter- nationally agreed standards, including UNCITRAL - ventions model laws. 244. Commission note appreciation contributions Greece Switzerland seminar programme. Commission expressed appreciation States organizations contributed Commission' programme training assistance hosting seminars. Stressing importance extrabudgetary funding carrying training technical assistance activities, Commission appealed States, international organizations interested entities making contributions UNCITRAL Trust Fund Symposia facilitate planning enable Secretariat meet increasing demands developing countries newly independent States training assistance. 245. Concern expressed majority participants internship programme Secretariat nationals developed countries. appeal States supporting programmes spon- sored participation nationals developing countries internship programme. Chapter VIII Status promotion UNCITRAL texts 246. Commission, basis note Secretariat (/CN.9/449), considered status conventions model laws emanating work, status Convention Recognition Enforcement Foreign Arbitral Awards ( York, 1958). Commission noted pleasure actions States 30 1997 (date conclusion () Convention Limitation Period International Sale Goods, concluded York 14 June 1974, amended Protocol 11 April 1980. action Republic Moldova; number States parties: 17; () [Unamended] Convention Limitation Period International Sale Goods ( York, 1974). action Republic Moldova; number States parties: 23; () United Nations Convention Carriage Goods Sea, 1978 (Hamburg Rules). Number States parties: 25; () United Nations Convention Contracts International Sale Goods (Vienna, 1980). actions Croatia, Greece, Latvia Mongolia; number States parties: 52; () United Nations Convention International Bills Exchange International Promissory Notes ( York, 1988). Convention States parties. requires adherences entry force; () United Nations Convention Liability Operators Transport Terminals International Trade (Vienna, 1991). Convention State party. requires adherences entry force; () United Nations Convention Independent Guarantees Stand- Letters Credit ( York, 1995). Convention States parties. requires adherences entry force; () UNCITRAL Model Law International Commercial Arbitration, 1985. jurisdictions enacted legislation based Model Law: Germany, Iran (Islamic Republic ), Lithuania Oman; () UNCITRAL Model Law International Credit Transfers, 1992; () UNCITRAL Model Law Procurement Goods, Construction Services, 1994. jurisdictions enacted legislation based Model Law: Kyrgyzstan Slovakia; () UNCITRAL Model Lawon Electronic Commerce, 1996; () UNCITRAL Model Law Cross-Border Insolvency, 1997; () Convention Recognition Enforcement Foreign Arbitral Awards ( York, 1958). actions /53/17 28 Armenia, El Salvador, Lebanon, Nepal Paraguay; internationally harmonized legislation governing instances number States parties: 117. cross-border insolvency. 247. Appreciation expressed legislative actions 251. addition, Commission note appreciation texts Commission. request directed General Assembly resolution 52/157, 15 December States enacted enact model law 1997, report Commission work prepared Commission, legislative thirtieth session, held 1997. , noted , action convention resulting work paragraph 6, Assembly reaffirmed mandate Commission, inform secretariat Commission Commission, core legal body United Nations thereof. information States system field international trade law, coordinate consideration similar legislative actions. legal activities field, , connection, called UNCITRAL Model Law Cross-Border Insolvency bodies United Nations system invited United Nations Convention Independent Guarantees international organizations bear mind mandate Stand- Letters Credit mentioned examples Commission avoid duplication effort texts respect information promote efficiency, consistency coherence desirable. unification harmonization international trade law, 248. Representatives observers number States reported official action considered view adherence conventions adoption legislation based model laws prepared UNCITRAL. 252. Commission noted appreciation 249. noted , universal relevance usefulness texts, great number States enacted . view broad support legislative texts emanating work Commission practitioners academics countries legal, social economic systems, pace adoption texts slower needed . appeal directed representatives observers participating meetings Commission working groups contribute, extent discretion deemed , facilitating consideration legislative organs 253. Commission noted appreciation countries texts Commission. appeal General Assembly, paragraph 8 () Chapter IX General Assembly resolutions work Commission 250. Commission note appreciation General Assembly resolution 52/158 15 December 1997, Assembly expressed appreciation Commission completing adopting Model Law Cross-Border Insolvency. paragraph 3 resolution, Assembly recommended States review legislation cross- border aspects insolvency determine legislation met requirements modern efficient insolvency system , review, give favourable consideration Model Law, bearing mind recommended Commission, secretariat, continue maintain close cooperation international organs organizations, including regional organizations, active field international trade law. decision General Assembly, paragraph 7 reso- lution 52/157, reaffirm importance, developing countries, work Commission - cerned training technical assistance field international trade law, assistance preparation national legislation based legal texts Commission, , paragraph 8, Assembly expressed desirability increased efforts Commission, sponsoring seminars symposia, provide training assistance. resolution 52/157, Governments, relevant United Nations organs, organizations, institutions individuals voluntary contributions UNCITRAL Trust Fund Symposia , , financing special projects. , noted Assembly appealed, paragraph 9 resolution, United Nations Development Programme bodies responsible development assistance, World Bank European Bank Reconstruction Development, Governments bilateral aid programmes, support training technical assistance programme Commission cooperate coordinate activities Commission. 254. appreciated Assembly appealed, paragraph 10 resolution 52/157, Governments, relevant United Nations organs, organizations, institutions individuals, order ensure full participation Member States sessions Commission /53/17 29 working groups, voluntary contributions trust legal texts international commercial arbitration ( fund granting travel assistance developing countries UNCITRAL Model Law International Commercial members Commission, request Arbitration European Convention International consultation Secretary-General. ( trust fund Commercial Arbitration, Geneva, 1961); legal issues established pursuant General Assembly resolution covered Convention. reports, 48/32 9 December 1993.) Commission noted suggestions presenting Commission appreciation decision Assembly, paragraph 11, problems identified practice enable continue, competent Main Committee work Commission fifty- session Assembly, consideration desirable feasible ( , para. 235). granting travel assistance developed countries members Commission, request consultation Secretary-General. 255. Commission welcomed request General observers 250 invited persons participated. Assembly, paragraph 12 resolution, Secretary- Colloquium, leading experts presented insights General ensure effective implementation assessment legal issues relating electronic commerce, programme Commission. Commission, parti- privately financed infrastructure projects, receivables financ- cular, hoped Secretariat allocated sufficient ing cross-border insolvency. Colloquium resources meet increased demands training designed provide condensed information current topics assistance. Commission noted regret , legal areas exchange views -mentioned request Assembly, secretariat consideration issues Commission. Commission generally short funds publication UNCITRAL Yearbook brochures texts resulting work Commission. 256. Commission noted appreciation General Assembly, paragraph 13 resolution, stressed importance bringing effect conventions emanating work Commission, , , urged States signing, ratifying acceding conventions. Chapter York Convention Day Uniform Commercial Law Information Colloquium 257. - session, 10 June 1998, Commission held special commemorative York Convention Day order celebrate fortieth anniversary Convention Recognition Enforcement Foreign Arbitral Awards ( York, 10 June 1958). addition representatives States members Commission observers, 300 invited persons participated event. opening speech Secretary-General United Nations. addition speeches participants diplomatic conference adopted Convention, leading arbitration experts gave reports matters relating significance Convention; promotion, enactment application; interplay Convention international 258. 11 June 1998, Commission held Uniform Commercial Law Information Colloquium, repre- sentatives States members Commission 259. Commission expressed Secretariat publish reports York Convention Day Colloquium expeditiously . Chapter XI Coordination cooperation . Transport law 260. recalled , thirtieth session (26 February-8 March 1996) Working Group Electronic Data Interchange ( renamed Working Group Electronic Commerce), observed contexts existing national laws international conventions left significant gaps issues functioning bills lading seaway bills, relationship transport documents rights obligations seller buyer goods legal position entities financing party contract carriage. States provisions issues, fact provisions disparate States lacked constituted obstacle free flow goods increased cost transactions. growing electronic means communication carriage goods aggravated consequences fragmentary disparate laws created uniform provisions addressing issues technologies. 18 /53/17 30 261. result considerations Working include, addition Governments, international organi- Group, proposed, twenty-ninth session zations representing commercial sectors involved Commission, 1996, Commission include carriage goods sea, International Maritime work programme review current practices laws Committee, International Chamber Commerce, area international carriage goods sea International Union Marine Insurance, International view establishing uniform rules areas Federation Freight Forwarders' Associations, rules existed, view achieving International Chamber Shipping International greater uniformity laws achieved. Association Ports Harbours. suggested session Secretariat requested solicit views suggestions difficulties Governments intergovernmental -governmental organiza- tions representing interests international carriage goods sea. thought analysis views suggestions enable Secretariat present, future session, report Commission informed decision desirable action. information-gathering exercise Secretariat encompass broad range issues carriage goods sea related areas terminal operations multi-modal carriage. 262. reservations expressed session regard suggestion. issues covered numerous complex, unduly strain limited resources Secretariat . , continued coexistence treaties governing liability carriage goods sea slow process adherence United Nations Convention Carriage Goods Sea, 1978 (Hamburg Rules) adding treaty existing lead greater harmony laws. addition, pointed work included recon- sideration liability regime discourage States adhering Hamburg Rules, unfortunate result. stressed , investigation carried , cover liability regime, Hamburg Rules modern solutions. stated reply, , , aspects liability involved, review liability regime main objective suggested work; , provide modern solutions issues dealt treaties adequately, . 263. differing views, Commission included consideration suggested issues current agenda. , decided Secretariat focal point gathering information, ideas opinions problems arose practice solutions problems. information-gathering broadly based 264. - session, Commission heard statement behalf International Maritime Committee effect welcomed invitation cooperate Secretariat soliciting views sectors involved international carriage goods preparing analysis information. analysis Commission informed decision desirable action. 265. exploratory work focus liability regime based broad assessment current problems arising modern trade practices relating international carriage goods transport - munication methods. Commission informed International Maritime Committee steps, consultation Secretariat, organize collection analysis information. work outset involve broad spectrum international organizations interested international carriage goods. broadly based approach issues time- consuming considered indispensable obtaining complete accurate information current practices problems arriving balanced assessment desirability feasibility work internationally harmonized legal solutions. 266. Strong support expressed Commission exploratory work undertaken International Maritime Committee Secretariat. Commission expressed appreciation Committee willingness embark important -reaching project, precedents existed international level; Commission apprised progress work opinions suggestions resulting . 267. Subsequently, statement behalf International Association Ports Harbours support impact transport techniques law carriage goods expressing willingness contribute work searching harmonized legal solutions. /53/17 31 . Trade development 268. representative United Nations Conference Trade Development (UNCTAD) recalled instances cooperation Commission. Commission informed UNCTAD interested cooperating Commission respect rules relating electronic commerce. UNCTAD interested question integrate developing countries international electronic commerce. hoped secretariat Commission participate activities UNCTAD; electronic commerce, collaboration organizations extend areas settlement disputes fields trade investment. Commission expressed appreciation work UNCTAD, reiterated desire cooperate endorsed plans cooperation secretariats organizations. . Private international law area receivables financing 269. Commission informed Hague Conference Private International Law organized, cooperation Secretariat, meeting experts Hague order private international law issues arising context draft convention assignment receivables financing prepared Commission' Working Group International Contract Practices. meeting, experts considered private international law issues connected substantive law provisions draft convention; private international law priority provisions supplementing substantive law priority provisions draft convention; private international law provisions potentially aimed covering transactions fell scope draft convention. addition, view assisting UNCITRAL Working Group, Bureau Conference prepare report meeting submit Working Group. 270. Commission welcomed cooperation Hague Conference. felt cooperation optimal utilization resources respective organizations benefit process law unification. . International Association Lawyers 271. stated behalf International Association Lawyers Association continue publicize work Commission committees conferences seminars organized. addition, Association prepared offer expert assistance Commission number areas active, including area privately financed infrastructure projects. Commission appreciative statement looked strengthened cooperation Association. Chapter XII business . Bibliography 272. Commission noted appreciation bibliography writings related work Commission (/CN.9/452) guide enactment UNCITRAL Model Law Cross-Border Insolvency (/CN.9/442). 273. Commission stressed important complete information publications, including academic theses, commenting results work. requested Governments, academic insti- tutions relevant organizations send copies publications Secretariat. . Willem . Vis International Commercial Arbitration Moot 274. reported Commission Institute International Commercial Law Pace University School Law, York, organized Willem . Vis International Commercial Arbitration Moot (Vienna, 4-9 April 1998). Legal issues teams students participating Moot dealt based, inter alia, United Nations Convention Contracts International Sale Goods, UNCITRAL Model Law International Commercial Arbitration UNCITRAL Model Law International Credit Transfers. 58 teams law schools 30 countries participated 1998 Moot. sixth Moot held Vienna 26 March 1 April 1999. 275. Commission heard report interest appreciation. regarded Moot, international /53/17 32 Pursuant General Assembly resolution 2205 (XXI), the1 members Commission elected term years. current membership, 17 elected General Assembly forty-ninth session, 28 November 1994 (decision 49/315), 19 fifty- session, 24 November 1997 (decision 52/314). Pursuant resolution 31/99 15 December 1976, term members elected Assembly forty-ninth session expire day prior opening -fourth session Commission, 2001, term members elected fifty- session expire day prior opening -seventh session Commission, 2004. election Chairman place 632nd meeting,2 1 June 1998, election Vice-Chairmen 639th meeting, 4 June 1998, election Rapporteur 636th meeting, 3 June 1998. accordance decision Commission session, Commission Vice-Chairmen, , Chairman Rapporteur, groups States listed General Assembly resolution 2205 (XXI), sect. II, para. 1, represented bureau Commission ( report United Nations Commission International Trade Law work session, Official Records General Assembly, Twenty- Session, Supplement . 16 (/7216), para. 14 (Yearbook United Nations Commission International Trade Law, vol. : 1968- 1970 (United Nations publication, Sales . .71..1), part , chap. , sect. )). Official Records General Assembly, Fifty- Session,3 Supplement . 17 (/51/17), paras. 225-230. Ibid., Fifty- Session, Supplement . 17 and4 corrigendum (/52/17 Corr.1), paras. 231-246. Ibid., para. 235.5 Ibid., paras. 238-243.6 Ibid., para. 237 ().7 Ibid., para. 236.8 Ibid., para. 237 ().9 Ibid., para. 250.10 Ibid., paras. 249 250.11 Ibid., para. 251.12 earlier discussion issue incorporation reference13 Commission, Working Group Electronic Commerce, notes prepared Secretariat, ibid., paras. 248-250; ibid., Fifty- Session, Supplement . 17 (/51/17), paras. 222 223; /CN.9/450; /CN.9/446, paras. 14-24; /CN.9/437, paras. 151-155; /CN.9/421, paras. 109 114; /CN.9/407, paras. 100-105 117; /CN.9/406, paras. 90, 178 179; /CN.9/360, paras. 90-95; /CN.9/350, paras. 95 96; /CN.9/333, paras. 66-68; /CN.9/WG.IV/WP.74; /CN.9/WG.IV/WP.71, paras. 77-93; /CN.9/WG.IV/WP.69, paras. 30, 53, 59, 60 91; /CN.9/WG.IV/WP.66; /CN.9/WG.IV/WP.65; /CN.9/WG.IV/WP.55, paras. 109-113; participation, excellent method teaching international Notes trade law disseminating information current uniform texts. . Date place - session Commission 276. decided Commission hold - session Vienna 17 4 June 1999. . Sessions working groups 277. Commission approved schedule meetings working groups: () Working Group International Contract Practices hold twenty-ninth session Vienna 5 16 October 1998 thirtieth session York 1 12 March 1999; () Working Group Electronic Commerce hold - session York 29 June 10 July 1998 -fourth session Vienna 8 19 February 1999. /53/17 33 /CN.9/WG.IV/WP.53, paras. 77 78). Official Records General Assembly, Fifty-second14 Session, Supplement . 17 corrigendum (/52/17 Corr.1), paras. 249-251. Ibid., Forty-eighth Session, Supplement . 17 (/48/17),15 paras. 297-301; ibid., Forty-ninth Session, Supplement . 17 corrigendum (/49/17 Corr.1), paras. 208-214; ibid., Fiftieth Session, Supplement . 17 (/50/17), paras. 374-381. Ibid., Fiftieth Session, Supplement . 17 (/50/17),16 paras. 374-381. Ibid., paras. 401-404, ibid., Fifty- Session, Supplement17 . 17 (/51/17), paras. 238-243. Ibid. para. 210, /CN.9/421, paras. 104-108.18 /53/17 34 Annex List documents Commission - session . General series /CN.9/443 Provisional agenda, annotations thereto scheduling meetings - session /CN.9/444 Add.1-5 Draft chapters legislative guide privately financed infra-structure projects /CN.9/445 Report Working Group International Contract Practices work twenty-seventh session /CN.9/446 Report Working Group Electronic Commerce work - session /CN.9/447 Report Working Group International Contract Practices work twenty-eighth session /CN.9/448 Training technical assistance /CN.9/449 Status conventions model laws /CN.9/450 addition UNCITRAL Model Law Electronic Commerce: draft provision incorporation reference /CN.9/452 Bibliography writings related work UNCITRAL . Restricted series /CN.9/XXXI/CRP.1and Draft report United Nations Commission International Trade Law Add.1-19 work - session /CN.9/XXXI/CRP.2 Note delegation France /CN.9/XXXI/CRP.3 Note delegation France NATIONS UNIES TD Conférence des Nations Unies sur le commerce le éveloppement Distr. ÉÉRALE TD//45/7 30 septembre 1998 FRANÇAIS Original : ANGLAIS CONSEIL DU COMMERCE ET DU ÉVELOPPEMENT Quarante-cinquiè session Genève, 12 octobre 1998 Point 8 de 'ordre du jour provisoire AUTRES QUESTIONS RELATIVES AU COMMERCE ET AU ÉVELOPPEMENT éveloppement progressif du droit commercial international : trentiè uniè rapport annuel de la Commission des Nations Unies pour le droit commercial international Note du secrétariat de la CNUCED Le secrétariat de la CNUCED appelle 'attention sur le rapport de la Commission des Nations Unies pour le droit commercial international sur les travaux de sa trentiè uniè session, qui 'est tenue à Vienne du 1er au 12 juin 1998 (/53/17). Conformément au paragraphe 10 de la section II de la ésolution 2205 (XXI) de 'Assemblé éérale, ce rapport est préé au Conseil du commerce du éveloppement pour observations ou recommandations. Le secrétariat de la CNUCED mettra à la disposition des participants à la session nombre limité 'exemplaires de ce rapport, dans les versions linguistiques qu'il aura çues. ----- GE.98-51828 () TD Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio Desarrollo NACIONES UNIDAS Distr. GENERAL TD//45/7 30 de septiembre de 1998 ESPAÑOL Original: INGLÉ JUNTA DE COMERCIO DESARROLLO 45º íodo de sesiones Ginebra, 12 de octubre de 1998 Tema 8 del programa provisional OTRAS CUESTIONES EN MATERIA DE COMERCIO DESARROLLO Desarrollo progresivo del derecho mercantil internacional: 31º informe anual de la Comisió de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional Nota de la secretarí de la UNCTAD Se señala la atenció el informe de la Comisió de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional sobre la labor realizada en su 31º íodo de sesiones, celebrado en Viena del 1º al 12 de junio de 1998 (/53/17). De conformidad las disposiciones del árrafo 10 de la secció II de la resolució 2205 (XXI) de la Asamblea General, el informe se presenta la Junta de Comercio Desarrollo para ésta formule sus comentarios recomendaciones. Se facilitará úmero limitado de ejemplares del informe en cada uno de los idiomas en se reciba. ----- GE.98-51830 () /53/17 Naciones Unidas Informe de la Comisió de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional sobre la labor realizada en su 31º íodo de sesiones 1º 12 de junio de 1998 Asamblea General Documentos oficiales Quincuagésimo tercer íodo de sesiones Suplemento º 17 (/53/17) Asamblea General Documentos oficiales Quincuagésimo tercer íodo de sesiones Suplemento º 17 (/53/17) Informe de la Comisió de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional sobre la labor realizada en su 31º íodo de sesiones 1º 12 de junio de 1998 Naciones Unidas • Nueva York, 1998 Nota Las signaturas de los documentos de las Naciones Unidas se componen de letras úsculas cifras. La menció de una de tales signaturas indica se hace referencia documento de las Naciones Unidas. ISSN 0251-9127 iii [Original: Inglé] Índice árrafos áginaCapítulo Introducció . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1-2 1 . Organizació del íodo de sesiones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3-11 1 . Apertura del íodo de sesiones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 1 . Composició asistencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4-8 1 . Elecció de la Mesa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9 2 . Programa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10 2 . Aprobació del informe . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11 2 II. Proyectos de infraestructura financiació privada . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12-206 2 . Introducció . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12-15 2 . Observaciones generales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16-17 3 . Estructura del proyecto de guí legislativa cuestiones deben incluirse . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18-22 3 . Examen de los proyectos de capítulos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23-201 4 . Consideraciones relativas la finalizació de los proyectos de capítulo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 202-206 22 III. Comercio electrónico . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 207-221 23 . Proyecto de égimen uniforme para las firmas electrónicas . . . . . . . . . . . . 207-211 23 . Incorporació por remisió . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 212-221 24 IV. Financiació por cesió de créditos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 222-231 25 . Seguimiento de la puesta en práctica de la Convenció de Nueva York de 1958 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 232-235 27 VI. Jurisprudencia sobre textos de la CNUDMI . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 236-238 27 VII. Formació asistencia écnica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 239-245 28 VIII. Situació promoció de los textos de la CNUDMI . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 246-249 29 IX. Resoluciones de la Asamblea General acerca de la labor de la Comisió . . . . 250-256 30 . í de la Convenció de Nueva York coloquio de informació sobre el derecho mercantil internacional (UCLIC) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 257-259 31 XI. Coordinació cooperació . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 260-271 31 . Derecho del transporte . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 260-267 31 . Comercio desarrollo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 268 33 iv . El derecho internacional privado la financiació mediante cesió de créditos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 269-270 33 . Unió Internacional de Abogados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 271 33 XII. Otros asuntos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 272-277 33 . Bibliografí . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 272-273 33 . Concurso de Arbitraje Comercial Internacional Simulado Willem . Vis . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 274-275 33 . Fecha lugar del 32º íodo de sesiones de la Comisió . . . . . . . . . . . . . 276 34 . íodos de sesiones de los grupos de trabajo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 277 34 Anexo. Lista de documentos presentados la Comisió en su 31º íodo de sesiones . . . 36 /53/17 1 Introducció 1. El presente informe de la Comisió de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional se refiere al 31º íodo de sesiones de la Comisió, celebrado en Nueva York del 1º al 12 de junio de 1998. 2. De conformidad la resolució 2205 (XXI) de la Asamblea General, de 17 de diciembre de 1966, este informe se presenta la Asamblea tambié la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio Desarrollo (UNCTAD) para formule observaciones. . Organizació del íodo de sesiones . Apertura del íodo de sesiones 3. La Comisió de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) inició su 31º íodo de sesiones el 1º de junio de 1998. El Secretario General adjunto de Asuntos Jurídicos, Asesor Jurídico, declaró abierto el íodo de sesiones. . Composició asistencia 4. La Asamblea General, en su resolució 2205 (XXI), estableció la Comisió una composició de 29 Estados, elegidos por la Asamblea. En su resolució 3108 (XXVIII), de 12 de diciembre de 1973, la Asamblea General aumentó el úmero de los miembros de la Comisió, pasó de 29 36 Estados. Actualmente, la Comisió está integrada por los miembros elegidos el 28 de noviembre de 1994 el 24 de noviembre de 1997; se trata de los siguientes Estados, cuyos mandatos expiran el í anterior al comienzo del íodo de sesiones anual de la Comisió correspondiente al ñ indicado entre paréntesis :1 Alemania (2001), Argelia (2001), Argentina (2004, alterna anualmente el Uruguay partir de 1998), Australia (2001), Austria (2004), Botswana (2001), Brasil (2001), Bulgaria (2001), Burkina Faso (2004), Camerú (2001), Colombia (2004), China Instituto Iberoamericano de Derecho Internacional (2001), Egipto (2001), Españ (2004), Estados Económico Unidos de érica (2004), Federació de Rusia (2001), Fiji (2004), Finlandia (2001), Francia (2001), Honduras (2004), Hungrí (2004), India (2004), Irá (República Islámica del) (2004), Italia (2004), Japó (2001), Kenya (2004), Lituania (2004), éxico (2001), Nigeria (2001), Paraguay (2004), Reino Unido de Gran Bretañ Irlanda del Norte (2001), Rumania (2004), Singapur (2001), Sudá (2004), Tailandia (2004), Uganda (2004) Uruguay (2004, alterna anualmente ños la Argentina partir de 1999). 5. excepció del Brasil, Burkina Faso, Fiji, el Sudá Uganda, todos los miembros de la Comisió estuvieron representados en el íodo de sesiones. 6. Asistieron al íodo de sesiones observadores de los siguientes Estados: Arabia Saudita, Belarú, Benin, Bolivia, Canadá, ôte 'Ivoire, Croacia, El Salvador, Eslovaquia, Gabó, Guinea, Indonesia, Iraq, Kuwait, Marruecos, Moldova, Mongolia, Myanmar, Polonia, República Árabe Siria, República Checa, República de Corea, República Democrática del Congo, Suecia, Suiza, únez, Turquí Venezuela. 7. Tambié asistieron al íodo de sesiones observadores de las siguientes organizaciones internacionales: ) Sistema de las Naciones Unidas Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio Desarrollo (UNCTAD) Banco Mundial Fondo Monetario Internacional ) Organizaciones intergubernamentales Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado ) Organizaciones gubernamentale internacionales invitadas por la Comisió Asociació Internacional de Abogados Centro Regional de Arbitraje Mercantil Internacional de El Cairo Caribbean Law Institute Centre Comité Marítimo Internacional (CMI) Grupo Latinoamericano de Abogados para el Derecho de Comercio Internacional Asociació Internacional de Puertos Unió Internacional de Abogados Universidad de las Indias Occidentales Asociació Mundial de Antiguos Pasantes Becarios de las Naciones Unidas 8. La Comisió agradeció las organizaciones gubernamentales internacionales experiencia en los temas /53/17 2 principales del programa del íodo de sesiones en curso 11. Resoluciones de la Asamblea General acerca de hubieran aceptado la invitació participar en el íodo de la labor de la Comisió sesiones. La Comisió, consciente de la importancia fundamental tení para la calidad de los textos preparaba las organizaciones gubernamentale pertinentes participaran en sus íodos de sesiones en los de sus grupos de trabajo, solicitó la Secretarí continuara invitando esas organizaciones en funció de su ámbito de especializació. . Elecció de la Mesa2 9. La Comisió eligió los siguientes miembros de la Mesa: Presidente: Sr. Dumitru Mazilu (Rumania) Vicepresidentes: Sr. Louis-Paul Enouga (Camerú) Sra. Shahnaz Nikanjam (República Islámica del Irá) Sr. Reinhard . Renger (Alemania) Relator: Sr. Esteban Restrepo-Uribe (Colombia) . Programa 10. El programa del íodo de sesiones, aprobado por la Comisió de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional en su 632ª sesió, celebrada el 1º de junio de 1998, era el siguiente: 1. Apertura del íodo de sesiones 2. Elecció de la Mesa 3. Aprobació del programa 4. Proyectos de infraestructura financiació privada 5. Comercio electrónico 6. Financiació por cesió de créditos 7. Seguimiento de la puesta en práctica de la Convenció de Nueva York de 1958 8. Jurisprudencia sobre textos de la CNUDMI (CLOUT) 9. Capacitació asistencia écnica 10. Estado actual de los textos jurídicos de la CNUDMI labor efectuada para su promoció 12. í de la Convenció de Nueva York Coloquio de Informació sobre el Derecho Mercantil Uniforme 13. Coordinació cooperació 14. Otros asuntos 15. Lugar fecha de futuras reuniones 16. Aprobació del informe de la CNUDMI . Aprobació del informe 11. En su 650ª sesió, celebrada el 12 de junio de 1998, la Comisió aprobó por consenso el presente informe. II. Proyectos de infraestructura financiació privada . Introducció 12. En su 29º íodo de sesiones, celebrado en 1996, la Comisió decidió preparar una guí legislativa sobre proyectos de construcció, explotació traspaso (CET) otros tipos de proyectos . La Comisió tomó esta decisió tras3 las recomendaciones de varios Estados despué de examinar informe preparado por el Secretario General (/CN.9/424) contení informació sobre la labor estaban realizando otras organizaciones en esta esfera, una descripció concisa de las cuestiones se referí las leyes nacionales correspondientes. La Comisió entendió serí útil proporcionar orientació legislativa los Estados estaban preparando modernizando la legislació relativa esos proyectos. La Comisió pidió la Secretarí estudiara las cuestiones serí conveniente tratar en la guí legislativa preparase borradores para presentarlos la Comisió. 13. En su 30º íodo de sesiones, celebrado en 1997, la Comisió tuvo la vista índice los temas propuestos para la guí legislativa, seguido de anotaciones sobre los temas cuyo examen se sugerí (/CN.9/438). La Comisió dispuso tambié de borradores iniciales del capítulo , “Alcance, finalidad terminologí de la guí” (/CN.9/438/Add.1), el capítulo II, “Partes etapas de proyectos de infraestructura financiació privada” (/CN.9/438/Add.2), el capítulo , “Medidas preparatorias” (/CN.9/438/Add.3). /53/17 3 14. La Comisió procedió intercambio de opiniones sobre la naturaleza de las cuestiones debí tratarse en el proyecto de guí legislativa, sobre los posibles étodos para abordarlas, examinó una serie de sugerencias concretas . La Comisió aprobó en general la ínea de trabajo4 propuesta por la Secretarí explicada en los documentos /CN.9/438 Add.1 3. La Comisió pidió la Secretarí , de ser necesario, solicitara la asistencia de peritos externos para la labor preparatoria de los futuros capítulos. La Comisió invitó los gobiernos participar en la úsqueda de peritos pudieran asesorar la Secretarí en esa tarea. 15. En el actual íodo de sesiones la Comisió dispuso de borradores del capítulo introductorio, titulado “Introducció antecedentes de los proyectos de infraestructura financiació privada”, de los capítulos , “Consideraciones legislativas de carácter general”, II, “Estructura reglamentació del sector”, III, “Selecció del concesionario”, IV, “Conclusió condiciones generales del acuerdo del proyecto” (/CN.9/444/Add.1 5); estos borradores habí sido preparados por la Secretarí la asistencia de peritos externos en consulta otras organizaciones internacionales. La Comisió fue informada de la Secretarí estaba preparando los borradores iniciales de los capítulos XI, para someterlos al examen de la Comisió en su 32º íodo de sesiones, de 1999. . Observaciones generales 16. Se señaló la Secretarí habí preparado el índice anotado (/CN.9/444) fin de la Comisió dispusiera de los datos necesarios para adoptar una decisió sobre la estructura propuesta el contenido del proyecto de guí legislativa. objeto de distinguir entre el asesoramiento proporcionado por la guí legislativa el examen de antecedentes figuraba en esta misma guí, cada capítulo sustantivo iba precedido de las recomendaciones legislativas correspondientes las cuestiones de trataba el capítulo. 17. La Comisió expresó su satisfacció por el inicio de los trabajos de preparació de una guí legislativa sobre los proyectos de infraestructura financiació privada. Se observó muchos gobiernos, tambié organizaciones internacionales instituciones privadas, se habí declarado sumamente interesados en la labor de la Comisió respecto de esos proyectos. Se recordó la Comisió la importancia de tener presente el necesario equilibrio entre el objetivo de atraer inversiones privadas para proyectos de infraestructura la protecció de los intereses del gobierno anfitrió de los usuarios de la infraestructura. . Estructura del proyecto de guí legislativa cuestiones deben incluirse 18. La Comisió tomó nota en érminos generalmente aprobatorios de la estructura propuesta del proyecto de guí legislativa de las cuestiones cuya inclusió se habí sugerido, segú el documento /CN.9/444. Se observó los temas se proponí tratar por separado en los capítulos futuros de la guí legislativa podrí combinarse á adelante fin de simplificar la estructura de la guí (por ejemplo, fase de construcció, fase operacional) (éase el árrafo 201 infra). 19. La Comisió entabló debate general sobre la presentació de la guí la conveniencia de hacer recomendaciones legislativas en forma de disposiciones modelo, objeto de dar ejemplos de las posibles soluciones legislativas las cuestiones tratadas en la guí, como se habí sugerido en el 30º íodo de sesiones . Se señaló ,5 cuando estuviera terminada, la guí legislativa serí de utilidad para los gobiernos en su tarea de revisar modernizar la legislació relativa esos proyectos, sobre todo en los países carecí de experiencia en la ejecució de proyectos de este tipo. Se expresó apoyo la idea de la guí legislativa serí á útil si se facilitara al lector, cuando fuese menester, modelos de disposiciones legislativas sobre las cuestiones tratadas en la guí. 20. Si embargo, en varias intervenciones se señaló podrí ser difícil inadecuado preparar modelos de disposiciones legislativas sobre proyectos de infraestructura financiació privada, dada la complejidad de las cuestiones jurídicas solí plantear esos proyectos, algunos de los cuales tení ver cuestiones de política estatal, í como la diversidad de las tradiciones jurídicas las prácticas administrativas de los países. Asimismo se señaló , en su formulació actual, los proyectos de capítulos de la guí legislativa ofrecí los legisladores, las autoridades reguladoras otras autoridades nacionales la flexibilidad necesaria para tener en cuenta la realidad local cuando aplicaran, segú procediera, las recomendaciones legislativas formuladas en la guí. Se sugirió , desde punto de vista práctico, facilitar modelos de cláusulas contractuales para los acuerdos de proyectos serí á útil preparar modelos de disposiciones legislativas. 21. Tras haber tomado nota de las diferentes opiniones expuestas, se estimó la Comisió debí tener presente la conveniencia de preparar modelos de disposiciones /53/17 4 legislativas cuando considerase las recomendaciones se examinarí las cuestiones de fondo se asesorarí en legislativas figuraban en los proyectos de capítulos, materia legislativa. ese fin, habí fusionado los anteriores este respecto debí determinar las cuestiones respecto de proyectos de capítulos II en una única introducció, las cuales la preparació de modelos de disposiciones reflejaba, segú el caso, las sugerencias se habí hecho legislativas aumentarí la utilidad de la guí (para mayor en el 30º íodo de sesiones de la Comisió respecto álisis de la cuestió de las disposiciones legislativas los documentos /CN.9/438/Add.1 2 . modelo para la presentació de las recomendaciones en general, éanse los árrafos 202 204 infra). 22. La Comisió procedió intercambio de opiniones sobre la naturaleza de las cuestiones debí tratarse en el proyecto de guí legislativa los posibles étodos para abordarlas. Se observó , al tratar los diversos temas, el proyecto de guí legislativa debí distinguir entre las siguientes clases de cuestiones: cuestiones jurídicas generales de la legislació del paí anfitrió; cuestiones relativas la legislació tienen ver concretamente los proyectos de infraestructura financiació privada; cuestiones podrí tratarse en el plano regulatorio cuestiones de carácter contractual. Aunque siempre serí posible hacer una distinció clara, se observó el proyecto de guí legislativa debí centrarse principalmente en cuestiones relacionadas la legislació fueran específicas de los proyectos de infraestructura financiació privada, revistieran especial importancia para esos proyectos. . Examen de los proyectos de capítulos Introducció antecedentes informativos sobre proyectos de infraestructura financiació privada (/CN.9/444/Add.1) 23. En su 30º íodo de sesiones, la Comisió habí examinado el proyecto inicial del capítulo “Alcance, finalidad terminologí de la Guí” (/CN.9/438/Add.1) , en el se proporcionaba informació sobre el tipo de proyectos serí objeto de la guí legislativa sobre la finalidad de la guí, se explicaban los érminos de empleo usual en su texto. Asimismo, la Comisió habí estudiado proyecto inicial del capítulo II, “Partes etapas de proyectos de infraestructura financiació privada” (/CN.9/438/Add.2), en el se daba informació general sobre el concepto de la financiació de, las partes en proyecto de infraestructura financiació privada las etapas de su ejecució. 24. En el actual íodo de sesiones, se informó la Comisió de en las consultas habí celebrado la Secretarí peritos externos organizaciones internacionales se habí sugerido se realizarí la utilidad de la guí legislativa si se distinguí á claramente la parte introductoria de la guí de los capítulos restantes en los 6 Secció . Introducció 1. Finalidad alcance de la Guí 25. Se formuló una pregunta respecto de la afirmació contenida en el árrafo 5 de la guí legislativa se ocupaba de las operaciones de “privatizació” estuvieran relacionadas el desarrollo la explotació de obras de infraestructura respecto de las razones en se fundaba esa exclusió. Se dijo la distinció hací la guí entre proyectos de infraestructura financiació privada otras operaciones de “privatizació” de las funciones el patrimonio del Estado bien podrí carecer de justificació en ciertos casos era preferible excluir las operaciones de privatizació del ámbito de la guí. En respuesta esa sugerencia, se señaló , en su 30º íodo de sesiones, la Comisió habí decidido en la guí debí tratarse las operaciones de “privatizació” de bienes úblicos mediante la venta al sector privado de esos bienes de acciones de empresas de propiedad ública, porque la privatizació planteaba problemas legislativos distintos de los dimanaban de los proyectos de infraestructura financiació privada. 26. Se recordaron la Comisió las razones por las cuales la guí se referí los proyectos para la explotació de los recursos naturales por medio de “concesiones”, “permisos”, “licencias” autorizados por el Estado. ese respecto, se sugirió la concentració de la guí en los proyectos de infraestructura era suficientemente clara habí necesidad de tratar el tema la extensió se le habí dado en el proyecto de capítulo. 2. Terminologí empleada en la Guí 27. En cuanto la presentació de la subsecció, se sugirió , para facilitar la lectura, la terminologí se presentara en cuadro como parte del texto. Sin embargo, se observó la subsecció sobre terminologí ólo contení definiciones, sino tambié explicaciones del empleo de ciertas expresiones aparecí frecuencia en la guí. 28. Se dijo el uso de expresiones “entidad privada” “empresa privada” en la subsecció 2 en el texto de la /53/17 5 guí podrí dar la impresió errónea de la guí legislativa los proyectos de infraestructura financiació privada abarcaba los proyectos de infraestructura ejecutados por se destacara el empleo las características esenciales de la entidades úblicas. En cambio, se propuso la guí financiació “sin recurso” “ recurso limitado”. Se empleara expresiones á neutrales. Se sugirió, tambié, sugirió asimismo en el proyecto de guí legislativa se se debí revisar en todos los idiomas las expresiones se debí destacar la funció la financiació del mercado de utilizaban para referirse las autoridades nacionales del paí capitales, incluida la financiació obtenida en el mercado anfitrió (por ejemplo “gobierno”, “Estado” “órgano local, podrí desempeñar en el desarrollo de los proyectos de regulador”) fin de mantener la congruencia evitar infraestructura. Una vez se hubieran hecho esos cambios, ambigüedades. acaso habrí reestructurar la secció. 29. Se sugirió en la parte del texto relativa la definició del “contrato llave en mano” se ñadiera el concepto de “contrato de gestió de proyectos”, en la definició se mencionaran los elementos de precio fijo plazo fijo para la ejecució del contrato. 30. Se sugirió tambié se revisara la exactitud, en algunos idiomas, del uso de la expresió “consorcio del proyecto”, bien se podrí interpretar en sentido estricto en algunos ordenamientos jurídicos (por ejemplo, en calidad de arreglo contractual ). Ademá, se sugirió se examinara tambié el uso de las expresiones “empresa del proyecto” “socios de la empresa del proyecto”, pues en las versiones en algunos idiomas podrí dar la impresió errónea de la guí se referí exclusivamente tipo determinado de entidades jurídicas. Secció . Informació de antecedentes sobre los proyectos de infraestructura Observaciones generales 31. Se señaló en la secció se examinaban cuestiones ásicas de los proyectos de infraestructura financiació privada, tales como la participació del sector privado en la infraestructura ública el concepto de financiació de proyecto. Se mencionaban ademá las principales partes intervení en esos proyectos sus intereses respectivos, se describí brevemente la evolució de proyecto de infraestructura financiació privada. 32. modo de observació general, se dijo algunas partes de la secció eran extensas bien se podrí abreviar. Se señaló el objeto de la secció era brindar informació general de antecedentes sobre las cuestiones se examinaban una perspectiva legislativa en ulteriores capítulos de la guí. Una vez se dispusiera de todos los capítulos de la guí, parte de la informació contenida en esa secció se podrí reestructurar presentar de manera á concisa. 33. Se sugirió, tambié, en las secciones se hiciera una referencia á amplia los arreglos financieros utilizados en 1. Sector privado infraestructura ública 34. Se opinó partes de las secciones relativas los aspectos históricos de la participació del sector privado en la infraestructura eran innecesarias debí eliminarse trasladarse partes anteriores del texto. Se respondió los árrafos 31 34 del proyecto de capítulo cumplí una útil funció informativa, particularmente la luz de la experiencia de los países tení una tradició de adjudicació de concesiones para la construcció explotació de obras de infraestructura. 2. Participació del sector privado 35. Los árrafos relativos las modalidades de participació del sector privado suscitaron observaciones. 3. Financiació de proyectos de infraestructura 36. Se expresó la opinió de en la guí deberí recalcarse la importancia de se ofrecieran acciones de la empresa del proyecto el fin de obtener financiació para el proyecto. obstante, se sugirió la penúltima oració del árrafo 48, mencionaba las acciones de la empresa del proyecto entre las garantí aportadas por el prestatario volviera redactarse, porque parecí indicar la empresa del proyecto darí sus propias acciones en garantí de la amortizació de los préstamos. Ademá, se observó las leyes de ciertos países planteaban obstáculos se dieran en garantí de préstamos comerciales ciertas categorí de activos en poder de la empresa, pero de propiedad de la entidad ública habí adjudicado la concesió. Por lo tanto, por razones de claridad, se sugirió al fin de la penúltima oració del árrafo 48 se agregaran las palabras “en la medida en lo autorice el derecho del paí anfitrió”. 37. Respecto de la distinció entre préstamos “ subordinados” “subordinados”, consignada en los árrafos 48 50, se sugirió en la guí se examinaran las posibles /53/17 6 consecuencias de la legislació del paí anfitrió respecto de de los cuales se remunerarí la empresa encargada de la los arreglos contractuales establecí la prelació de explotació por los servicios brindara, independencia pago de ciertas categorí de préstamos en relació otras de su utilizació real; cargos por servicios relacionados deudas del prestatario. la conservació explotació satisfactorias; pagos por 38. Respecto del árrafo 50, se observó las empresas deseaban obtener préstamos de fondos de inversió de otros “inversionistas institucionales”, como las compañí de seguros, los planes de inversió colectiva (por ejemplo, fondos mutuos) cajas de pensiones, por lo ú tení reunir ciertos requisitos, como el requisito de una 45. Respecto del égimen de seguros de los proyectos de clasificació positiva de solvencia. Por razones de claridad, infraestructura confinanciació privada, sedijoque enelpárrafo se sugirió esos “inversionistas institucionales” se 89 debí mencionarse , en algunos países, los aseguradores examinaran por separado de otras fuentes de préstamos usaban paquetes amplios de seguros miras evitar subordinados. ciertos riesgos quedaran sin cobertura debido lagunas en 39. Se sugirió en la guí se hiciera referencia tambié la venta de acciones en los mercados de capital entre las fuentes de financiació mencionadas en el árrafo 51. 40. Se dijo la última oració del árrafo 53 podrí ser innecesaria, porque todas las instituciones financieras, ólo las instituciones financieras islámicas, examinaban de ordinario lashipótesis económicas yfinancieras de losproyectos para los cuales se les solicitaba financiació vigilaban de cerca todas las fases de su ejecució. 41. Se sugirió se incluyeran los organismos de crédito para la exportació los organismos bilaterales de asistencia financiació entre las instituciones financieras mencionadas en los árrafos 54 56. En relació el árrafo 56, se sugirió tambié se hiciera menció del ámbito limitado de las garantí daban las instituciones financieras internacionales yde la exigencia únmente imponí esas instituciones de el gobierno anfitrió brindara contragarantí. 4. Partes intervienen en proyectos de se utilizaban ólo para los proyectos de construcció de infraestructura infraestructura. Al propio tiempo, se sugirió en ese árrafo 42. En relació el árrafo 66, se sugirió se aclarara en la guí algunos países podrí verse impedidos de fomentar el empleo de personal nacional en virtud de las obligaciones internacionales relativas la facilitació del comercio la integració económica regional. 43. Se dijo en el árrafo 77 deberí incluirse una referencia las garantí de terminació acaso se exigieran la empresa del proyecto para proteger los prestamistas de los riesgos previos la terminació de las obras. 44. En cuanto los étodos de remuneració de la empresa encargada de la explotació, se señaló , en la práctica de algunos países, bien podrí utilizarse otros étodos, ademá de losmencionados enelpárrafo 87. Entre esos étodos podrí contarse los siguientes: cargos de disponibilidad, en virtud volumen, en virtud de los cuales los pagos guardarí relació la intensidad de uso, se podrí calcular el auxilio de étodos avanzados para determinar el rendimiento servir como incentivo se otorgarí la empresa encargada de la explotació por el uso intensivo de la infraestructura. las distintas ólizas de seguros. Se sugirió tambié en el mismo árrafo se incluyera una referencia las disposiciones de reaseguro. 46. Se recomendó en el árrafo 90 se hiciera referencia la funció de los asesores independientes asesoraban los prestamistas del proyecto. 5. Etapas de la ejecució 47. modo de observació general, se señaló , aunque contení informació útil, los árrafos 93 110 anticipaban, enalgunamedida, cuestiones queseexaminarí conmásdetalle en los capítulos sustantivos de la guí legislativa. Por lo tanto, se sugirió tal vez convendrí revisar reestructurar esos árrafos unavezque sehubieran preparado los demá proyectos de capítulos de la guí legislativa. 48. Se formuló la sugerencia de en el árrafo 98 se aclarara los procedimientos de selecció competitiva se dijera podrí haber casos en los cuales el gobierno anfitrió utilizara el étodo de las propuestas competitivas para la adjudicació de proyectos de infraestructura. ese respecto, se informó la Comisió de la connotació concreta en algunos ordenamientos jurídicos se daba expresiones como “contratació ública” “adjudicació de proyectos”, quenoseempleaban enesosordenamientos jurídicos enrelació la selecció de empresas para la prestació de servicios úblicos. La Comisió tomó nota de esa informació decidió volverí examinar el tema cuando analizara el proyecto de capítulo sobre la selecció del concesionario (/CN.9/444/Add.4). 49. Habida cuenta de los arreglos financieros en algunos proyectos de infraestructura financiació privada podrí requerir pagos directos del gobierno la empresa del proyecto /53/17 7 (éase /CN.9/444/Add.1, árr.60), se sugirió las palabras legislativas ásicas los gobiernos optaran por concertar “constituyen la única fuente de financiació” figuraban transacciones de esa índole. en la primera oració del árrafo 107 fueran reemplazadas por laspalabras “constituyen la fuente principal definanciació” antes de las palabras “para pagar sus deudas”. Capítulo . Consideraciones generales sobre la legislació (/CN.9/444/Add.2) 50. Se señaló la parte introductoria del capítulo del proyecto (antes capítulo III) se referí dos cuestiones tení ver el marco jurídico general para los proyectos de infraestructura financiació privada, saber, la autorizació legislativa paraqueelgobierno delEstado anfitrió ejecutara esos proyectos el égimen jurídico estaba sometido. La segunda secció del capítulo II del proyecto se referí los posibles efectos tendrí otros textos legislativos en la tarea de llevar buen érmino esos proyectos. En la última secció del capítulo del proyecto se estudia si los acuerdos internacionales concertados por el paí anfitrió pueden ser pertinentes para la legislació interna rijan proyectos de infraestructura financiació privada. 51. Se recordó la Comisió , en su 30º íodo de sesiones, se habí dicho el capítulo relativo las consideraciones generales sobre la legislació debí referirse en forma á detallada los distintos regímenes jurídicos se aplicaban la infraestructura de esta índole, í como los servicios prestados por la empresa del proyecto, cuestiones respecto de las cuales habí grandes diferencias entre los ordenamientos jurídicos. Sehabí señalado ademá lanecesidad de prestar atenció las cuestiones constitucionales relativas los proyectos de infraestructura financiació privada .7 Se señaló el capítulo del proyecto tení en cuenta esas observaciones incluí parte del texto del era antes el capítulo , “Medidas preparatorias” (/CN.9/438/Add.3). 52. ítulo de observació general, se sugirió , al formular recomendaciones para la legislació, se empleara texto á fuerte. Se dijo habí insistir en los principales objetivos de la legislació regí los proyectos de infraestructura financiació privada yque esos objetivos consistí en establecer una autoridad suficiente para el gobierno anfitrió concertara transacciones relativas la construcció de proyectos de infraestructura financiació privada, reducir ínimo razonable la necesidad de la aprobació del gobierno promover la coordinació entre los distintos niveles departamentos de gobierno. Hubo acuerdo en la guí legislativa debí redactarse de modo tal pareciera promover la utilizació de financiació privada para losproyectos de infraestructura, sino señalara las cuestiones Cuestiones constitucionales (recomendació 1) árrafos 1 4) 53. Hubo acuerdo general en ólo era necesario pasar revista las restricciones constitucionales la participació del sector privado en la construcció explotació de infraestructura, sino habí tener en cuenta ademá las establecidas por las leyes los reglamentos subordinados la constitució. 54. Se dijo , habida cuenta de la recomendació 1) se limitaba aconsejar se pasara revista la legislació, ese consejo podí expresarse en érminos á fuertes. Cuando se tratara de la posibilidad de introducir cambios en la constitució otras leyes, en cambio, esos érminos habrí de ser á neutros. Opciones legislativas (recomendació 2) árrafos 5 8) 55. Se dijo , si se habí de modificar las recomendaciones formuladas en el capítulo fin de recalcar la necesidad de el gobierno anfitrió tuviese autoridad para concertar transacciones relativas proyectos de infraestructura financiació privada (éase el árrafo 52 supra), se podí fundir las recomendaciones 2) y1). Se señaló , ademá de las relativas determinados sectores, algunos Estados habí aprobado leyesqueregí losdistintos proyectos de infraestructura financiació privada se sugirió tal vez hubiese tener en cuenta en la guí esa opció legislativa. obstante, se expresó la opinió de ese enfoque legislativo tal vez fuera una práctica razonable. Autorizació legal para adjudicar concesiones (recomendaciones 3) 4) árrafos 10 11) 56. Se sugirió combinar las recomendaciones 1), 2), 3) 4) tal vez la 5) la 6). Se sugirió tambié se hiciera referencia, en el contexto de las recomendaciones en otro lugar procedente, los siguientes elementos: la capacidad del gobierno anfitrió para concertar cumplir compromisos relativosaproyectos deinfraestructura confinanciació privada, la capacidad del gobierno para proporcionar el emplazamiento de esos proyectos, la autoridad para comenzar llevar cabo las expropiaciones fuesen necesarias, la capacidad del gobierno para traspasar ítulos de propiedad inversionistas privados, la capacidad del gobierno para consentir en se impongan gravámenes sobre bienes del Estado fin de crear /53/17 8 derechos de garantí, la posibilidad de el gobierno acepte hubiese coherencia en la aplicació de los criterios para el arbitraje otros étodos judiciales de arreglo de la emisió de licencias transparencia en el proceso controversias, la capacidad del gobierno para ofrecer garantí administrativo. fin de proteger los derechos de los inversionistas la posibilidad de vincular los precios de los bienes servicios generados por lainfraestructura deexplotació privada índices de precios. 57. Se señaló el árrafo 11 se referí étodos de calcular ajustar los precios ello debí mantenerse el ítulo actual, “autorizació legal para adjudicar concesiones”. égimen jurídico del proyecto (recomendació 5) árrafos 12 15) 58. Sesugirió laposibilidad deenmendar la segunda oració se examinara por separado esta cuestió. Se pidió ademá delarecomendació 5) demanera deque aconsejara en érminos se hiciera referencia la necesidad de proteger, cuando positivos se establecieran normas mecanismos procediera, los grupos de personas autóctonas cuando los facilitaran la ejecució de proyectos de infraestructura proyectos de infraestructura financiació privada pudieran financiació privada. perjudicarlos. Propiedad utilizació de la infraestructura Protecció de las inversiones (árrs. 29 32) (recomendació 6) árrafos 16 19) 59. se formularon observaciones acerca de la fomento de la inversió”. recomendació 6). Condició jurídica de las entidades presten servicios úblicos (recomendació 7) árrafos explicativos 20 21) 60. Apartedealgunassugerenciasdeterminologíaenrelació los textos del documento en los diversos idiomas, se hicieronobservaciones sustantivasrespectodelarecomendació 7). Coordinació administrativa (recomendaciones 8), 9), “pruebas claras”. 10) 11) árrafos 22 27) 61. Se dijo habí exagerar demasiado la conveniencia de centralizar la emisió de licencias, ya normalmente la existencia de proyecto de infraestructura financiació privada hací desaparecer las razones para distribuir la autoridad administrativa entre los diversos niveles de gobierno (local, regional central, por ejemplo); la posibilidad de demoras como consecuencia de esa distribució delaautoridad administrativa debíacontrarrestarse enparticular haciendo á transparente eficiente el proceso de obtenció de licencias. 62. Sedijoqueenlostextosexplicativos delarecomendació habí indicar , ademá de la coordinació entre los distintos niveles departamentos de gobierno, era necesario Otras ramas pertinentes de la normativa interna (recomendació 12) árrafos 28 62) 63. Sesugirióquelarecomendació 12volviera aformularse en otros érminos para diera entender erróneamente algunos ámbitos legislativos se hací referencia (derecho de garantí, derecho de sociedades protecció de inversiones) guardaban una relació inmediata los proyectos de infraestructura financiació privada. 64. Se sugirió se hiciera referencia cada vez procediera la legislació sobre protecció del consumidor 65. Sesugirió queeltítulodelasubsecció fuera “Protecció 66. En cuanto al árrafo 31, se dijo habí hacer referencia la necesidad de autorizar expresamente la transferencia de divisas los efectos de la amortizació de los préstamos. égimen de la propiedad (árrs. 33 35) 67. Se señaló en el ítulo de la subsecció se hací referencia las garantí reales. 68. Se sugirió reemplazar en el árrafo 34 la expresió “pruebas razonables” por érmino á estricto, como Reglas procedimientos en materia de expropiació (árrs. 36 37) 69. Sedijo nohabí dar la impresió en el árrafo 36 de la responsabilidad de proporcionar los terrenos necesarios debí recaer siempre sobre el gobierno anfitrió. respecto la terminologí, se señaló el érmino “expropiació” podí ser apropiado en algunos ordenamientos jurídicos (éase el árrafo 183 infra). 70. En cuanto la segunda oració del árrafo 37, se dijo correspondí mencionar los procedimientos judiciales como causal de demora sin aclarar al mismo tiempo las ventajas presentaba el hecho de los procedimientos de /53/17 9 expropiació se tramitaran por la í judicial los objetivos encargada de é cumplí sus obligaciones respecto de los de política ello obedecí. Se sugirió ademá agregar acreedores. la última oració del árrafo 37 una salvedad como “en la medida en lo permita la ley”. égimen de la propiedad intelectual (árrs. 38 39) 71. Se propuso mencionar en la subsecció la conveniencia de dar mayor protecció los derechos de propiedad intelectual arreglo lo dispuesto los instrumentos internacionales rigen esa rama del derecho. En cuanto al texto del árrafo 39 figuraba en bastardilla, se expresó apoyo la posibilidad deenumerar enlaguí los instrumentos internacionales relativos los derechos de propiedad intelectual en el contexto de los beneficios del establecimiento de marco jurídico para la protecció de esos derechos. 72. Se sugirió indicar en el árrafo 38 la circunstancia de la protecció de las patentes se limitaba la jurisdicció en estaban registradas se extendí automáticamente á á de dicha jurisdicció. Derecho de garantí (árrs. 40 45) 73. Se insistió en , para los proyectos de infraestructura confinanciació privada llegaran abuentérmino, era indispensable ofrecer garantí suficientes los acreedores , por lo tanto, en la subsecció pertinente en otra parte de la guí habí referirse en forma á detallada al égimen del derecho de garantí. Se dijo por ejemplo convendrí examinar los distintos tipos de garantí los distintos tipos de bienes se podrí gravar los efectos de dar garantí la circunstancia de , en algunos ordenamientos jurídicos, los bienes úblicos fueran enajenables podí constituir obstáculo para las garantí en el contexto de los proyectos de infraestructura financiació privada. Sin embargo, se señaló en general , causa de las importantes diferencias habí entre losordenamientos jurídicos respecto del derecho de garantí, serí difícil probablemente convendrí referirse en á detalle las características de la legislació en la materia. 74. Se sugirió se revisara la segunda oració del árrafo 44 para reordenar los distintos tipos de garantí segú su importancia práctica yhacer referencia la cesió de bienes intangibles nofueran cuentas por cobrar. Se sugirió tambié revisar la penúltima oració del árrafo 40 su relació la última oració del árrafo. 75. Se sugirió hacer referencia la circunstancia de los acreedores pudieran hacerse cargo de la concesió de la marcha del proyecto de infraestructura si la empresa 76. Se sugirió tambié mencionar la labor realizada por el Instituto Internacional para la Unificació del Derecho Privado respecto de las garantí consistentes en equipo óvil, lo podí ser tambié pertinente en el contexto de los proyectos de infraestructura financiació privada. 77. Se señaló el texto del árrafo 41 debí tener debidamente en cuenta en muchos países existí registros de propiedad centralizados. Derecho de sociedades (árrs. 46 49) 78. Sepropuso enla recomendació yen las anotaciones sobre derecho de las sociedades se dijera algunos ordenamientos jurídicos nacionales exigí la empresa del proyecto se constituyera conforme la figura de una entidad mercantil era á apropiada habida cuenta de los diversos intereses entran en juego en el proyecto de infraestructura financiació privada algunos derechos nacionales establecí tambiénnormaspreceptivas respectodeladefinició de la actividad registrada de la empresa del proyecto. 79. Se propuso en el árrafo 49 se mencionara tambié los directores de la empresa del proyecto como posibles partes en contratos relativos la gestió de la empresa del proyecto. 80. Se observó la guí legislativa, en muchos casos, hablaba de consorcios de proyectos esas referencias eran demasiado restrictivas, por cuanto una sola entidad podrí gestionar la obtenció de la concesió, constituir la empresa del proyecto asumir responsabilidades , en otros casos, asumirí consorcio. Se observó la guí legislativa, al referirse alaempresa delproyecto, muchas vecesusaba érminos indicaban una figura societaria determinada; se sugirió se evitara esa terminologí, porque para constituir las empresas de ejecució de los proyectos se recurrí diferentes formassociedad, cuyoatributo úneraque la responsabilidad de los propietarios de la empresa por las obligaciones de ésta se limitaba su participació de capital en la empresa. 81. Se sugirió en la secció relativa al derecho de las sociedades se incluyeran referencias la solució de controversias entre los propietarios de la empresa del proyecto, la responsabilidad de los directores yadministradores, incluida la responsabilidad penal, ylaprotecció de terceros interesados. Prácticas contables (árr. 50) 82. Se observó en el árrafo 50 se hací hincapié en las prácticas contables , en consonancia el propósito /53/17 10 de la guí, el álisis debí reformularse para poner el acento generació de electricidad mediante carbó, la transmisió en la legislació. de electricidad, los caminos los ferrocarriles. Se sugirió, Derecho contractual (árrs. 51 52) 83. Se ó en la secció 8 se debí indicar á claridad los tipos de contratos los se hací referencia, en , se debí distinguir los contratos entre la empresa del proyecto sus proveedores clientes de contrato entre el gobierno anfitrió el concesionario, en algunos ordenamientos jurídicos estaba sujeto al derecho administrativo al derecho de los contratos. Se sugirió , en el contexto del álisis del derecho de los contratos mercantiles, se hiciera referencia tambié al derecho internacional privado. égimen de la insolvencia (árrs. 53 54) 84. Se dijo convendrí abordar el tema de la prelació de los acreedores, la prioridad entre el administrador de la insolvencia los acreedores, los regímenes jurídicos de reorganizació del deudor insolvente, las normas especiales para preservar la continuidad del servicio úblico en caso de insolvencia de la empresa del proyecto las disposiciones para evitar el deudor realizara ciertas operaciones inmediatamente antes de se iniciara el juicio de insolvencia. Derecho fiscal (árrs. 55 57) 85. Se sostuvo la estabilidad del égimen tributario era elemento crucial para el éxito de los proyectos de infraestructura financiació privada. Se sugirió se mencionara la posibilidad de el gobierno anfitrió suscribiera acuerdos los inversores la empresa del proyecto afindedar permanencia al égimen tributario aplicable la concesió. Se observó la facultad para crear aumentar impuestos para aplicar la legislació tributaria bien podrí estar descentralizada, se debí tener en cuenta esa circunstancia en la secció. Se ó en la guí se podrí mencionar diversas formas de incentivos fiscales se otorgaban los inversores privados (por ejemplo, los incentivos permanentes los incentivos plazo fijo). Protecció ambiental (árrs. 58 60) 86. Se observó las cuestiones medioambientale desempeñaban papel importante en los proyectos de infraestructura financiació privada figuraban entre las causas á frecuentes de litigios. Se sugirió se ampliara la lista de ejemplos figuraba en la segunda oració del árrafo 58 mediante la adició, por ejemplo, del sector de tambié, en lasecció sehiciera referencia laconveniencia de adherirse los tratados relativos la protecció del medio ambiente. 87. Se ó era conveniente la guí diera la impresió de sugerir la legislació destinada proteger el medio ambiente era obstáculo se debí eliminar para facilitar los proyectos de infraestructura financiació privada. Lo mismo podí decirse de la posibilidad de entablara acciones para se examinara si el proyectocumplí lalegislació sobreelmedioambiente, recurso se habí previsto en diversos ordenamientos jurídicos nacionales se habí discutido en foros inter-nacionales. Solució de controversias (árrs. 61 62) 88. Se sugirió en la secció se hiciera referencia los diferentes tipos de controversias podrí plantearse en relació proyecto de infraestructura financiació privada, saber, litigios relacionados la selecció del concesionario, controversias entre las empresas privadas intervení en la construcció explotació del proyecto litigios entre el gobierno anfitrió el organismo regulador la empresa del proyecto durante la fase operacional del proyecto. Se sugirió asimismo en la secció se mencionaran las cuestiones relativas la elecció del derecho aplicable. 89. En respuesta una pregunta, se dijo el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas Inversiones ya habí intervenido en la solució de controversias dimanadas de los proyectos de infraestructura financiació privada las causas habí tratado bien podrí aportar valiosa informació acaso convendrí consignar en la guí. Se sugirió en la guí se hiciera referencia tambié otras instituciones administraban procesos de arbitraje, como la ámara de Comercio Internacional. 90. Se opinó , en la medida en ello fuera pertinente para la legislació, la guí debí mencionar otros étodos de solució de controversias, como la conciliació mediació. 91. Se señaló la guí debí instar los Estados impartieran á eficiencia la administració de justicia fin de resultara á atractiva la opció de llevar controversias ante los tribunales del Estado. criterio opuesto se dijo , en el contexto de los proyectos de infraestructura financiació privada, los inversores internacionales muchas veces consideraban la posibilidad de solució judicial de las controversias era obstáculo en la negociació de esos proyectos , por lo tanto, debí /53/17 11 preconizarse ese étodo de solució de las controversias. Se del sector el grado de detalle se habí previsto, la ñadió, sin embargo, , incluso cuando se elegí el arbitraje Secretarí habí preparado capítulo independiente. La comométododesolució decontroversias, laprotecció judicial Comisió expresó su reconocimiento al Departamento de eficiente de los derechos de los interesados era elemento Desarrollo del Sector Privado del Banco Internacional crucial para el éxito de los proyectos de infraestructura de Reconstrucció Fomento (Banco Mundial) por financiació privada. Sesugirió ,ademá delreconocimiento haber realizado aportaciones al contenido del proyecto de la aplicació de los laudos extranjeros, en el árrafo 61 se capítulo. mencionase el égimen de reconocimiento aplicació de las sentencias extranjeras. 92. Se dijo la guí debí referirse la Ley Modelo de el objetivo del capítulo. la CNUDMI sobre arbitraje comercial internacional como uno de los ejemplos de textos cuya adopció podrí crear condiciones jurídicas favorables la solució de controversias. Legislació nacional acuerdos internacionales (recomendació 13) árrafos 63 67) 93. Se sugirió se revisara el ítulo de la recomendació (enparticular laexpresió “legislació nacional”) habida cuenta de las recomendaciones la anotació se referí fundamentalmente los tratados internacionales. 94. Se sugirió en la guí se hiciera referencia los instrumentos internacionales para reprimir la corrupció. Se sugirió, tambié, en la guí se hiciera referencia la protecció medioambiental. Ademá, se recomendó se aclarara la fuente de algunas disposiciones legislativas nacionales eran los tratados de integració económica regional. 95. Se opinó serí útil mencionar el Acuerdo de la Organizació Mundial del Comercio sobre Compras del Sector úblico. Se hizo ver ese Acuerdo tení actualmente alrededor de25 partes contratantes yse estaba tratando de lograr su aceptació universal. Capítulo II. Estructura regulació del sector (/CN.9/444/Add.3) Observaciones generales 96. La Comisió recordó los debates habí celebrado durante su 30º íodo de sesiones, en los habí tomado nota de las cuestiones relacionadas los proyectos de infraestructura financiació privada tambié abarcaban la estructura la regulació del mercado el examen de esas cuestiones era importante para abordar cierto úmero de temas se proponí se incluyeran en la guí legislativa .8 97. La Comisió tomó nota de , para abordar las cuestiones de la competencia de la estructura la regulació 98. Los miembros de la Comisió procedieron intercambio general de opiniones en relació el alcance 99. Segú una de las opiniones expresadas, las cuestiones queplanteaban losproyectos de infraestructura confinanciació privada eran ólo de carácter jurídico, sino tambié estaban estrechamente relacionadas consideraciones sobre la política económica industrial. La inclusió en la guí legislativa de examen de la competencia se acogí de buen grado, habida cuenta de las dificultades habí tropezado algunos países araí de los procesos de privatizació, en los los monopolios privados habí reemplazado los monopolios estatales. este respecto, se indicó el proyecto decapítulo contení útil informació deantecedentes podrí servir de ayuda los legisladores nacionales para examinar las diversas posibilidades existentes. 100. Segú otra de las opiniones expresadas, el examen de las cuestiones sobre políticas figuraba en el proyecto de capítulo resultaba excesivamente prolijo podrí dar la impresió deque laguí se inclinaba por determinadas políticas. Se indicó la cuestió de la estructura del sector las soluciones por las podí optarse para lograr la estructura deseada se enmarcaban fundamentalmente dentro de la política económica interna, la cual debí ocupar lugar destacado enlaguí. Ademá, se señaló en los diversos ordenamientos jurídicos se distinguí entre los sectores regulados, como los de la electricidad las telecomunicaciones, en los las empresas gestoras estaban autorizadas prestar servicios por disponer de una licencia expedida por las autoridades competentes, otros sectores, en los dichas empresas eran titulares de concesiones se enmarcaban en contratos concertados la entidad ública competente. Se instó la Comisió revisara el proyecto de capítulo para asegurarse de se hací debidamente eco de esas distinciones. Ademá, se manifestó preocupació por el hecho de el texto el álisis figuraban en el proyecto de capítulo parecí ser excesivamente tajantes estaban en consonancia el carácter ni el estilo de los capítulos restantes. 101. La Comisió examinó diversos modos de abordar las preocupaciones se habí manifestado. Segú una propuesta, el examen de la competencia la estructura del sector, figuraban la sazó en la secció , “Estructura competitividad del mercado”, la secció , “Medidas /53/17 12 legislativas para introducir reformas sectoriales” tendrí excesivamente amplio abarcaba normas sobre políticas trasladarse la parte introductoria de la guí simplemente úblicas, como las normas ambientales las normas de habrí remitir al examen de esas cuestiones en otra parte protecció delconsumidor.Por ello, se sugirió se precisaran de la guí. Ademá, se propuso el examen de las cuestiones esas palabras agregando “ se justifique por razones de regulatorias, figuraba la sazó en la secció , interé úblico”. “Reglamentació de los servicios de infraestruc-tura”, se trasladara nuevo capítulo versarí sobre la etapa operativa. este respecto, se dijo posteriormente tal vez habrí modificar de nuevo la redacció para armonizar esos pasajes las demá partes de la guí. Como solució alternativa, se propuso se incluyeran las secciones del proyecto de capítulo en una parte separada de la guí, podrí ser anexo, la mayor parte de la secció se trasladara al nuevo capítulo sobre la etapa operativa. 102. Despué de celebrar debate, la Comisió pidió la Secretarí ordenase de nuevo el contenido del proyecto de capítulo de acuerdo la primera propuesta indicada en el árrafo 101, teniendo en cuenta las opiniones expresadas durante el debate. Sin perjuicio de esa decisió, los miembros de la Comisió procedieron intercambiar opiniones sobre el contenido del proyecto de capítulo. Estructura competitividad del mercado (recomendació 1) relativa la legislació árrafos 1 13) 103. Se sugirió en las notas correspondientes de la recomendació 1) relativa la legislació se aclarase el examen de las hipótesis de establecimiento de los monopolios estatales abarcaba el examen de las circunstancias históricas políticas habí dado lugar la creació de esos monopolios. 104. Segú una de las opiniones expresadas, era importante en las notas correspondientes se hiciera referencia las leyes sobre la competencia otras normas similares protegí al mercado de prácticas abusivas restrictivas. Supresió de toda barrera obstáculo jurídicos (recomendació 2) relativa la legislació árrafos 15 16) 105. Se sugirió en el proyecto de capítulo se tuviera en cuenta algunos países, particularmente los países en desarrollo, podrí tener interé legítimo en promover el desarrollo de ciertos sectores de su industria nacional , por ello, podrí optar por abrir algunos de sus sectores de infraestructura la competencia. 106. Segú una opinió, cabí considerar las palabras “todo otro impedimento jurídico la participació competitiva en ese sector” de la recomendació 2) tení sentido Reestructuració de los sectores de infraestructura (recomendació 3) árrafos 18 21) 107. Se dijo la manera en paí decidí organizar unsector determinado de infraestructura constituí una cuestió de política económica nacional. Por lo tanto, la inclusió en la guí de una descripció de las medidas se habí adoptado en algunos países para reestructurar diversos sectores de infraestructura, deberí revestir una forma evitara dar la impresió deque laguí preconizaba unmodelo determinado. Se dijo ademá la guí deberí tener en cuenta los distintos niveles de desarrollo económico tecnológico de los países. Medidas de transició (recomendaciones 4) 5) árrafos 33 35) 108. Se hizo ver la reestructuració de los sectores de infraestructura era una tarea particularmente compleja entrañaba, ólo medidas de transició de carácter écnico jurídico, sino requerí tomar en consideració diversos intereses políticos, económicos sociales. En el proyecto de capítulo se deberí mencionar esos otros factores, cuando procediera. Control de todo monopolio residual (recomendaciones 6) 7) árrafos 37 40) 109. En relació la referencia hecha, en los árrafos 37 39 de las notas al uso de procesos competitivos para la selecció de la empresa gestora, se observó , en algunos países, se habí considerado tradicionalmente las concesiones de servicios úblicos entrañaban una delegació de funciones del Estado yque, como tal, la autoridad delegadora estaba obligada seguir los mismos procedimientos por los se regí la adjudicació de contratos úblicos. Las concesiones sepodíanotorgardespué denegociaciones directas entre la autoridad delegadora yun concesionario de su elecció, sujeció ciertos requisitos, tales como la publicació previa de anuncio dirigido los interesados en ser invitados participar en esas negociaciones. Se dijo esa circunstancia se reflejaba debidamente en los árrafos citados, se deberí revisar para dar la impresió de disponí quelalicitació uotrosprocedimientos deselecció competitiva eran los únicos procedimientos aceptables de adjudicació de proyectos de infraestructura. Se respondió en la guí /53/17 13 deberí hacerse hincapié en la necesidad de procedimientos árrafos 67 71) de selecció competitiva. 110. En relació el árrafo 40 de las notas, se señaló 115. En respuesta las preguntas acerca de la necesidad de en algunos casos era posible el mantenimiento de examinar las funciones de los órganos reguladores en la guí monopolios geográficos se justificara ólo por íodo de legislativa, se señaló era de vital importancia los transició, circunstancia se deberí mencionar en la guí. inversores potenciales pudieran determinar si el égimen Condiciones para la adjudicació de licencias concesiones (recomendació 8) árrafo 50) 111. Se opinó tal vez serí necesario revisar el árrafo 50 de las notas para velar por estuviera en armoní la recomendació formulada en el capítulo III (“Selecció del concesionario”). Reglamentació de acceso interconexió (recomendació 9) árrafos 51 54) 112. Se dijo el texto de la recomendació las notas correspondientes distinguí adecuadamente entre las obligaciones impuestas una empresa gestora arreglo al égimen regulatorio aplicable los derechos obligaciones contractuales podrí preverse en contrato bilateral de concesió. Dado las distinciones tení diversos efectos importantes en algunos ordenamientos jurídicos, la recomendació las notas deberí ser revisadas. Reglamentació del precio del beneficio obtenible (recomendaciones 10) 11) árrafos 55 57); subvenciones universalidad del servicio úblico (recomendació 12) árrafo 62); normas de buena ejecució (recomendació 13) árrafo 63) 113. Se dijo las cuestiones de regulació tratadas en las recomendaciones 10) 13) se planteaban generalmente en la etapa de explotació de la infraestructura , por ende, serí á conveniente tratar esas cuestiones á adelante en capítulo relativo la etapa de explotació, á en el segundo capítulo de la guí legislativa (éanse asimismo los árrafos 100 101 supra). 114. Se opinó las cuestiones relativas la protecció del consumidor se referí únicamente la necesidad de garantizar el acceso universal los servicios prestados por las empresas gestoras de infraestructura cuando fuera procedente, la guí deberí incluir examen de la protecció del consumidor. Independencia autonomí de los órganos reguladores (recomendaciones 14) 15) regulador serí equitativo estable í tendrí debidamente en cuenta el interé úblico los intereses de la empresa del proyecto. Se dijo los conceptos de independencia autonomí de los órganos reguladores abarcaban dos elementos importantes era conveniente elucidar mejor en las notas correspondientes las recomendaciones 14) 15), saber, la autonomí funcional del órgano regulador dentro de la estructura administrativa del gobierno anfitrió su independencia frente la industria regulada. 116. Sehizonotarquelareferencia hechaenlarecomendació 15) las decisiones adoptadas por el órgano regulador por razones “écnicas” se podrí interpretar en algunos ordenamientos jurídicos en el sentido de suponí una aplicació estricta de una norma, sin tomar en consideració el contexto determinado en la norma se aplicaba. Se opinó serí preferible referirse razones “sustantivas” “objetivas”. Competencia sectorial de los órganos reguladores (recomendació 16) árrafos 72 73) 117. Se dijo las atribuciones de los órganos reguladores siempre estaban circunscritas sectores determinados, toda vez en algunos países podí abarcar tambié diversos sectores dentro de una regió determinada. Mandato de los órganos reguladores (recomendació 17) árrafo 74) 118. Se opinó la recomendació 17) podrí ser incompatible la recomendació 15). Se hizo notar la recomendació 15) (éase el árrafo 116 supra) prescribí los órganos reguladores se les debí otorgar autonomí para adoptar decisiones por razones écnicas á políticas. Ahora bien, los objetivos generales debí orientar las actividades de los órganos reguladores arreglo la recomendació 17) (por ejemplo, fomentar la competitividad comercial, proteger los intereses de los usuarios, satisfacer la demanda, salvaguardar los intereses del úblico la buena ejecució del servicio yproteger los derechos de los inversores) eran de naturaleza estrictamente “écnica”. Se opinó las notas deberí aclarar la interacció de ambas recomendaciones. /53/17 14 Atribuciones de los órganos reguladores Capítulo III. Selecció del concesionario (recomendació 18) árrafos 75 78) (/CN.9/444/Add.4) 119. Aparte de observaciones lingüísticas de redacció, Observaciones generales de la reiteració de observaciones generales ya se habí hecho durante el debate, como la propuesta de incluir una referencia la protecció del consumidor, se formularon observaciones en relació la recomendació 118 ylas notas explicativas. Composició del órgano regulador las propuestas solicitadas, como se habí sugerido en el (recomendaciones 19) 20) árrafos 80 81) 30º íodo de sesiones de la Comisió . 120. Se dijo la guí deberí distinguir mejor entre las 124. Se dijo el objetivo general de la guí legislativa indicaciones relativas la legislació las de carácter práctico era ayudar los países anfitriones estimular la corriente de respecto de la funció regulatoria. Se opinó el fondo de inversiones en proyectos de infraestructura mediante el la recomendació 19), guardaba relació el úmero asesoramiento respecto de los elementos esenciales para ideal de integrantes de órganos reguladores constituidos en constituir entorno jurídico propicio. Uno de esos elementos forma de comisió, era asunto debiera ser objeto era la existencia de procedimientos de selecció apropiados. de legislació. Se declaró, ademá, ejemplos similares obstáculo práctico importante se oponí la ejecució se podí hallar en otras recomendaciones formuladas en el de proyectos de infraestructura financiació privada era proyecto de capítulo. En respuesta se declaró para aplicar el tiempo considerable consumí las negociaciones entre algunas de las indicaciones prácticas consignadas en la guí las autoridades úblicas del paí anfitrió los posibles (por ejemplo en cuanto la composició del órgano regulador), inversores. Mediante la formulació de procedimientos podrí se necesarias unas disposiciones legislativas , apropiados para adjudicar proyectos de infraestructura por lo tanto, serí útil tratar en la guí tipo de indicaciones. financiació privada, en forma eficiente económica, sin Publicidad obligatoria de ciertos datos (recomendació 21) árrafos 84 86) 121. Se expresó la opinió de la obligació de divulgar ciertos datos impuestas la empresa gestora en la recomendació 21) (por ejemplo la obligació de brindar al órgano regulador informació sobre las operaciones de la empresa) podrí acarrear dificultades prácticas en relació las recomendaciones 22) 23), preveí, entre otras cosas, las decisiones regulatorias se pusieran en conocimiento de los interesados. La guí deberí atender la preocupació legítima del sector de industria regulado en cuanto al carácter confidencial de la informació privada de las empresas. Sanciones (recomendació 24) árrafo 94); í de recurso (recomendació 25) árrafo 95) 122. Aparte de observaciones lingüísticas de redacció, la reiteració de observaciones generales ya se habí hecho durante el debate, se formularon observaciones en relació esta recomendació las notas explicativas. 123. Se observó en el proyecto de capítulo III (anteriormente numerado como capítulo IV), se referí los étodos procedimientos se recomendaba utilizar para adjudicar proyectos de infraestructura financiació privada, se examinaban tambié las cuestiones planteadas por 9 descuidar los aspectos de transparencia objetividad, la guí podrí resultar instrumento útil para las autoridades úblicas de los países anfitriones. 125. Se observó existí ningú modelo legislativo internacionalformuladoespecíficamenteparalosprocedimientos de selecció competitiva en proyectos de infraestructura financiació privada. ese respecto, se indicó podrí realzarse lautilizada delcapítulo si sehací hincapié enformular recomendaciones sobre cuestiones de naturaleza legislativa si esas recomendaciones, en la mayor medida posible, se redactaban en una forma se prestara su incorporació la legislació nacional. 126. En cuanto la preferencia expresada en el capítulo relativo al uso de étodos competitivos para seleccionar al concesionario, diversos oradores dijeron la guí debí reconocer á claridad tambié se podrí utilizar otros étodos de acuerdo la tradició jurídica del paí pertinente. Se observó , en la tradició jurídica de algunos países, losproyectos de infraestructura financiació privada requerí la delegació, por parte de la entidad ública competente, del derecho de la autoridad para prestar servicio úblico. Por esa razó, esos proyectos estaban sujetos égimen jurídico especial , en muchos aspectos, diferí /53/17 15 del aplicado en general para la contratació ública de bienes, privada. Se señaló , si bien los procedimientos de selecció obras servicios. descritos en el capítulo eran distintos de los étodos previstos 127. En esos países, cuando se trataba de adjudicar contratos úblicos para la adjudicació de bienes la prestació de servicios, el Estado podrí recurrir diversos procedimientos , por regla general, entrañaban égimen de publicidad competencia la aplicació estricta de los criterios de adjudicació preestablecidos. El procedimiento á ú era la licitació, en el cual el contrato se adjudicaba al mejor 130. Se expresó apoyo en favor de la orientació se habí postor. Aunque tambié habí procedimientos menos ígidos, impartido al capítulo, consistí en brindar marco como la solicitud de propuestas permití tener en cuenta estructurado transparente para el ejercicio de la discreció asimismo elementos distintos del precio (por ejemplo, el costo administrativa en la selecció del concesionario. Sin embargo, de explotació, el érito écnico el plazo de determinació al expresarse una preferencia por procedimientos de selecció propuesto), óloserecurrí alasnegociaciones encircunstancias competitiva, debí tenerse cuidado en evitar la excepcionales. Sin embargo, esos países aplicaban impresió de la guí excluí el empleo de cualquier otro procedimientos diferentes para la adjudicació de proyectos procedimiento. de infraestructura financiació privada. Dada la naturaleza tan de los servicios requeridos (por ejemplo, la complejidad, la cuantí de la inversió el plazo de terminació), en losprocedimientos utilizados se hací hincapié en el libre arbitrio del órgano delegador para escoger la empresa gestora mejor se ajustara sus necesidades, desde el punto de vista de la idoneidad profesional, la solvencia financiera, la capacidad para mantener la continuidad del servicio dar trato igualitario los usuarios la calidad de la propuesta. todo, por libertad de negociació debí entenderse una selecció arbitraria, las leyes de esos países establecí procedimientos para garantizar la publicidad, la transferencia la objetividad en el proceso de selecció. 128. Ademá de los procedimientos especiales empleados en esos países para seleccionar la empresa gestora de la infraestructura, existí otra diferencia importante: el étodo depago la empresa gestora de la infraestructura, por oposició al pago proveedor contratista de obra. En casi todos los casos, el pago por la ejecució de contrato úblico en esos países se hací en la forma de precio el organismo estatal pagaba al proveedor contratista. Cuando se trataba de proyectos de infraestructura financiació privada, sin embargo, la remuneració debí pagarse lo largo de varios ños , por lo ú, se derivaba de la explotació de la infraestructura, en general en la forma de aranceles cobrados al usuario. La duració del proyecto se calculaba de modo tal la empresa gestora pudiera recobrar la inversió, la garantí de beneficio en la cuantí libremente estipulada en el contrato del proyecto. 129. Habida cuenta de esas consideraciones, se sugirió en el capítulo se precisara la circunstancia de los procedimientos competitivos únmente utilizados para la contratació de bienes, obras servicios eran enteramente apropiadosparalosproyectosdeinfraestructura confinanciació en la LeyModelo de la CNUDMI sobre la Contratació ública de Bienes, Obras Servicios, bien podrí todaví requerirse nuevos ajustes. En especial, se debí evitar el uso de terminologí , en algunos ordenamientos jurídicos, se empleaba únmente enelcontexto de la contratació ública de bienes, obras servicios. Procedimientos de selecció abarcados por la Guí (árrafos 3 5) 131. En relació el inciso ) del árrafo 3 de las notas, se sugirió mencionara en el texto , en muchos países, la venta de acciones de las empresas de servicios úblicos requerí previamente la autorizació legislativa. Se sugirió tambié , entre los étodos de enajenació, se mencionara la oferta de acciones en los mercados de valores. Objetivos generales de los procedimientos de selecció (árrafos 6 14) 132. Se expresó apoyo en favor de incluir en el capítulo examen de los objetivos de economí, eficiencia, integridad transparencia. Se observó esos objetivos eran favorables los intereses, ólo del gobierno anfitrió, sino tambié de las partes deseaban invertir en proyectos de infraestructura en el paí. corolario importante de esos objetivos era debí haber procedimientos de revisió administrativa judicial de las decisiones de las autoridades intervinientes en el procedimiento de selecció, se sugirió en lugar apropiado del capítulo se debí incluir examen de esa cuestió. 133. Se observó la finalidad principal de los proyectos de infraestructura financiació privada era brindar al gobierno anfitrió unos servicios úblicos de mejor calidad. En consecuencia, se sugirió en el árrafo 8 se hiciera hincapié en los posibles beneficios de la participació de empresas extranjeras en los procedimientos de selecció. 134. Se señaló la transparencia requerí ólo claridad en las normas procedimientos para la selecció del concesionario, sino tambié las decisiones se adoptaran /53/17 16 de manera indebida. Por lo tanto, en el capítulo debí tambié hacerse unexamen de lasmedidas apropiadas para luchar contra las prácticas de corrupció los abusos en el proceso de selecció. Una de las medidas cabrí mencionar en la guí eran los llamados “acuerdos de integridad”, arreglo los cuales las empresas invitadas participar en el proceso de selecció se comprometí abstenerse, por lado, de influir indebidamente en las decisiones de los funcionarios úblicos intervinientes en el proceso de selecció , por el otro, de desvirtuar la competencia mediante colusió otros actos ilícitos. 135. Varios oradores dijeron égimen adecuado de protecció de la confidencialidad de la informació privada de las empresas era uno de los elementos esenciales para fomentar la confianza de los inversores en los procedimientos de selecció. Por lo tanto, se sugirió se mencionara la cuestió en el árrafo 10 , en las partes pertinentes de la guí, se incluyeran recomendaciones concretas el fin de garantizar la confidencialidad de la informació privada de las empresas. 136. Se sugirió en el texto se hiciera menció de los objetivos de garantizar una prestació ininterrumpida de los servicios úblicos de dar acceso universal los servicios úblicos entre los objetivos debí presidir la adjudicació de proyectos de infraestructura financiació privada. étodo de selecció apropiado (recomendaciones 1) 2) árrafos 15 25) 137. En relació el examen de los diversos candidatos por invitar, se señaló las directrices sobre adquisiciones de algunas instituciones financieras multilaterales se prohibí el uso de la precalificació el objeto de reducir el úmero de licitantes úmero predeterminado. 138. Se dijo en el árrafo 22 se mencionara las autoridades adjudicadoras por lo ú exigí los licitantes presentaran prueba suficiente de las soluciones écnicas proponí habí sido previamente comprobadas se conformaban normas internacionalmente aceptables de seguridad otras normas. 139. Se sugirió en el árrafo 24 se elucidara la distinció entre criterios de calificació evaluació. 140. Se sugirió en el árrafo 25 se formulara una advertencia contra las negociaciones sin ímites entre la autoridad adjudicadora el consorcio del proyecto se hubiera seleccionado. Preparativos de los procedimientos de selecció (árrafos 26 32) 141. Se sugirió en el árrafo 27 se hiciera referencia la funció de los asesores independientes la necesidad de valerse de sus servicios desde las etapas iniciales del proyecto. 142. Se sugirió en lugar de la expresió “estudios de viabilidad” se utilizara la expresió “estudios de previabilidad” en el contexto de los árrafos 28 29. Se indicó asimismo bienpodrí convenir mencionar enesospárrafos lacircunstancia de , en algunos países, habí resultado útil establecer égimen de participació ública en la evaluació preliminar de losefectos medioambientales de proyecto yde las diversas opciones para reducir al ínimo esos efectos. Se sugirió el texto indicara normalmente el gobierno anfitrió llevaba acabo, en el marco de sus estudios de viabilidad, una evaluació de las repercusiones ambientales. 143. Se observó la disponibilidad de documentació normalizada,preparada consuficienteprecisió, eraunelemento importante para facilitar las negociaciones entre los consorcios de proyectos ylos posibles prestamistas inversores. Se sugirió en el árrafo 31 se incluyeran referencias apropiadas esas circunstancias. Precalificació de los consorcios del proyecto (recomendaciones 3) 7) árrafos 33 46) 144. modo de observació general, se señaló los procedimientos de selecció preferidos se describí en el capítulo constaban de una precalificació relativamente compleja, fases de selecció final yuna fase relativamente breve para lanegociació final del contrato delproyecto. Enla práctica de algunos países, sin embargo, habí á latitud para negociar el contrato final despué de efectuada la selecció del consorcio del proyecto, habida cuenta de la complejidad de la escala de los proyectos de infraestructura. ese respecto, se opinó quelosprocedimientos deselecció preferidos quesedescribí en el capítulo, inspirados, en muchos casos, en los étodos previstos enlaLeyModelo delaCNUDMI sobre laContratació ública de Bienes, Obras Servicios, podrí requerir nuevos ajustes para atender, en forma adecuada, las necesidades concretas de los proyectos de infraestructura financiació privada. 145. Se observó , partir del árrafo 34, se remití al lector, en varios casos, disposiciones de la Ley Modelo. Se sugirió , para facilitar la consulta, bien podrí ser preferible incorporar eneltexto,cuandocorrespondiera, laparte sustantiva de las disposiciones pertinentes de la Ley Modelo. Tambié se sostuvo la eliminació de las referencias cruzadas entre ambos textos podrí servir ademá para subrayar la naturaleza específica del proceso de selecció descrito en el capítulo. /53/17 17 146. Se señaló la naturaleza de los procedimientos Procedimientos para solicitar propuestas descritos en los árrafos 33 36 diferí, en muchos aspectos, (recomendaciones 8) 19) árrafos 47 80) de losprocedimientos tradicionales deprecalificació aplicados para la contratació de bienes servicios. Para evitar la connotació de calificació ( descalificació) automática era inherente esos procedimientos de precalificació tradicionales, se indicó á apropiado serí utilizar la expresió procedimientos de preselecció” en el proyecto de capítulo. 147. Se sugirió , entre los criterios mencionados en el árrafo 36, se incluyeran otros podrí ser de interé en el caso de los proyectos de infraestructura financiació privada, tales como la capacidad para administrar los aspectos financieros del proyecto la experiencia en la gestió de infraestructura ública la prestació de servicios bajo fiscalizació reglamentaria. 148. Enrelació laúltima oració delpárrafo 37, se opinó los requisitos relativos porcentaje ínimo de inversió en capital social podrí ser incompatibles los acuerdos multilaterales aplicables al comercio de servicios. 149. Se indicó , en los árrafos 39 y40, se debí distinguir entre los subsidios incentivos otorgados conforme la legislació nacional ciertas industrias regiones, por lado, las preferencias otorgadas empresas nacionales, en relació los competidores extranjeros licitaban el mismo proyecto, por otro. El texto debí aclarar la cuestió de laspreferencias nacionales seplanteaba ólocuando laautoridad adjudicadora solicitaba propuestas tantoacompañí nacionales como empresas extranjeras. Sin embargo, tambié se sugirió en los árrafos 39 40 se mencionara la circunstancia de la aprobació de égimen de preferencias nacionales estaba prohibida en las directrices de algunas instituciones financieras internacionales podrí ser incompatible las obligaciones internacionales asumidas por muchos Estados en los acuerdos de integració económica regional ode fomento del comercio. 150. Varios oradores manifestaron su apoyo la referencia en el árrafo 42 se hací la práctica de algunos países, autorizaban la autoridad adjudicadora prever arreglos para compensar los candidatos precalificados si el proyecto podí prosperar por razones ajenas su voluntad para contribuir al reintegro de los gastos hubieran realizado despué de la fase de precalificació. 151. Se opinó debí revisarse la redacció del árrafo 45 de modo se diera erróneamente la impresió de preconizaba el uso de sistema de clasificació automática podrí constreñir innecesariamente la discreció de la autoridad adjudicadora para evaluar las calificaciones de los consorcios de proyectos. 152. Se preguntó si el procedimiento en dos etapas descrito en los árrafos 47 52 suponí , despué de celebrar conversaciones el consorcio del proyecto, la autoridad adjudicadora debí preparar pliego de especificaciones indicaran los insumos previstos. ese respecto se opinó aunenlaetapa final delprocedimiento la autoridad adjudicadora tal vez desearí formular sus especificaciones en érminos de los productos previstos únicamente. 153. En aras de la claridad, se propuso en los árrafos 51 52 la palabra “negociaciones” se sustituyera por la palabra “conversaciones”. 154. Se formuló una propuesta encaminada subrayar, en el árrafo 60, la circunstancia de en los criterios de evaluació sedeberíaasignarespecial importancia alosaspectos relacionados la explotació de la infraestructura yque esos criterios deberí concentrarse en la etapa de construcció. 155. En relació la posibilidad de rechazar propuestas por motivos tales como la política oficial aplicada en el sector pertinente, mencionada en el árrafo 62, se opinó motivo de esa índole ólo deberí invocarse cuando la autoridad adjudicadora lo hubiese incluido en los criterios de precalificació. 156. Se propuso , entre los elementos de las propuestas financieras mencionadas en el árrafo 67, se incluyera el requisito de los consorcios de proyectos presentaran cartas de intenció de los posibles prestamistas otra prueba satisfactoria de su compromiso de aportar la financiació para el proyecto. 157. Se formularon preguntas acerca de la finalidad del requisito de en los estudios de viabilidad mencionados en el apartado ) del árrafo 68 se indicara la tasa proyectada de rentabilidad financiera interna en relació el costo real del capital correspondiente los arreglos de financiació propuestos. Seopinó , desde la óptica del gobierno anfitrió, los factores clave de evaluació de las propuestas deberí ser la calidad de los servicios la viabilidad global de los arreglos financieros, á los beneficios netos previstos por la empresa. 158. Se opinó en el árrafo 70 se deberí recomendar claramente la presentació de garantí de la oferta por los consorcios de los proyectos. 159. En relació la última oració del árrafo 72, se observó si bien los criterios empleados para precalificar los consorcios deberí ser valorados de nuevo en la etapa de evaluació, era apropiado la autoridad adjudicadora requiriese, en cualquier etapa del proceso de selecció, /53/17 18 los participantes acreditaran de nuevo sus calificaciones debíadistinguir ásclaramente entre lanegociació delcontrato arreglo los mismos criterios se hubieran empleado para final, tras la adjudicació del proyecto, el procedimiento para precalificarlos. solicitar propuestas. Se opinó la referencia hecha en el 160. En respuesta una pregunta relativa la necesidad de estipular, en el árrafo 75, las propuestas se deberí abrir en una fecha determinada previamente en la solicitud de propuestas, se observó dicho requisito contribuí reducir al ínimo el riesgo de las propuestas pudieran ser alteradas modificadas constituí una garantí importante de la integridad del proceso. 161. Se sugirió , cuando se hubiera empleado procedimiento en dos etapas para solicitar las propuestas, la autoridad adjudicadora tuviera tambié derecho rechazar las propuestas , su juicio, se apartaran manifiestamente de la solicitud original de propuestas. En cuanto la evaluació del grado de adecuació de las propuestas, se mencionaba en el árrafo 76, se hizo ver en el árrafo 76 se debí aclarar las inadecuadas eran ólo las propuestas incompletas parciales, sino tambié todas las propuestas se apartaran de las especificaciones señaladas en la solicitud de propuestas. 162. Seexpresaronopinionesdivergentessobrelaimportancia relativa del precio unitario propuesto para el producto previsto como criterio de evaluació. Segú una opinió, fin de promover la objetividad la transparencia, el precio unitario se debí considerar, dentro de lo posible, como factor decisivo para elegir entre propuestas de igual grado de adecuació. Segú otra opinió, el concepto de “precio” podí tener en la adjudicació de proyectos de infraestructura financiació privada el mismo peso en la contratació de bienes servicios. En la remuneració del concesionario se combinaban muchas veces las tarifas cobradas los usuarios, los ingresos secundarios las subvenciones pagos directos abonados por la entidad ública adjudicaba el contrato. Ademá, habíaquetenercabalmente encuenta criterios distintos del precio, como la calidad de los servicios, incluidas las garantí para asegurar su continuidad universalidad. En ese contexto, si bien seguí siendo elemento importante para el cotejo de las propuestas, el precio unitario del producto previsto nopodíaserconsiderado comoelfactormásimportante. Se estimó la guí debí contener elucidar mejor esas cuestiones, como se sugerí en la nota aparecí continuació del árrafo 77. 163. Seopinó el texto de las recomendaciones legislativas abarcaba en su totalidad el tema examinado en las notas correspondientes. Por tanto, se propuso se formularan otras recomendaciones para reflejar, en , las cuestiones examinadas en el árrafo 77. 164. Encuantoalasnegociaciones finalesquesemencionaban en los árrafos 78 79, se dijo en la guí legislativa se árrafo 53 la invitació presentar propuestas respecto las especificaciones las cláusulas contractuales revisadas podrí interpretarse en el sentido de las cláusulas del contrato eran susceptibles de negociació aun antes de la adjudicació definitiva. Una situació de esa índole serí aconsejable, ya las propuestas deberí referirse los aspectos écnicos yfinancieros del proyecto yno las cláusulas del contrato. En respuesta se dijo el conocimiento de determinadas cláusulas contractuales, como la de asignació del riesgo prevista por la autoridad adjudicadora, era importante para los consorcios participantes pudieran formular sus propuestas discutir las perspectivas de rentabilidad del proyecto conposibles prestamistas. Por lo tanto, era aconsejable facilitar el proyecto de contrato los consorcios participantes lo antes posible. 165. Sepropuso enelpárrafo 78 se ñadieran las palabras “ de los consumidores” despué de las palabras “en detrimento del gobierno anfitrió”. Negociaciones directas (recomendaciones 20) 24) árrafos 81 93) 166. Se apoyó tambié la inclusió, en los árrafos 81 84, de explicaciones sobre las posibles ventajas inconvenientes de recurrir negociaciones directas para adjudicar proyectos de infraestructura financiació privada. 167. Se indicó en los árrafos 81 84 se debí explicar á detalle los étodos se podrí emplear para velar por la transparencia la introducció de elementos de competició en las negociaciones directas. 168. Sehizo notar la lista de circunstancias excepcionales justificaban el uso de las negociaciones directas contenida en el árrafo 85 era exhaustiva, bien podrí existir otras circunstancias justificaran el recurso las negociaciones directas. Entre esas se contaban, por ejemplo, las siguientes: razones de defensa nacional; casos en los existiera solo proveedor pudiera prestar el servicio requerido (por ejemplo, porque entrañaba el empleo de tecnologí patentada conocimientos especializados); la falta de personal experimentado de una estructura administrativa idónea para procedimiento de selecció competitiva; casos en los una autoridad administrativa superior del paí anfitriónhubieraautorizado esaexcepció porrazones deinteré úblico. Se opinó en el árrafo 85 se debí aclarar la lista incluida en é tení una finalidad únicamente ilustrativa. /53/17 19 169. Se preguntó cuá probable serí hubiera una garantizar la transparencia la equidad del procedimiento de necesidad urgente de prestar el servicio de inmediato selecció. Por lo tanto, se propuso en la guí se examinara justificara recurrir negociaciones directas á procesos á detenimiento la cuestió de los procedimientos de de selecció competitiva. En respuesta, se hizo notar se revisió yque se mencionaran los procedimientos ylos recursos necesitaba una autorizació excepcional de esa índole, por previstos normalmente en las leyes nacionales, se dijo ejemplo, en los casos de interrupció de la prestació de tal vez serí útil formular las recomendaciones pertinentes. servicio determinado cuando el concesionario titular prestara el servicio en condiciones aceptables, cuando serí poco práctico emprender proceso de selecció competitiva dada la urgente necesidad de mantener la continuidad del servicio. obstante, se formularon preguntas sobre si serí apropiado recurrir la écnica de la financiació privada en caso de urgencia. 170. En respuesta una pregunta relativa los motivos justificarí restringir la aplicació del apartado ) del árrafo 85 los casos en las circunstancias daban lugar la urgencia hubieran podido ser previstas por la autoridad adjudicadora, ni fueran el resultado de su propia dilació, se observó tal restricció iba encaminada garantizar la rendició de cuentas por parte de la autoridad adjudicadora. 171. Hubo apoyo tambié en los árrafos 87 93 se examinaran las cuestiones planteadas por las propuestas solicitadas. Se observó el procedimiento de las propuestas solicitadas se habí utilizado en varios países era aconsejable formular recomendaciones concretas respecto de ómo encarar tales propuestas. En ese sentido, se sugirió , en general, se debí exigir la entidad presentara una propuesta solicitada se atuviera ásicamente los mismos criterios de calificació se aplicarí los candidatos participaran en el proceso de selecció competitiva descrito en el capítulo. Se indicó, ademá, las propuestas solicitadas se debí atener unas normas écnicas yde calidad aceptables para la autoridad adjudicadora pudiera tenerlas en cuenta. 172. Sedijo la palabra “gobierno” contenida en el árrafo 88 se podrí interpretar de manera restringida en el sentido de excluir las autoridades locales municipales. Se propuso se la reemplazara palabras tales como “entidades úblicas” “empresas úblicas”, fin de dar entender en el paí anfitrió podrí haber otras entidades facultadas para negociar propuestas solicitadas. 173. Se expresó la opinió de de hecho las recomendaciones legislativas sobrelaspropuestas nosolicitadas tení carácter legislativo , por lo tanto, deberí figurar únicamente en las notas. Procedimientos de revisió (árrafo 94) 174. Se hizo notar la disponibilidad de recursos administrativos judiciales era elemento esencial para Expediente del proceso de selecció (recomendació 25) árrafos 95 99) 175. Se tomó nota de la necesidad de proteger el carácter confidencial de la informació privilegiada privada de las empresas conforme lo indicado en los árrafos 95 96. Se propuso entonces se incluyeran explicaciones sobre la clase de informació se deberí brindar al úblico la informació deberí ser privativa del gobierno anfitrió de los autores de las propuestas. Capítulo IV. Conclusió condiciones generales del acuerdo del proyecto (/CN.9/444/Add.5) 176. La Comisió tomó nota de en la parte introductoria del capítulo IV del proyecto (antes capítulo VI) se hací consideraciones generales acerca del acuerdo del proyecto se examinaban en los distintos planteamientos adoptados en la legislació nacional respecto de ese acuerdo (desde las leyes prácticamente hací referencia é hasta las preveí disposiciones detalladas obligatorias acerca de las cláusulas se habí de incluir en el acuerdo). Las demá secciones se referí los derechos obligaciones de la empresa del proyecto los serí útil tener en cuenta en la legislació, ademá de hacerlo en el acuerdo del proyecto, ya podrí afectar los intereses de terceros. Secció . Consideraciones de carácter general (recomendaciones 1) 2) árrafos 1 6) 177. Se sugirió indicar en el árrafo 2 las ventajas las desventajas de los planteamientos legislativos se mencionaban en é. 178. Se dijo en la guí habí insistir en la necesidad de establecer claramente qué personas qué organismos de gobierno estaban autorizados para contraer obligaciones en representació del gobierno en las distintas etapas de la negociació para firmar el acuerdo de proyecto. En ese contexto, habí tener debidamente en cuenta el hecho de en determinado proyecto de infraestructura financiació privada podí haber participació distintos niveles de gobierno (federal, provincial municipal, por ejemplo). /53/17 20 179. Seseñaló habí indicar en la guí las desventajas de se hiciera depender la entrada en vigor del acuerdo del proyecto de una aprobació previa al parlamento mediante una ley especial. Se dijo en respuesta , en algunos casos en algunos Estados, habí buenas razones para estipular la aprobació legislativa de cada proyecto de infraestructura financiació privada.Huboacuerdogeneralenquelaaprobació legislativa nosignificaba queelparlamento hubiese demodificar las distintas cláusulas del acuerdo del proyecto. 180. Se señaló lo la guí definí como “acuerdo del proyecto” en la práctica solí consistir en á de acuerdo separado entre el gobierno anfitrió la empresa del proyecto. Secció . Condiciones generales del acuerdo del proyecto 1. Emplazamiento del proyecto (recomendació 3) árrafos 8 12) 181. Se sugirió revisar la segunda oració del árrafo 10, daba la impresió de desalentar indebidamente al gobierno de proporcionar la empresa del proyecto el terreno necesario para proyecto de infraestructura financiació privada. 182. En el árrafo 11 se propuso sustituir la referencia al procedimiento de expropiació “á ápido” por el procedimiento “á eficiente” fin de dar la impresió errónea de la conveniencia de procedimiento ápido de expropiació tendrí prioridad sobre la protecció de los intereses de los propietarios. 183. Se señaló en la versió inglesa habí sustituir la palabra “expropiació” por otra, ya en algunos sistemas jurídicos tení una connotació negativa podí dar la idea de una confiscació sin indemnizació pronta suficiente. Se sugirieron otras expresiones, como “dominio eminente”, “compraventa obligatoria” “expropiació justa indemnizació”. Hubo acuerdo en el texto se emplease debí tener la connotació negativa se ha hecho referencia yque debí ser de ácil comprensió en los distintos sistemas jurídicos. 2. Servidumbres (recomendació 4) árrafos 13 16) 184. Se sugirió hacer referencia en el árrafo 14 al interé úblico otras condiciones para obtener una servidumbre mediante expropiació. 3. Exclusividad (recomendació 5) árrafos 17 21) 185. En cuanto la segunda oració del árrafo 21, se señaló cabí interpretarlo en el sentido de sugerir las partes incluyesen la cuestió de cambio ulterior en la política del gobierno anfitrió en las cláusulas generales del acuerdo del proyecto relativas los cambios en las circunstancias. Se dijo habí evitar esa interpretació , en cambio, la guí debí fomentar la certidumbre la previsibilidad respecto las consecuencias de cambio en la política del gobierno anfitrió. 186. Se dijo la cuestió de la exclusividad objeto de la recomendació 5) planteaba importantes cuestiones de política yse referí los intereses de los consumidores ya otros intereses úblicos, por lo cual la cuestió debí quedar enteramente librada la negociació entre las partes en proyecto. La legislació relativa la cuestió de la exclusividad podrí, por ejemplo, referirse la duració del íodo durante el cual el gobierno anfitrió se podrí comprometer respetar los derechos exclusivos de la empresa del proyecto para prestar el servicio úblico. 187. Se sugirió revisar el texto relativo la exclusividad (primera oració del árrafo 17 primera oració del árrafo 19, por ejemplo) fin de dejar constancia expresa de quié era beneficiario de ella quiénes podí ser los competidores. 188. Sepropusonoemplear laexpresió “legislació general” habilitadora en el árrafo 18, ya muchos Estados tení legislació pudiese calificarse de tal. 4. Condició jurídica del concesionario (recomendaciones 6) 8) árrafos 20 34) 189. respecto la primera oració del árrafo 22, se dijo era necesario aclarar la expresió “condició jurídica” del concesionario los efectos de la coordinació los árrafos 20 21 del capítulo (“Consideraciones generales sobre la legislació”) del proyecto (/CN.9/444/Add.2) aclarar hasta qué punto se podí tratar en el acuerdo del proyecto la cuestió de si el concesionario habí de estar establecido como entidad independiente. Se señaló , en la práctica, lasempresas delosproyectos estaban generalmente constituidas como entidades jurídicas separadas de los patrocinadores del proyecto pero , desde el punto de vista de la legislació, tal vez siempre ocurriera í. 190. Se propuso indicar, en relació la última oració del árrafo 32, la posibilidad de preocuparan algunos copropietarios de la empresa del proyecto los riesgos derivados de la participació de ésta en otros proyectos le hubieren sido adjudicados en proceso de selecció independiente. /53/17 21 191. En cuanto la tercera oració del árrafo 33, se planteó 197. Seseñaló, sinembargo,, en muchos casos, los bienes la cuestió de si debí preverse en la guí legislativa el requisito administrados por la empresa del proyecto seguí siendo de del voto favorable del gobierno anfitrió de si habí otros propiedad del Estado, esa propiedad era enajenable medios para cumplir los objetivos del requisito menor , por lo tanto, era posible utilizar esos bienes como grado de intervenció. garantí. 192. Se dijo algunos de los miembros originales del 198. En cuanto la posibilidad de ofrecer como garantí las consorcio delproyecto yde los socios de la empresa del proyecto acciones de la empresa del proyecto, se señaló en algunos podrí tener interé legítimo en ser reemplazados por otras sistemas jurídicos la promesa de acciones estaba prohibida entidades en calidad de socios era necesario dar al limitada; ademá, era probable las circunstancias en las gobierno anfitrió una prerrogativa incondicional de aprobar cuales los acreedores tratarí de hacer valer la garantí sobre esos reemplazos. las acciones tambié hicieran el valor de éstas bajara 5. Cesió de la concesió (recomendaciones 9) 10) árrafos 35 38) 193. Se dijo era conveniente en la legislació se reconociera las partes el derecho de la concesió fuese traspasada los acreedores otra entidad designada por ellos cuando la empresa del proyecto estuviese en mora en el cumplimiento de sus obligaciones. Se señaló en ese contexto , en los casos en se reconociese al gobierno el derecho aprobar la cesió de una concesió, tal derecho debí quedar sujeto la salvedad de el consentimiento se podí negar sin causa razonable. Se dijo habrí prever una restricció similar en cuanto al derecho del gobierno anfitrió aprobar una subconcesió (árrafo 37). 194. Se indicó, sin embargo, el requisito de la aprobació previa del gobierno para la cesió de la concesió existí en muchos sistemas jurídicos yse justificaba por razones de interé úblico. Se dijo las entidades úblicas tení interé legítimo en velar por la responsabilidad de prestar servicios úblicos fuera transferida entidades ellas mismas hubiesen seleccionado. 195. Se sugirió al principio de la recomendació 9) se insertaran las palabras “salvo efectos de cesió los acreedores como garantí”. 6. Garantí reales (recomendaciones 11) 13) árrafos 39 45) 196. Se señaló , en la práctica, los prestamistas esperaban obtener las mayores garantí posibles sobre los bienes de la empresa del proyecto, incluidos los intangibles. Se dijo esas garantí eran indispensables para se ofreciera financiació privada para proyectos de infraestructura. la luz de lo antecede, se dijo en la guí legislativa habrí recomendar se suprimieran de la legislació los obstáculos legales para dar esas garantí. considerablemente, lo hací este tipo de garantí incierta tal vez ilusoria. Se señaló, sin embargo, el objetivo perseguí el acreedor al recibir acciones como garantí consistí en venderlas en caso de mora de la empresa del proyecto sino en asumir el control de esa empresa. Se agregó la posibilidad de usar como garantí acciones en la empresa del proyecto era esencial los efectos de obtener financiació privada para proyectos de infraestructura yque bien convendrí los Estados, fin de facilitar esos proyectos, adoptar leyes especiales sobre lacuestió. Sedijo, noobstante, lapromesa de acciones de la empresa del proyecto planteaba ásicamente losmismosproblemas surgí cuando secedí aotra entidad consorcio la propia empresa del proyecto la concesió. 199. Se señaló , en la medida en fuera posible dar en garantí acciones de la empresa del proyecto los acreedores se hicieran cargo de esta empresa en caso de incumplimiento de sus obligaciones, era conveniente aclarar, en caso de traspaso de la concesió, si ello afectaba en algú modoalasobligaciones delgobierno anfitrió yde losanteriores patrocinadores del proyecto. 7. Duració (recomendació 14) árrafos 46 47) 200. Se señaló la legislació debí fijar úmero áximo de ños para la duració de la concesió. Esas disposiciones constituí en la práctica obstáculo para convenir en soluciones razonables desde el punto de vista comercial. En esa duració áxima tampoco se tení en cuenta la posibilidad de cambio en las circunstancias hiciera necesario prorrogar la concesió. Se señaló el derecho del gobierno anfitrió comprar la concesió al concesionario constituí una oportunidad de resolver en forma flexible la cuestió de la duració de la concesió. Secció . Condiciones concretas (árrafo 48) 201. respecto al árrafo 48, en se indicaban las cuestiones se habí de hacer referencia en los últimos /53/17 22 capítulos de la guí, se formularon observaciones generales en . Se sugirió la guí se remitiera, en su caso, en el sentido de probablemente fuese útil combinar los otras publicaciones de asesoramiento contractual, como las capítulos de habí tener cuidado en distinguir directrices de la Organizació de las Naciones Unidas para claramente entre las cuestiones serí objeto de el Desarrollo Industrial para el desarrollo de la infraestructura disposiciones legales las habrí de negociar las partes. mediante proyectos de construcció-explotació-traspaso . Consideraciones relativas la finalizació de los proyectos de capítulo 202. Se sugirió las recomendaciones de índole legislativa habí de incluirse en los diversos capítulos de la guí se complementaran, cuando procediera, modelos de disposiciones legislativas ofrecieran posiblemente soluciones optativas. Se ó esos modelos de disposiciones harí la guí legislativa fuese á práctica ácil de utilizar. Se explicó se trataba de preparar una ley modelo, sino de facilitar lo á posible la tarea de los legisladores en los países desearan establecer marco jurídico favorable para los proyectos de infraestructura financiació privada. 203. La opinió contraria fue los temas objeto de la guí se referí una serie de cuestiones de derecho úblico de política de los gobiernos , en consecuencia, serí difícil preparar modelos de disposiciones tuvieran debidamente en cuenta las diferencias entre los sistemas jurídicos las diversas políticas posibles. Algunos oradores destacaron la importancia de dejar margen de flexibilidad suficiente los legisladores de los países desearan fomentar la inversió privada en las obras de infraestructura. esos efectos, preparar una serie de recomendaciones legislativas claras, seguidas de álisis explicativo de las cuestiones pertinentes de las distintas opciones, podrí ser á útil incluir conjunto de modelos de disposiciones para algunos legisladores serí difíciles de adaptar las circunstancias internas de sus países. 204. Tras examinar las distintas opiniones expuestas, la Comisió pidió la Secretarí redactara recomendaciones legislativas en forma de principios legislativos concisos, reduciendo í el úmero de recomendaciones, , cuando lo considerase viable apropiado, preparase ejemplos de disposiciones fines ilustrativos las sometiera al examen de la Comisió. 205. Se sugirió tambié la guí se limitara al asesoramiento legislativo sobre proyectos de infraestructura financiació privada, sin tratar de dar asesoramiento para lasnegociaciones yloscontratos. Lascuestiones de los contratos las negociaciones ólo debí analizarse cuando fuese necesario para explicar la idoneidad de una solució legislativa las publicaciones del Banco Mundial. 206. La Comisió examinó el étodo debí seguirse para finalizar la guí legislativa, incluida la conveniencia de encomendar grupo de trabajo la preparació de futuros capítulos. Tras algunas deliberaciones se acordó en el 32º íodo de sesiones de la Comisió se estudiarí la posible necesidad de grupo de trabajo. Ademá, se acordó , en la presente etapa, era preferible la Secretarí preparase los futuros capítulos para presentarlos la Comisió en su íodo de sesiones siguiente. Esa labor de preparació, í como la de revisió de los proyectos existentes, debí llevarse cabo la colaboració de expertos externos, como se habí hecho hasta entonces. Se pidió la Secretarí hiciera todo lo posible por conseguir el asesoramiento de expertos tanto del sector úblico como del privado, procurara por todos los medios consultar expertos de países desarrollados de países en desarrollo, í como de países economí en transició. III. Comercio electrónico . Proyecto de égimen uniforme para las firmas electrónicas 207. Se recordó en su 30º íodo de sesiones, celebrado en mayo de 1997, la Comisió encomendó al Grupo de Trabajo sobre Comercio Electrónico la preparació de égimen uniforme sobre las cuestiones jurídicas de la firma numérica las entidades certificadoras. respecto la forma el alcance exacto de ese égimen uniforme, se convino en era demasiado pronto para llegar una decisió en el íodo de sesiones en curso. Ademá se opinó , si bien el Grupo de Trabajo podrí concentrar su atenció en las cuestiones de la firma numérica, en vista de la funció predominante de la criptografí de clave ública en la práctica á reciente del comercio electrónico, el égimen uniforme se preparase debí atenerse al criterio de neutralidad adoptado en la Ley Modelo de la CNUDMI sobre Comercio Electrónico. Por ello, el égimen uniforme debí desalentar el recurso otras écnicas deautenticació. Ademá, alocuparse de lacriptografí declave ública quizá fuera necesario el égimen uniforme acomodara diversos grados de seguridad yreconociera distintos efectosjurídicosygrados deresponsabilidad segúncuales fueran los servicios prestados en el contexto de las firmas numéricas. En cuanto las entidades certificadoras, si bien la Comisió /53/17 23 reconoció la utilidad de las normas de fiabilidad seguridad preparar unaconvenció enunaetapa posterior debí desviar fijadas por el mercado, predominó el parecer de el Grupo al Grupo de Trabajo de su labor presente, consistí ante de Trabajo podrí considerar el establecimiento de una serie todo en preparar proyecto de égimen uniforme sobre firmas de normas ínimas habrí de respetar las entidades numéricas otras firmas electrónicas, ni de su hipótesis de certificadoras, particularmente cuando se solicitara una trabajo actual de el égimen uniforme revestirí la forma certificació de validez transfronteriza . de proyecto de disposiciones legislativas. Se ó en10 208. En su actual íodo de sesiones, la Comisió dispuso del informe del Grupo de Trabajo sobre la labor de su 32º íodo de sesiones (/CN.9/446). La Comisió expresó su reconocimiento por la labor de preparació del proyecto de égimen uniforme para firmas electrónicas, realizada por el Grupo de Trabajo. Se observó el Grupo de Trabajo, en sus íodos de sesiones 31º 32º, habí tropezado claras dificultades para llegar una concepció ú de las nuevas cuestiones jurídicas planteadas por la mayor utilizació de las firmas numéricas yotras firmas electrónicas. Se observó tambié todaví se habí llegado consenso respecto del modo de abordar estas cuestiones en marco jurídico internacionalmente aceptable. obstante, la Comisió ó, en general, los progresos logrados hací pensar elproyecto derégimen uniforme para las firmas electrónicas iba adquiriendo gradualmente una configuració viable. La Comisió reafirmó la decisió de su 31º íodo de sesiones sobre la viabilidad de la preparació del égimen uniforme ,11 indicó confiaba en el Grupo de Trabajo llevarí adelante su labor en su 33º íodo de sesiones (Nueva York, 29 de junio 10 de julio de 1998), sobre la base del proyecto revisado habí preparado la Secretarí (/CN.9/WG.IV/WP.76). En el curso del debate, la Comisió observó satisfacció el Grupo de Trabajo gozaba de general reconocimiento como foro internacional de especial importancia para intercambiar opiniones sobre los problemas jurídicos del comercio electrónico, para buscar soluciones esos problemas. 209. LaComisió tomónotadeque, al érmino del32º íodo de sesiones del Grupo de Trabajo, se hizo una propuesta en el sentido de el Grupo tal vez deseara examinar de forma preliminar la posibilidad de iniciar los preparativos de una convenció internacional, sobre la base de las disposiciones de la Ley Modelo del égimen uniforme. Se convino en podí ser necesario incluir esta cuestió en el programa en el 33º íodo de sesiones del Grupo de Trabajo, tomando como base propuestas á detalladas pudieran hacer las delegaciones interesadas. obstante, la conclusió preliminar del Grupo de Trabajo fue los preparativos de una convenció debí considerarse en cualquier caso como proyecto independiente, tanto de los preparativos del égimen uniforme como de cualquier otro texto pudiera agregarse la Ley Modelo. Hasta se adoptara una decisió definitiva acerca de la forma del égimen uniforme, la sugerencia de general quelaposible preparació deunproyecto deconvenció nodebí utilizarse como medio para volver aplantear cuestiones ya resueltas en la Ley Modelo, lo cual podrí frenar la creciente utilizació de tan fructífero instrumento (/CN.9/446, árr. 212). 210. La Comisió observó una delegació habí presentado al Grupo de Trabajo una propuesta concreta detallada de preparació de una convenció para la examinara en ulterior íodo de sesiones (/CN.9/WG.IV/WP.77). este respecto se expresaron opiniones discrepantes. Unos creí unaconvenció basada en las disposiciones de la Ley Modelo sobre Comercio Electrónico de la CNUDMI era necesaria, ya dicha Ley Modelo podrí ser suficiente para establecer marco jurídico universal del comercio electrónico. Dada la naturaleza del instrumento, las disposiciones de la Ley Modelo podí ser modificadas por cualquier cuerpo legislativo nacional las promulgase, lo era contrario la armonizació deseada de las normas jurídicas aplicables al comercio electrónico. Otros opinaron, por el contrario, , debido la ápida evolució de las características écnicas del comercio electrónico, la cuestió se prestaba ácilmente al ígido planteamiento propiodeunaconvenció internacional. Seseñaló la Ley Modelo era de importancia como compendio de principios podrí incorporarse las legislaciones nacionales mediante diversas órmulas, para tener en cuenta la utilizació creciente del comercio electrónico. 211. Laopinió prevaleciente fue era prematuro empezar preparar la convenció propuesta. Diversos delegados indicaron en sus países se estaban aplicando proyectos de reforma legislativa basados en las disposiciones de la Ley Modelo. Se expresó preocupació por la posibilidad de la preparació de una convenció internacional basada en la LeyModelo fuera contraproducente para la difusió de la propia Ley Modelo , despué de transcurridos ólo dos ños de su aprobació por la Comisió, se estaba aplicando ya en úmero importante de países. Ademá, se estimó en general debí desviarse al Grupo de Trabajo de su tarea actual, sea, la preparació de proyecto de égimen uniforme sobre las firmas electrónicas, segú habí acordado la Comisió. Una vez concluyera esa tarea el Grupo de Trabajo, en el marco de su funció general de asesoramiento acerca de cuestiones del comercio electrónico, podí muy bien hacer propuestas la Comisió sobre futuras actividades en este sector. Los /53/17 24 partidarios de una convenció sugirieron la cuestió quizá en la Guí para la incorporació de la Ley Modelo al derecho debiera debatirse de nuevo en futuro íodo de sesiones interno. , en el contexto del Grupo de Trabajo, posiblemente mediante consultas oficiosas. Se recordó , si bien la preparació de una convenció podí figurar entre las posibles actividades futuras, tambié se habí propuesto otros temas, como las cuestiones de la jurisdicció, la ley aplicable la solució de controversias en Internet .12 . Incorporació por remisió 212. En varias fases de la preparació de la Ley Modelo se sugirió en el texto figurara una disposició para se reconociera ciertos érminos condiciones pudieran incorporarse mensaje de datos mediante una simple remisió tení el mismo grado de validez jurídica si estuvieran expresados íntegramente en el texto del mensaje de datos. esta disposició se la denominó, en general, “incorporació por remisió” .13 213. En su 30º íodo de sesiones, de mayo de 1997, la Comisió hizo suya la conclusió habí llegado el Grupo de Trabajo en su 31º íodo de sesiones, en el sentido de muchos aspectos de lacuestió de la“batalla de los formularios” ylos contratos de adhesió deberí precisarse en la legislació nacional aplicable, por consideraciones relacionadas, entre otras cosas, la protecció de los consumidores las normas de actuació de los poderes úblicos (éase /CN.9/437, árr. 155) .14 214. En su 32º íodo de sesiones, el Grupo de Trabajo examinó lacuestió de la incorporació por remisió basándose en diversos textos propuestos como posibles adiciones la Ley Modelo. En el informe del Grupo de Trabajo sobre la labor de su 32º íodo de sesiones (/CN.9/446, árrs. 14 23), quedó constancia de este debate se recogió el texto de las diversas propuestas examinadas por el Grupo de Trabajo. Al érmino del debate, el Grupo de Trabajo aprobó el siguiente proyecto de disposició: “ se negará efectos jurídicos, validez ni fuerza obligatoria la informació por la sola razó de se haya incorporado por remisió en mensaje de datos.” El Grupo de Trabajo decidió presentar este texto la Comisió para su examen su posible inserció en la Ley Modelo como artículo 5 bis, pidió la Secretarí preparase una nota explicativa fin de ñadirla la Guí para la incorporació de la Ley Modelo al derecho interno (/CN.9/446, árr. 24). En el anexo II de la nota preparada por la Secretarí (/CN.9/450) figura proyecto de texto redactado en cumplimiento de esta decisió, miras su posible inserció 215. En el actual íodo de sesiones, la Comisió observó el texto aprobado por el Grupo de Trabajo representaba planteamiento minimalista de la cuestió de la incorporació por remisió. En consonancia anteriores deliberaciones del Grupo de Trabajo (/CN.9/437, árr. 155 /CN.9/446, árrs. 14 23), se pretendí conseguir una unificació sustancial de las normas existentes de derecho interno, sino se reafirmaba el principio general de discriminació enunciado en el artículo 5 de la Ley Modelo, en el contexto delaincorporació porremisió. El texto aprobado por elGrupo de Trabajo estaba destinado facilitar la incorporació por remisió en el comercio electrónico, suprimiendo la incertidumbre en podrí verse ciertas jurisdicciones respecto de la eventual aplicació al entorno electrónico de lasnormas aplicables aladocumentació tradicional consignada en papel. Otra finalidad de la disposició era dejar en claro habí interferir en la protecció de los consumidores ni en otras normas imperativas de derecho interno internacional (por ejemplo, las normas de protecció de las partes á ébiles en los contratos de adhesió). 216. En general la Comisió estimó , en su redacció actual, el texto presuponí cierto grado de familiaridad de losEstados loadoptasen conelconcepto de la incorporació por remisió. obstante, aunque el Grupo de Trabajo habí recurrido mucha frecuencia la expresió “incorporació por remisió”, para aludir concisamente una compleja serie de situaciones jurídicas de hecho, era posible el érmino tuviera el mismo significado en todos los Estados lo adoptasen. Para atenuar las posibles dificultades en la interpretació del texto, se sugirió se utilizara una terminologí á descriptiva compatible la órmula adoptada porelGrupo deTrabajo, darí laversió siguiente: “ se negará efectos jurídicos, validez ni fuerza obligatoria la informació por la sola razó de esté contenida en el mensaje de datos se supone ha de dar lugar este efecto jurídico, sino figure simplemente en el mensaje de datos en forma de remisió.” 217. Se propusieron otros textos, basados en órmulas á positivas de los efectos debí reconocerse la incorporació por remisió. obstante, se estimó todo intento de establecer una norma positiva sobre las cuestiones de la incorporació por remisió podrí resultar en una injerencia en las normas de derecho interno relativas la incorporació por remisió. La Comisió acordó debí evitarse toda injerencia de este tipo, era preferible mantener el enfoque minimalista adoptado por el Grupo de /53/17 25 Trabajo. Sin embargo, en las deliberaciones se sostuvo de 1995) continuó sus trabajos en sus íodos de sesiones era absolutamente innecesario adoptar una disposició 25º 26º (celebrados en Nueva York, de 8 19 de julio de regulara la incorporació por remisió conforme ese enfoque. 1996, en Viena, de 11 22 de noviembre de 1996 218. Despué deldebate sobre lacuestió, laComisió estimó el fondo del texto propuesto (éase el árrafo 216 supra), era en general aceptable. Se sugirió una modificació de forma para distinguir á claramente entre la incorporació por remisió la simple remisió; el texto propuesto fue el siguiente: “ se negará efectos jurídicos, validez ni fuerza obligatoria la informació por la sola razó de esté contenida en el mensaje de datos se supone ha de dar lugar este efecto jurídico, sino figure en el mensaje de datos en forma de remisió, formando parte del mensaje.” 219. Tras debatir la cuestió, la Comisió decidió retener la propuesta original (éase el árrafo 216 supra), sustituyendo en el texto inglé “purported” por “purporting”. 220. En cuanto al lugar debí ocupar la disposició adicional, aunque se sugirió el texto constituyera una nueva parte III de la Ley Modelo, se acordó era á apropiado insertar el texto como nuevo artículo 5 bis, como habí propuesto el Grupo de Trabajo. 221. Enlorelativo al proyecto de secció adicional preparado por la Secretarí miras su inserció en la Guí para la incorporació de la Ley Modelo al derecho interno (éase /CN.9/450, anexo II), se pidió la Secretarí se asegurase de el texto indicara claramente el recié adoptado artículo 5 bis debí interpretarse en el sentido de creaba égimen jurídico específico para la incorporació por remisió en entorno electrónico. La interpretació debí ser á bien , al establecerse principio de discriminació, las normas nacionales aplicables la incorporació por remisió en entorno de documentació consignada en papel se hací igualmente aplicables la incorporació por remisió para los fines del comercio electrónico. IV. Financiació por cesió de créditos 222. Se recordó la Comisió habí examinado los problemas jurídicos en materia de cesió de créditos en sus íodos de sesiones 26º 28º (de 1993 1995) , en15 su 28º íodo de sesiones, celebrado en 1995, habí encomendado alGrupo deTrabajo sobre prácticas contractuales internacionales la tarea de preparar égimen uniforme sobre financiació por cesió de créditos .16 223. El Grupo de Trabajo comenzó su labor en su 24º íodo de sesiones (celebrado en Viena, del 13 al 24 de noviembre respectivamente). Seobservó ,ensu24ºíodo desesiones, se habí instado al Grupo de Trabajo preparara texto jurídico permitiera aumentar la disponibilidad de crédito de bajo costo (/CN.9/420, árr. 16). Ademá, se observó , en sus íodos de sesiones 25º y26º, el Grupo de Trabajo habí decidido llevar adelante su labor en la hipótesis de el texto en curso de preparació adoptarí la forma de una convenció (/CN.9/432, árr. 28) incluirí disposiciones sobre derecho internacional privado (/CN.9/434, árr. 262). 224. En su 31º íodo de sesiones, la Comisió tuvo ante í los informes de los íodos de sesiones 27º 28º del Grupo de Trabajo (/CN.9/445 /CN.9/447). En principio, la Comisió tomó nota de sus trabajos relativos la financiació por cesió de créditos habí suscitado el interé de la comunidad comercial financiera internacional, pues habí la posibilidad de acrecentar por ese medio el acceso al crédito debajo costo. Ademá, observó el Grupo de Trabajo habí hecho progreso considerable respecto de otras cuestiones, incluida lavalidez de las cesiones de créditos futuros de créditos identificados individualmente (esto es, las cesiones globales), í como de las cesiones concertadas pesar de la existencia de cláusulas de intransferibilidad en el contrato arreglo al cual se habí originado los créditos cedidos, los problemas de protecció del deudor. En , la Comisió tomó nota de en su 28º íodo de sesiones el Grupo de Trabajo habí aprobado el contenido de las disposiciones relativas la relació entre cedente cesionario las disposiciones vinculadas la protecció del deudor (proyectos de artículos 14 16 18 22 respectivamente) yhabí pedido alaSecretarí revisara la disposició relativa al derecho del cesionario al pago las cuestiones relacionadas los ingresos percibidos por concepto de créditos cedidos (proyecto de artículo 17; éase /CN.9/447, árrs. 161 164 68 respectivamente). 225. Al propio tiempo, se observó quedaban todaví algunas cuestiones por resolver, incluidas las relacionadas el ámbito de aplicació del proyecto de Convenció, las cuestiones de orden úblico relacionadas la protecció deldeudor, los conflictos de prelació entre distintos acreedores problemas de derecho internacional privado. 226. En cuanto al ámbito de aplicació, se estimó, en general, era demasiado amplio yque debí restringirse los créditos contractuales cedidos el fin de obtener financiació. Se observó ese criterio estarí en consonancia el objetivo general del proyecto de facilitar la financiació por cesió de créditos, de modo de acrecentar í la disponibilidad de crédito de bajo costo. Ademá, se dijo , ese criterio, el proyecto /53/17 26 de Convenció serí á aceptable algunos Estados, introducirí la certidumbre previsibilidad necesarias para parecí dispuestos sancionar leyes específicas para atender se otorgaran créditos financieros sobre los créditos cedidos. las necesidades de las transacciones de la financiació moderna, pero en cambio se mostraban inclinados emprender una reforma general del derecho de las cesiones. Ademá, si se aplicaba ese criterio, se alterarí las prácticas ya se aplicaban de manera satisfactoria de conformidad normas bien establecidas. respecto al ámbito territorial de aplicació del proyecto de Convenció se observó para reglamentar la cuestió del derecho aplicable, serí conveniente adoptar una solució basada en el criterio seguido en la Convenció de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderí. 227. En cuanto las cuestiones de orden úblico, se observó serí preferible el proyecto de Convenció estableciera umbral elevado para la protecció del deudor atendiera las inquietudes de todos los Estados hiciera innecesario éstos recurrieran una reserva general de orden úblico, podrí ir en detrimento de la certidumbre lograda por el proyecto de Convenció , por lo tanto, incidir negativamente en el costo la disponibilidad de crédito. 228. Encuantoalosconflictos deprelació, seexpresó amplio apoyo en favor del criterio adoptado en el proyecto de Convenció, quecombinaba lasnormas deprelació sustantivas las reglas del derecho internacional privado. Se dijo se acrecentarí la aceptabilidad del proyecto de Convenció si se dejaba los Estados pudieran elegir, mediante una declaració, entreunanorma deprelació basada enelmomento de la cesió una regla basada en el momento de la inscripció, entrarí en vigor únicamente tras el establecimiento de sistema adecuado de inscripció registral. 229. En cuanto las reglas de derecho internacional privado contenidas en el proyecto de Convenció, la Comisió acogió beneplácito se hubiera celebrado una reunió de expertos de laConferencia de LaHaya de Derecho Internacional Privado en cooperació la secretarí de la Comisió. La Comisió tomó nota deque, en esa reunió, se habí confirmado las reglas de prelació de derecho internacional privado contenidas en el proyecto de Convenció serí apropiadas, siempre su aplicació se limitara las transacciones entraran en el ámbito del proyecto de Convenció. Ademá, seobservó quelaMesaPermanente de laConferencia prepararí presentarí al Grupo de Trabajo el informe de la reunió (éanse tambié los árrafos 269 270 infra). 230. En el debate se expresó amplio apoyo en favor de la hipótesis de trabajo del Grupo de Trabajo de el texto en curso de preparació adoptarí la forma de una convenció. Se señaló , habida cuenta de las diferencias existí en los diversos sistemas jurídicos en materia de cesió, una convenció serí instrumento apropiado de unificació 231. La Comisió manifestó su apreciació por los trabajos realizados pidió al Grupo de Trabajo prosiguiera su labor de manera expeditiva, fin de concluirla en 1999 de presentar el proyecto de Convenció la Comisió para su aprobació en su 33º íodo de sesiones (2000). . Seguimiento de la puesta en práctica de la Convenció de Nueva York de 1958 232. Se recordó en su 28 íodo de sesiones en 1995, la Comisió habí aprobado el proyecto, realizado conjuntamente el Comité de la Asociació Internacional de Abogados, el objeto de observar la puesta en práctica en el ámbito legislativo de la Convenció sobre el reconocimiento ejecució de las sentencias arbitrales extranjeras (Nueva York, 1958) . Se observó el proyecto,17 segú lo aprobara la Comisió, se encaminaba ese único fin , en , su objetivo era seguir los fallos emitidos por cada tribunal aplicara la Convenció. fin de poder elaborar informe sobre el tema, la Secretarí habí enviado los Estados partes en la Convenció cuestionario referido al égimen jurídico regula la ejecució de las sentencias arbitrales extranjeras en esos Estados. 233. LaSecretarí habí recibido 54 respuestas hasta la fecha en comenzó empezó el actual íodo de sesiones de la Comisió. Ésta exhortó los Estados partes hubieran respondido el cuestionario lo hicieran lo antes posible , en la medida fuera necesario, informaran la Secretarí acerca de todo cambio se hubiera producido tras la contestació del cuestionario. Se pidió la Secretarí redactara una nota en la figuraran los resultados derivados del álisis de la informació recogida, para la Comisió tratara el tema en futuro íodo de sesiones. 234. Enrelació conloanterior,seobservó laConvenció sehabí transformado enunfactor fundamental en la facilitació del comercio internacional , ademá de la promulgació de la Convenció, serí conveniente la Comisió tambié examinara su interpretació. Ese examen la informació prepararí la Secretarí ese fin servirí para promover la Convenció facilitar su utilizació por quienes la aplican. Se subrayó habí informació sobre la interpretació de la Convenció en todos los idiomas oficiales de las Naciones Unidas , por consiguiente, la Comisió era el órgano apropiado para elaborarla. La Comisió se pronunció respecto de esta sugerencia. 235. Se señaló á adelante durante el íodo de sesiones, el 10 de junio de 1998, la Comisió celebrarí el /53/17 27 “í de la Convenció de Nueva York” para conmemorar su los corresponsales nacionales. La Comisió hizo hincapié en cuadragésimo aniversario. (éase el árrafo 257 infra). En la importancia de la jurisprudencia para promover la aplicació esa ocasió se prestarí atenció las cuestiones jurídicas uniforme de los textos jurídicos emanados de su labor. En se trataban en la Convenció, respecto de las cuales la general se convino en , por comprender documentos Comisió podrí desear considerar si convení las publicados en los seis idiomas oficiales de las Naciones Unidas, examinara, si ello era factible en qué forma lo harí. La el sistema constituí valioso instrumento para los abogados Comisió ó serí útil analizar la posibilidad de en ejercicio, los estudiosos las autoridades gubernamentales. incluir la esfera del arbitraje en su 22º íodo de sesiones, efectos de garantizar la incorporació de toda la se celebrarí en 1999, ypidió la Secretarí preparara jurisprudencia de se dispone en relació los textos ese fin una nota servirí como base para su labor. Se de la CNUDMI, la Comisió exhortó los Estados ú sugirió podrí tenerse en cuenta para la redacció de la nolohubiesen hecho aque nombraran uncorresponsal nacional. nota los debates se desarrollarí el í de la Convenció Exhortó tambié los Estados velaran por facilitar la de Nueva York yen el congreso del Consejo Internacional para informació los magistrados, árbitros, profesionales del el Arbitraje Comercial se celebrarí en Parí del 3 al 6 derecho estudiosos nacionales. de mayo de 1998. VI. Jurisprudencia sobre textos de la CNUDMI 236. La Comisió observó reconocimiento desde su 30º íodo de sesiones, celebrado en 1997, se habí publicado otras cinco series de extractos de fallos judiciales laudos arbitrales fundados en la Convenció de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderí la Ley Modelo de la CNUDMI sobre arbitraje comercial internacional (/CN.9/SER./ABSTRACTS 13 17). LaComisió observó tambié reconocimiento se habí instalado localizador de informació en el espacio de la secretarí de la CNUDMI en la Web de la Internet (http://www.../uncitral) para posibilitar la consulta de la jurisprudencia relativa los textos de la CNUDMI (CLOUT) otros documentos. Se alentó la secretarí siguiera esforzándose por incorporar á documentos de la CNUDMI en la Internet en los seis idiomas de las Naciones Unidas. 237. La Comisió tomó nota de la labor de la secretarí en materia de revisió de extractos, archivo de fallos laudos en su forma original, traducció de extractos cinco idiomas oficiales de las Naciones Unidas, publicació de éstos en los seis idiomas oficiales, distribució de extractos textos completos de los fallos laudos solicitud de los interesados instalació manejo del localizador de informació sobre jurisprudencia se habí intensificado al aumentar el úmero de fallos laudos. Por consiguiente, la Comisió pidió se facilitaran recursos adecuados la secretarí para posibilitar el funcionamiento eficaz del sistema de informació. 238. La Comisió agradeció los corresponsales nacionales la secretarí su labor exhortó los Estados cooperaran la secretarí en lo relativo al funcionamiento del sistema facilitaran el cumplimiento de las tareas de VII. Formació asistencia écnica 239. La Comisió tuvo la vista una nota de la secretarí (/CN.9/448) en la se reseñaban las actividades realizadas despué del anterior íodo de sesiones se indicaba la orientació de las actividades previstas. Asimismo, la nota señalaba los seminarios las misiones de informació de la CNUDMI tení por finalidad explicar las características á destacadas la utilidad de los instrumentos de derecho mercantil internacional de la Comisió. 240. Segú la misma nota, desde el anterior íodo de sesiones se habí celebrado los siguientes seminarios misiones deinformació: Stellenbosch (Sudáfrica) (11demarzo de 1997); Cartagena (Colombia) (14 15 de abril de 1997); Bogotá (Colombia) (17 y18 de abril de 1997); Quito ( Ecuador) (21 22 de abril de 1997); Lima (ú) (24 26 de abril de 1997); Tesalónica (Grecia) (12 13 de septiembre de 1997); Nicosia (Chipre) (9 y10 de octubre de 1997); Dubai (Emiratos Árabes Unidos) (10 de diciembre de 1997), yLaValetta (Malta) (24 25 de febrero de 1998). La secretarí informó de , para el resto de 1998 hasta el siguiente íodo de sesiones de la Comisió, se celebrará en mayo de 1999, se habí previsto seminarios misiones de informació en África, érica Latina, Asia Europa oriental. 241. La Comisió expresó su reconocimiento la secretarí por las actividades emprendidas desde el anterior íodo de sesiones subrayó la importancia del programa de formació asistencia écnica para fomentar el conocimiento de su labor difundir informació sobre los textos jurídicos habí producido. Se indicó los seminarios las misiones de informació eran particularmente útiles para los países en desarrollo carecí de especialistas en las disciplinas del derecho mercantil comercial comprendidas en la labor de la CNUDMI. La Comisió señaló la pertinencia de las normas uniformes de derecho mercantil, en los textos /53/17 28 jurídicos preparados por la CNUDMI, respecto de las medidas deintegració económica queestabanadoptando muchos países, destacó la importante funció podí desempeñar en ese contexto las actividades de formació asistencia écnica de la secretarí. 242. La Comisió tomó nota de las diversas formas de asistencia écnica podí prestar la secretarí, como la revisió de los proyectos de legislació, la ayuda para preparar proyectos, las observaciones sobre los informes de las comisiones encargadas de la reforma legislativa las sesiones de informació para legisladores, jueces, árbitros otros usuarios de los textos jurídicos de la CNUDMI incorporados en la legislació nacional. La Comisió alentó la secretarí idear nuevas formas de hacer frente al aumento constante considerable de la importancia atribuida por los gobiernos, los írculos empresariales nacionales internacionales los organismos multilaterales bilaterales de asistencia, al mejoramiento del marco jurídico aplicable al comercio la inversió internacionales. 243. La Comisió subrayó la importancia de la cooperació la coordinació entre la secretarí los organismos de asistencia para el desarrollo prestan asistencia écnica jurídica la financian, miras evitar la asistencia internacional pueda propiciar la aprobació de leyes nacionales esté en consonancia las normas internacionalmente acordadas, entre ellas las convenciones las leyes modelo de la CNUDMI. 244. La Comisió tomó nota reconocimiento de las contribuciones de Grecia Suiza al programa de seminarios agradeció los demá Estados organizaciones habí colaborado consuprogramadeformació yasistencia acogiendo la celebració de seminarios. La Comisió, al tiempo destacaba la importancia de los recursos financieros extrapresupuestarios para las actividades de formació asistencia écnica, exhortó una vez á todos los Estados, las organizaciones internacionales yotras entidades interesadas consideraran la posibilidad de aportar contribuciones al Fondo Fiduciario para Simposios de la CNUDMI, fin de facilitar la planificació ypermitir la secretarí respondiera la creciente demanda de formació asistencia de los países en desarrollo los nuevos Estados independientes. 245. Se expresó preocupació por el hecho de la mayorí de los participantes en el programa de pasantí de la secretarí fueran nacionales de países desarrollados. Se hizo llamamiento todos los Estados para consideraran la posibilidad de apoyar programas patrocinaran la participació de nacionales de países en desarrollo en el programa de pasantí de la secretarí. VIII. Situació promoció de los textos de la CNUDMI 246. Basándose en una nota de la Secretarí (/CN.9/449), la Comisió examinó la situació de las convenciones leyes modelo eran resultado de su labor, í como la situació de la Convenció sobre el Reconocimiento la Ejecució de las Sentencias Arbitrales Extranjeras (Nueva York, 1958). La Comisió acogió satisfacció los nuevos instrumentos depositados por los Estados despué del 30 de mayo de 1997 (fecha de la conclusió de su 30º íodo de sesiones) respecto de los tratados siguientes: ) Convenció sobre la prescripció en materia de compraventa internacional de mercaderí, concertada en Nueva York el 14 de junio de 1974 enmendada por el Protocolo del 11 de abril de 1980. La República de Moldova depositó nuevo instrumento; úmero de Estados partes: 17; ) Convenció [ enmendada] sobre la prescripció en materia de compraventa internacional de mercaderí (Nueva York, 1974). La República de Moldova depositó nuevo instrumento; úmero de Estados partes: 23; ) Convenio de las Naciones Unidas sobre el Transporte Marítimo de Mercancí, 1978 (“Reglas de Hamburgo”). úmero de Estados partes: 25; ) Convenció de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderí (Viena,1980).Croacia, Grecia, Letonia yMongolia depositaron nuevos instrumentos; úmero de Estados partes: 52; ) Convenció de las Naciones Unidas sobre letras de cambio internacionales pagaré internacionales (Nueva York, 1988). Dos Estados eran partes en la Convenció; para ésta entrara en vigor se necesitaban ocho adhesiones á; ) Convenio de las Naciones Unidas sobre la Responsabilidad de los Empresarios de Terminales de Transporte en el Comercio Internacional (Viena, 1991). Estado era parte en el Convenio; para éste entrara en vigor se necesitaban cuatro adhesiones á; ) Convenció de las Naciones Unidas sobre Garantí Independientes Cartas de Crédito Contingente (NuevaYork,1995). Dos Estados eran partes en la Convenció; para ésta entrara en vigor se necesitaban tres adhesiones á; ) Ley Modelo de la CNUDMI sobre arbitraje comercial internacional, 1985. Los nuevos países habí aprobado leyes basadas en la Ley Modelo eran Alemania, Irá (República Islámica del), Lituania Omá; /53/17 29 ) Ley Modelo de la CNUDMI sobre transferencias internacionales de crédito, 1992; ) LeyModelodelaCNUDMIsobrelaContratació ública de Bienes, Obras Servicios, 1994. Los nuevos países habí aprobado leyes basadas en la Ley Modelo eran Eslovaquia Kirguistá; ) Ley Modelo de la CNUDMI sobre comercio electrónico, 1996; ) Ley Modelo de la CNUDMI sobre la insolvencia transfronteriza, 1997; ) ConvenciónsobreelReconocimientoy laEjecució de las Sentencias Arbitrales Extranjeras (Nueva York, 1958). Armenia, El Salvador, el íbano, Nepal el Paraguay, depositaron nuevos instrumentos; úmero de Estados partes: 117. 247. Se acogieron satisfacció las medidas legislativas relacionadas los textos de la Comisió. Se pidió los Estados hubieran aprobado tuvieran intenció de aprobar una de las leyes modelo redactadas por la Comisió, estuvieran considerando la posibilidad de adoptar medidas legislativas respecto de una convenció fuera resultado de la labor de la Comisió, lo comunicaran la secretarí de ésta. La Ley Modelo de la CNUDMI sobre la insolvencia transfronteriza la Convenció de las Naciones Unidas sobre Garantí Independientes Cartas de Crédito Contingente se citaron como ejemplos de textos respecto de los cuales esa comunicació serí especialmente útil recibir esa informació. 248. Representantes observadores de varios Estados informaron de en sus países se estaba estudiando oficialmente su adhesió varias convenciones la aprobació de textos legislativos basados en distintas leyes modelo redactadas por la CNUDMI. 249. Se indicó , pese la actualidad yutilidad universales deesos textos, muchos Estados ú nohabí aprobado ninguno de ellos. Teniendo en cuenta la adhesió general de abogados profesores de países regímenes jurídicos, sociales económicos diversos los textos legislativos preparados por la Comisió, cabí afirmar la adopció de esos textos procedí á lentitud de lo debido. Se hizo llamamiento los representantes observadores participaban en las reuniones de la Comisió de sus grupos de trabajo para se comprometieran, en la medida consideraran pertinente, facilitar el examen de los textos de la Comisió por los órganos legislativos de sus países. IX. Resoluciones de la Asamblea General acerca de la labor de la Comisió 250. La Comisió tomó nota reconocimiento de la resolució 52/158 de la Asamblea General, de 15 de diciembre de 1997, en la Asamblea expresó su agradecimiento la Comisió por haber terminado yaprobado la Ley Modelo sobre la insolvencia transfronteriza. En el árrafo 3 de esa resolució la Asamblea General recomendó todos los Estados examinaran su legislació sobre los aspectos transfronterizos de la insolvencia fin de determinar si estaba en consonancia los objetivos de égimen eficiente moderno , en ese examen, consideraran criterio favorable la Ley Modelo, habida cuenta de la necesidad de hubiera derecho internacionalmente armonizado rigiera los casos de insolvencia transfronteriza. 251. Ademá, la Comisió tomó nota reconocimiento de la resolució 52/157 de la Asamblea General, tambié de 15 de diciembre de 1997, relativa al informe de la Comisió sobre la labor realizada en su 30º íodo de sesiones, celebrado en 1997. En , se observó , en el árrafo 6, la Asamblea General habí reafirmado el mandato de la Comisió para , en su calidad de órgano jurídico central del sistema de las Naciones Unidas en el ámbito del derecho mercantil internacional, coordinara las actividades jurídicas en la materia, , en ese sentido, habí instado todos los órganos organismos del sistema de las Naciones Unidas invitado otras organizaciones internacionales tuvieran presente elmandato de laComisió ylanecesidad deevitar la duplicació de esfuerzos de fomentar la eficiencia, la uniformidad la coherencia en la unificació la armonizació del derecho mercantil internacional, habí recomendado la Comisió , por conducto de su secretarí, siguiera manteniendo una estrecha colaboració los demá órganos organizaciones internacionales, incluidas las organizaciones regionales, realizaban actividades en el ámbito del derecho mercantil internacional. 252. Ademá, la Comisió tomó nota reconocimiento de la decisió de la Asamblea General, contenida en el árrafo 7 de la resolució 52/157, de reafirmar la importancia revestí, en para los países en desarrollo, la labor de formació asistencia écnica de la Comisió en el campo delderecho mercantil internacional relacionada laasistencia en la preparació de legislació nacional basada en textos jurídicos de la Comisió, yde , en el árrafo 8, la Asamblea habí expresado la conveniencia de la Comisió, al patrocinar seminarios simposios, intensificara la labor encaminada proporcionar dicha formació asistencia. /53/17 30 253. La Comisió tambié tomó nota reconocimiento 256. La Comisió tomó nota tambié reconocimiento de la Asamblea General habí instado, en el apartado ) de la Asamblea General, en el árrafo 13 de la resolució del árrafo 8 de la resolució 52/157, los gobiernos, los 52/157, habí destacado la importancia de la entrada en vigor órganos competentes de las Naciones Unidas, las de las convenciones resultantes de la labor de la Comisió , organizaciones, instituciones particulares hicieran tal fin, habí exhortado los Estados ú lo hubieran contribuciones voluntarias al Fondo Fiduciario para simposios hecho consideraran la posibilidad de firmar ratificar de la CNUDMI , cuando correspondiera, para la financiació dichas convenciones de adherirse ellas. de proyectos especiales. Ademá, se observó la Asamblea habí instado, en el árrafo 9 de esa resolució al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo otros órganos responsables de la asistencia para el desarrollo, como el Banco Internacional de Reconstrucció yFomento yel Banco Europeo de Reconstrucció Fomento, í como los gobiernos en sus programas bilaterales de ayuda, prestaran apoyo al programa de formació asistencia écnica de la Comisió cooperaran la Comisió coordinaran sus actividades las de la Comisió. 254. Se agradeció tambié la Asamblea General hubiera instado enelpárrafo 10 de la resolució 52/157, los gobiernos, los órganos competentes de las Naciones Unidas organizaciones, instituciones particulares , el fin de asegurar la plena participació de todos los Estados Miembros en los íodos de sesiones de la Comisió sus grupos de trabajo, hicieran contribuciones voluntarias al Fondo Fiduciario para la concesió de asistencia para gastos de viaje los países en desarrollo son miembros de la Comisió, petició de éstos en consulta el Secretario General. Dicho Fondo Fiduciario habí sido establecido en cumplimiento de la resolució 48/32 de la Asamblea, de 9 de diciembre de 1993. Ademá, la Comisió tomó nota reconocimiento de la decisió de la Asamblea General, contenida en el árrafo 11, de continuar examinando, en la Comisió Principal competente durante el quincuagésimo segundo íodo de sesiones de la Asamblea General, la cuestió de conceder asistencia para gastos de viaje, los recursos existentes, los países menos adelantados eran miembros de la Comisió, petició de éstos en consulta el Secretario General. 255. LaComisió acogió satisfacció la petició dirigida por la Asamblea General en el árrafo 12 de la resolució 52/157 al Secretario General para velara por la ejecució eficaz del programa de la Comisió. En , la Comisió expresó la esperanza de se asignaran suficientes recursos la Secretarí para atendiera al úmero á elevado de solicitudes de capacitació asistencia. La Comisió tomó nota pesar de , pese la citada petició de la Asamblea General, la secretarí de la Comisió contaba recursos suficientes para publicar el Anuario de la CNUDMI folletos los textos resultantes de la labor de la Comisió. . í de la Convenció de Nueva York Coloquio de Informació sobre el Derecho Mercantil Uniforme (UCLIC) 257. En el íodo de sesiones en curso, el 10 de junio de 1998, laComisió celebró unajornada conmemorativa especial, el “í de la Convenció de Nueva York”, para celebrar el cuadragésimo aniversario de la Convenció sobre el Reconocimiento la Ejecució de las Sentencias Arbitrales Extranjeras (Nueva York, 10 de junio de 1958). Pronunció el discurso inaugural de la jornada el Sr. Kofi Annan, Secretario General de las Naciones Unidas. Ademá de los representantes de los Estados miembros de la Comisió yde los observadores, participaron en el acontecimiento unos 300 invitados. Ademá de los discursos pronunciados por personas habí participado en la conferencia diplomática en la se aprobó la Convenció, destacados expertos en arbitraje hicieron exposiciones sobre cuestiones relativas al significado de la Convenció; su promoció, promulgació aplicació; la interacció de la Convenció otros textos jurídicos internacionales sobre arbitraje comercial internacional (como la Ley Modelo de la CNUDMI sobre arbitraje comercial internacional ylaConvenció Europea sobrearbitraje comercial internacional, Ginebra, 1961) las cuestiones jurídicas estaban abarcadas por la Convenció. En esas exposiciones se hicieron varias sugerencias relativas la presentació de algunos delosproblemas quesehabí encontrado enlapráctica la Comisió fin de ésta pudiera considerar si serí conveniente viable la Comisió realizara alguna labor al respecto (éase tambié el árrafo 235 supra). 258. El 11 de junio de 1998, la Comisió celebró el Coloquio de Informació sobre el Derecho Mercantil Uniforme, en participaron representantes de los Estados miembros de la Comisió observadores, í como unos 250 invitados. En el Coloquio, destacados expertos presentaron sus ideas su evaluació de las cuestiones jurídicas relativas al comercio electrónico, los proyectos de infraestructura financiació privada, la cesió de créditos fines de financiació la insolvencia transfronteriza. El propósito del Coloquio era ofrecer informació sintetizada sobre temas actuales en esos /53/17 31 ámbitos del derecho intercambiar opiniones podrí ser convendrí adoptar. La informació reuniera la útiles para el examen de esas cuestiones por la Comisió. Secretarí deberí abarcar una amplia variedad de cuestiones 259. La Comisió expresó el deseo de la Secretarí publicara la mayor brevedad informes del “í de la Convenció de Nueva York” del Coloquio. XI. Coordinació cooperació . Derecho del transporte 260. Se recordó en el 30º íodo de sesiones del Grupo de Trabajo sobre Intercambio Electrónico de Datos (26 de febrero 8 de marzo de 1996) (denominado posteriormente Grupo de Trabajo sobre Comercio Electrónico) se habí dicho, en diversos contextos, las leyes nacionales los convenios internacionales existentes dejaban importantes lagunas sobre cuestiones tales como el funcionamiento de los conocimientos de embarque las cartas de porte marítimo sobre la relació de esos documentos de transporte los derechos las obligaciones entreelvendedor yelcomprador de lasmercancí, la posició jurídica de las entidades financiaban una de las partes en el contrato de transporte. Algunos Estados disponí de normas sobre esas cuestiones, pero el hecho de esas disposiciones tuvieran contenido dispar de muchos Estados carecieran de ellas representaba obstáculo la libre circulació de mercancí aumentaba el costo de las transacciones. El uso creciente de medios electrónicos de comunicació en el transporte de mercaderí agravaba ú á las consecuencias de esas leyes fragmentarias dispares, lo creaba tambié la necesidad de establecer disposiciones uniformes regularan las cuestiones relacionadas el uso de las nuevas tecnologí .18 261. raí de esas deliberaciones en el Grupo de Trabajo, sehabí propuesto, enel29º íodo desesiones de laComisió, celebrado en 1996, la Comisió incluyera en su programa de trabajo examen de las prácticas yleyes actuales en materia de transporte marítimo internacional de mercancí, miras establecer la necesidad de normas uniformes en aquellos ámbitos en existieran dichas normas fin de lograr una mayor uniformidad de las leyes. Se habí sugerido en ese íodo de sesiones se pidiera la Secretarí recabara opiniones sugerencias sobre esas dificultades, ólo de los gobiernos sino, en , de las organizaciones intergubernamentales yno gubernamentales representaran los distintos intereses del transporte marítimo internacional de mercancí. Se habí señalado álisis de esas opiniones sugerencias la Secretarí podrí presentar, en íodos de sesiones futuros, informe permitiera la Comisió tomarunadecisió informada sobre el tipo demedidas relativas al transporte marítimo de mercancí yen otras esferas conexas, como el funcionamiento de las terminales de transporte el transporte multimodal. 262. En dicho íodo de sesiones se habí formulado varias reservas respecto la sugerencia. Segú una de ellas, las cuestiones habí abarcar eran numerosas complejas, lo impondrí una gran carga sobre los recursos limitados de la Secretarí. Ademá, la coexistencia continua de tratados diferentes sobre la responsabilidad en el transporte marítimo de mercaderí, el lento proceso de adhesió al Convenio de las Naciones Unidas sobre el Transporte Marítimo de Mercancí, 1978 (Reglas deHamburgo), hací poco probable la adició de nuevo tratado la serie ya existente resultara en una mayor armoní de las leyes. Ademá, se habí dicho cualquier labor incluyera la reconsideració del égimen de responsabilidad probablemente desalentarí la adhesió de los Estados las Reglas de Hamburgo, lo constituirí resultado lamentable. Se habí subrayado , si habí de llevarse cabo una investigació, ésta deberí abarcar el égimen de responsabilidad, pues las Reglas de Hamburgo ya habí proporcionado soluciones modernas. Sin embargo, se habí afirmado , aunque pudiera haber algunos aspectos de la responsabilidad, el examen del égimen de responsabilidad noera el objetivo principal de la labor sugerida, pues loque se imponí era dar soluciones modernas cuestiones los tratados apenas regulaban oque nopreveí en absoluto. 263. En vista de las divergencias, la Comisió habí incluido de momento el examen de las cuestiones sugeridas en su actual programa. Sin embargo, habí decidido la Secretarí sirviera de centro para reunir informació, ideas opiniones sobre los problemas surgí en la práctica ylasposibles soluciones para dichos problemas. La informació debí reunirse sobre unabase amplia ,ademá de los gobiernos, debí intervenir las organizaciones internacionales representaban los sectores comerciales en el transporte marítimo de mercancí, tales como el Comité Marítimo Internacional (CMI), la ámara de Comercio Internacional la Unió Internacional de Asociaciones de Expedidores de Carga,laFederació Internacional deAsociació deTransitorios yAsimilados, la ámara Internacional de Navegació Marítima la Asociació Internacional de Puertos. 264. En el presente íodo de sesiones, se presentó una declaració de la CMI en la ésta acogió beneplácito la invitació cooperara la Secretarí para recabar opiniones de los sectores intervení en el transporte internacional de mercancí para preparar álisis de esa informació. Ese álisis permitirí la Comisió adoptara /53/17 32 una decisió fundada en cuanto al modo de proceder á solució de controversias en materia de comercio inversió. conveniente. La Comisió manifestó su reconocimiento por los trabajos 265. Se dijo los trabajos exploratorios debí concentrarse en el égimen de la responsabilidad , en cambio, deberí sustentarse en una evaluació amplia de los problemas las necesidades actuales dimanados de las prácticas comerciales modernasenrelaciónconeltransporte internacional de mercancí el uso de nuevos medios de transporte comunicaciones. Se informó la Comisió de la CMI ya habí adoptado medidas, en consulta la Secretarí, para organizar la reunió el álisis de esa informació. La labor desde principio incluirí una amplia gama de las organizaciones internacionales interesadas en el transporte internacional de mercancí. Aunque requerí tiempo, ese examen fondo general de los problemas se consideraba indispensable para acopiar una informació completa yprecisa acerca de las prácticas problemas actuales para lograr una evaluació equilibrada de la conveniencia viabilidad de los trabajos encaminados apromover laarmonizació internacional de las soluciones jurídicas. 266. La Comisió expresó firme apoyo los trabajos exploratorios habí emprendido la CMI la Secretarí. Manifestó su apreciació la CMI por su disposició emprender proyecto tan importante yde tan amplio alcance, respecto del cual habí poco ningú precedente en el plano internacional; la Comisió, deseaba se le tuviera al tanto de la marcha de los trabajos, examinarí interé las opiniones sugerencias dimanaran de esos trabajos. 267. Posteriormente se hizo una declaració en nombre de la Asociació Internacional de Puertos en la cual se manifestó apoyo al examen de la incidencia de las nuevas écnicas de transporte en el derecho del transporte de mercancí se expresó la disposició de la organizació coadyuvar los trabajos encaminados armonizar las soluciones jurídicas. . Comercio desarrollo 268. representante de la Conferencia de las Naciones Unidas sobreComercio yDesarrollo (UNCTAD)recordó varios ejemplos de cooperació la Comisió. Se informó la Comisió de la UNCTAD se interesaba en colaborar la Comisió respecto de las normas relativas al comercio electrónico. En , la UNCTAD se interesaba en la cuestió relativa determinar la manera óptima de integrar los países en desarrollo en el comercio electrónico internacional. Se abrigaba la esperanza de la Secretarí de la Comisió pudiera participar en esas actividades de la UNCTAD; ademá del comercio electrónico, la colaboració entre ambas organizaciones podrí abarcar aspectos como la de la UNCTAD, reiteró su deseo de cooperar ella hizo suyos los planes de cooperació entre las secretarí de ambas organizaciones. . El derecho internacional privado la financiació mediante cesió de créditos 269. Se informó la Comisió de la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado habí organizado, la colaboració de la Secretarí, una reunió de expertos en La Haya para examinar los aspectos de derecho internacional privado relacionados el proyecto de Convenció sobre la cesió de créditos fines de financiació, preparaba el Grupo de Trabajo de la Comisió sobre prácticas contractuales internacionales. Se señaló , en dicha reunió, los expertos habí examinado las cuestiones de derecho internacional privado se planteaban en el contexto de las disposiciones dederechosustantivo delproyectodeConvenció; las disposiciones del derecho internacional privado en materia deprelació, complementaban lasdisposiciones de derecho sustantivo del proyecto de Convenció en esa materia; las disposiciones de derecho internacional privado podrí tambié comprender transacciones noentraban enel ámbito de aplicació del proyecto de Convenció. Ademá, se observó , miras facilitar la labor del Grupo de Trabajo de la CNUDMI, la Mesa de la Conferencia prepararí presentarí al Grupo de Trabajo informe sobre dicha reunió. 270. LaComisió, acogiendo beneplácito la cooperació la Conferencia de La Haya, estimó dicha cooperació era imprescindible para utilizar de manera óptima los recursos deque disponí ambas organizaciones enbeneficio delproceso de unificació jurídica. . Unió Internacional de Abogados 271. Se adujo, en nombre de la Unió Internacional de Abogados, ésta continuarí difundiendo la labor de la Comisió por conducto de sus comisiones yde las conferencias yseminarios organizara. Ademá, la Unió estaba dispuesta brindar la asistencia de sus expertos la Comisió en diversos ámbitos de los ésta se ocupaba actualmente, incluida la cuestió de los proyectos de infraestructura financiació privada. La Comisió manifestó su satisfacció por la declaració yseñaló esperaba interé se fortaleciera la cooperació la Unió. XII. Otros asuntos /53/17 33 . Bibliografí . íodos de sesiones de los grupos de 272. La Comisió tomó nota reconocimiento de la bibliografí de obras recientes se referí la labor de la CNUDMI (/CN.9/452) de la guí para la incorporació al derecho interno de la Ley Modelo de la CNUDMI sobre la insolvencia transfronteriza (/CN.9/442). 273. LaComisió hizohincapié enqueleresultaba importante contar la informació á completa posible sobre publicaciones, incluso académicas, en se formulasen comentarios sobre los resultados de su labor. En consecuencia, pidió los gobiernos, las instituciones académicas otras organizaciones pertinentes enviaran ejemplares de esas publicaciones la Secretarí. . Concurso de Arbitraje Comercial Internacional Simulado Willem . Vis 274. Se informó la Comisió de el Instituto de Derecho Mercantil Internacional de la Pace University School Law deNuevaYorkhabíaorganizado elquinto Concurso deArbitraje Comercial Internacional Simulado Willem . Vis (Viena, 4 9 de abril de 1998). Las cuestiones jurídicas tratadas por los equipos de estudiantes participaron en ese arbitraje simulado estaban basadas, entre otras cosas, en la Convenció de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderí, la Ley Modelo de la CNUDMI sobre arbitraje comercial internacional la Ley Modelo de la CNUDMI sobre transferencias internacionales de crédito. En el Concurso de Arbitraje Simulado de 1998 participaron 58 equipos procedentes de facultades de derecho de 30 países. El sexto Concurso de Arbitraje Simulado se celebrará del 26 de marzo al 1º de abril de 1999 en Viena. 275. La Comisió escuchó el informe interé reconocimiento ó el Concurso de Arbitraje Simulado, de participació internacional, era étodo excelente de enseñar derecho mercantil internacional de difundir informació sobre los textos uniformes existentes. . Fecha lugar del 32º íodo de sesiones de la Comisió 276. Se decidió la Comisió celebrara su 32º íodo de sesiones del 17 de mayo al 4 de junio de 1999 en Viena. trabajo 277. LaComisió aprobó el siguiente calendario dereuniones para sus grupos de trabajo: ) ElGrupo deTrabajo sobre Prácticas Contractuales Internacionales celebrará su 29º íodo de sesiones del 5 al 16 de octubre de 1998 en Viena, su 30º íodo de sesiones del 1º al 12 de marzo de 1999 en Nueva York; ) El Grupo de Trabajo sobre Comercio Electrónico celebrará su 33º íodo de sesiones del 29 de junio al 10 de julio de 1998 en Nueva York su 34º íodo de sesiones del 8 al 19 de febrero de 1999 en Viena. /53/17 34 De conformidad la resolució 2205 (XXI) de la Asamble a1 General, los miembros de la Comisió son elegidos para mandato de seis ños. De los miembros actuales, 17 fuero elegidos por la Asamblea en su uadragésimo noveno íodo de sesiones el 28 de noviembre de 1994 (decisió 49/315) 1 9 fueron elegidos en su quincuagésimo segundo íodo sesiones el 24 de noviembre de 1997 (decisió 52/314). conformidad la resolució 31/99, de 15 de diciembre 1976, el mandato de los miembros elegidos por la Asamblea en su cuadragésimo noveno íodo de sesiones expirará el í anterior al comienzo del 34º íodo de sesiones de la Comisió, en 2001, el mandato de los miembros elegidos en quincuagésimo segundo íodo de sesiones expirará el í anterior al comienzo del 37º íodo de sesiones de la Comisió, en 2004. La elecció del Presidente tuvo lugar en la 632ª sesió, celebrada2 el 1º de junio de 1998; la elecció de los Vicepresidentes tuv lugar en la 639ª sesió, celebrada el 4 de junio de 1998, elecció del Relator tuvo lugar en la 636ª sesió, celebrada el 3 de junio de 1998. De conformidad una decisió adoptad por la Comisió en su primer íodo de sesiones, la Comisió tiene tres Vicepresidentes, de modo , juntamente Presidente el Relator, cada uno de los cinco grupos de Estados enumerados en el árrafo 1 de la secció II de la resolució 2205 (XXI) de la Asamblea General estará representado en la Mesa de la Comisió (éase el informe de la Comisió de las Nacione Unidas para el Derecho Mercantil Internacional sobre la labo realizada en su primer íodo de sesiones, Documentos Oficiales de la Asamblea General, vigésimo tercer íodo de sesiones, Suplemento º 16 (/7216), árr. 14 (Anuario de la Comisió de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional, vol. : 1968-1970, (publicació de las Naciones Unidas, º de venta: .71..1), segunda parte, , ). Documentos oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo3 primer íodo de sesiones, Suplemento º 17 (/51/17), árrs. 225 230. Ibid., quincuagésimo segundo íodo de sesiones, Suplemento4 º 17 correcció (/52/17 Corr.1), árrs. 231 246. Ibid., árr. 235.5 Ibid., árrs. 238 243. 6 Ibid., árr. 237 ).7 Ibid., árr. 236.8 Ibid., árr. 237 ).9 Ibid., árr. 250.10 Ibid., árrs. 249 250.11 Ibid., árr. 251.12 Los anteriores ámenes de la incorporació por remisió en la13 Comisió, en el Grupo de Trabajo sobre Comercio Electrónic en las notas preparadas por la Secretarí, figuran en lo siguientes documentos: ibid., árrs. 248 250; ibid., quincuagésimo primer íodo de sesiones, Suplemento º 17, (/51/17, árrs. 222 223; /CN.9/450; /CN.9/446, árrs. 14 24; /CN.9/437, árrs. 151 155; /CN.9/421, árrs. 109 114; /CN.9/407, árrs. 100 1 05 117; /CN.9/406, árrs. 90 178 179; /CN.9/360, árrs. 90 95; /CN.9/350, árrs. 95 96; /CN.9/333, árrs. 66 68; /CN.9/WG.IV/WP.74 ; /CN.9/WG.IV/WP.71, árrs. 77 93; /CN.9/WG.IV/WP.69, árrs. 30, 53, 59 60 91; /CN.9/WG.IV/WP.66 ; /CN.9/WG.IV/WP.65; /CN.9/WG.IV/WP.55, árrs. 10 9 113; /CN.9/WG.IV/WP.53, árrs. 77 78). Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo14 segundo íodo de sesiones, Suplemento º 17 correcció (/52/17 corr.1), árrs. 249 251. Ibid., cuadragésimo octavo íodo de sesiones, Suplemento15 º 17 (/48/17), árrs. 297 301; ibid., cuadragésimo noveno íodo de sesiones, Suplemento º 17 (/49/17 Corr.1) , árrs. 208 214; ibid., quincuagésimo íodo de sesiones, Suplemento º 17 (/50/17), árrs. 374 381. Ibid., quincuagésimo íodo de sesiones, Suplemento º 1716 (/50/17), árrs. 374 381. Ibid., árrs. 401 404, quincuagésimo primer íodo de17 sesiones, Suplemento º 17 (/51/17), árrs. 238 243. Ibid., árrs. 210 /CN.9/421, árrs. 104 108.18 Notas /53/17 35 Anexo Lista de documentos presentados la Comisió en su 31º íodo de sesiones . Serie de distribució general /CN.9/443 Programa provisional anotaciones calendario de sesiones del 31º íodo de sesiones /CN.9/443 Add.1 5 Proyectos de infraestructura financiació privada /CN.9/445 Informe del Grupo de Trabajo sobre Prácticas Contractuales Internacionales acerca de la labor de su 27º íodo de sesiones /CN.9/446 Informe del Grupo de Trabajo sobre Comercio Electrónico acerca de la labor de su 32º íodo de sesiones /CN.9/447 Informe del Grupo de Trabajo sobre Prácticas Contractuales Internacionales acerca de la labor de su 28º íodo de sesiones /CN.9/448 Formació asistencia écnica /CN.9/449 Situació de las convenciones leyes modelo /CN.9/450 Posible adició la Ley Modelo de la CNUDMI sobre Comercio Electrónico: proyecto de disposició sobre la incorporació por remisió /CN.9/452 Bibliografí de obras recientemente publicadas relativas la labor de la CNUDMI . Serie de distribució reservada /CN.9/XXX/CRP.1 Proyecto de informe de la Comisió de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Add. 1 19 Internacional sobre la labor de su 31º íodo de sesiones /CN.9/XXX/CRP.2 Note delegation France /CN.9/XXX/CRP.3 Note delegation France
Referenced
